27.03.2015 Views

codigo procesal civil para el estado libre y soberano ... - Testamentos

codigo procesal civil para el estado libre y soberano ... - Testamentos

codigo procesal civil para el estado libre y soberano ... - Testamentos

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

en <strong>el</strong> Estado, en beneficio d<strong>el</strong> fondo de la administración de justicia. Igual sanción<br />

se aplicará en todos los casos en que se declare infundada o improcedente la<br />

cuestión de competencia.<br />

ARTICULO 47.- Nulidad de lo actuado ante <strong>el</strong> Tribunal declarado incompetente. El<br />

órgano superior, al resolver la cuestión de competencia, declarará nulo lo actuado<br />

ante <strong>el</strong> juzgado incompetente, con las salvedades que previene <strong>el</strong> Artículo 28 de<br />

este Código.<br />

ARTÍCULO 48.- Contiendas de jurisdicción. Las controversias suscitadas entre los<br />

Tribunales d<strong>el</strong> Estado de Mor<strong>el</strong>os y los Tribunales Federales o los de las demás<br />

entidades federativas, serán resu<strong>el</strong>tos por la Suprema Corte de Justicia de la<br />

Nación, conforme al artículo 106 de la Constitución Política de los Estados Unidos<br />

Mexicanos y previa la substanciación que señalan los artículos 31, 32, 33 y 36 d<strong>el</strong><br />

Código Federal de Procedimientos Civiles, tras oír <strong>el</strong> parecer d<strong>el</strong> Procurador<br />

General de Justicia Estatal.<br />

CAPITULO IV<br />

CAPACIDAD SUBJETIVA<br />

IMPEDIMENTOS, EXCUSA, RECUSACIÓN<br />

ARTICULO 49.- Capacidad subjetiva. Se presume imparcialidad de los<br />

Magistrados, Jueces, Secretarios y Actuarios d<strong>el</strong> Poder Judicial d<strong>el</strong> Estado de<br />

Mor<strong>el</strong>os que hayan llenado los requisitos que exigen las leyes <strong>para</strong> su<br />

nombramiento.<br />

ARTÍCULO 50.- Impedimentos. Para combatir la presunción legal establecida en <strong>el</strong><br />

artículo anterior, <strong>el</strong> litigante afectado por la posible falta de imparcialidad d<strong>el</strong><br />

funcionario, en <strong>el</strong> proceso específico sometido a su juzgamiento, deberá probar la<br />

existencia de alguno de los impedimentos siguientes:<br />

I.- Tener interés directo o indirecto en <strong>el</strong> negocio;<br />

II.- En los asuntos que interesen de la misma manera a su cónyuge o a<br />

sus parientes consanguíneos en línea recta sin limitación de grados, a<br />

los colaterales dentro d<strong>el</strong> cuarto grado y a los afines;<br />

III.- Si ha hecho o recibido dádivas o servicios, promesas o amenazas o<br />

ha manif<strong>estado</strong> su odio o amor, marcado afecto o gratitud por alguno de<br />

los litigantes;<br />

IV.- Si <strong>el</strong> funcionario judicial ha sido contrario o ha representado a alguna<br />

de las partes en juicio, ha declarado en él como testigo o perito; ha<br />

31

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!