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Respuestas recibidas sin formulario I - II- III

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Organizaciones representativas de los taxistas de España<br />

- NO se establece un MARCO TARIFARIO claro, fijo y seguro.<br />

- Sus conductores al no ser profesionales no cumplen las obligaciones<br />

establecidas legalmente de profesionalidad, formación y calidad al cliente.<br />

- NO se expiden FACTURAS normalizadas por el servicio de transporte.<br />

- NO se garantiza la prestación del servicio en condiciones de calidad y seguridad<br />

de los vehículos (ITV, REVISIONES O REVISTA PROFESIONAL, etc.)<br />

De este modo UBER POP vulnera tanto derechos concretos de los<br />

usuarios y consumidores como sus INTERESES DIFUSOS.<br />

¿COMO PRECARIZA EL MODELO UBER A LOS TRABAJADORES QUE<br />

CONDUCEN LOS COCHES DE LA RED ILEGAL DE UBER?<br />

UBER POP INCUMPLE:<br />

- La legislación social al no cotizar sus “conductores” a la Seguridad Social.<br />

- La legislación de Seguridad Vial<br />

Pero además el servicio UBER POP infringe muy especialmente la<br />

legislación sobre DERECHOS SOCIALES Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO.<br />

- UBER no da de alta en la Seguridad Social a los trabajadores (conductores de<br />

coches de la red Uber Pop) puesto que dice que no es una empresa de<br />

transporte, ni tan siquiera un operador o intermediario de transporte de<br />

viajeros.<br />

- La obligación de darse de alta como autónomos es de los conductores, pero<br />

¿Quién lo controla? Puesto que para el modelo de Uber no hay actividad<br />

económica, <strong>sin</strong>o presuntamente altruista o <strong>sin</strong> ánimo de lucro consideran que<br />

no tienen obligación de darse de alta.<br />

- Si no son autónomos ni asalariados y están fuera del ámbito protector del<br />

Estatuto de los Trabajadores y por supuesto de los Convenios Colectivos,<br />

renuncian a sus derechos sociales. SON ECONOMIA SUMERGIDA SIN<br />

DERECHOS.<br />

- Los conductores al no ser profesionales no cumplen las obligaciones<br />

establecidas legalmente de profesionalidad y formación, por lo tanto carecen<br />

de cobertura ni formación preventiva por lo que. ESTAN EN MAYOR RIESGO<br />

QUE LOS CONDUCTORES PROFESIONALES.<br />

- Por último su medio de obtener rentas es la producción a destajo durante el<br />

mayor número de horas posibles para rentabilizar la actividad sumergida que<br />

realizan, y ello CONTRIBUYE A LA FATIGA Y EL EXCESO DE HORAS AL<br />

VOLANTE, Y ATENTA POTENCIALMENTE CONTRA LA SEGURIDAD VIAL.<br />

- Tanto la legislación Comunitaria y española persigue que los conductores no<br />

encuentren relación directa entre más horas de conducción y mayor retribución<br />

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