para recepción - Fundación Laboral San Prudencio
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INSTRUCCIÓN<br />
ISP007-48<br />
Rev: 04<br />
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Título: INSTRUCCIÓN QUE REGULA LA PRESTACIÓN DE AYUDA POR LA CONTRATACIÓN DE<br />
SERVICIOS SOCIO-ASISTENCIALES<br />
1. OBJETO<br />
El objeto de esta prestación es ayudar a los titulares que contraten servicios socio-asistenciales como apoyo <strong>para</strong><br />
conciliar su vida personal-familiar con la laboral o en el caso de mayores de 65, por necesidades asistenciales.<br />
2. DESCRIPCIÓN<br />
Consiste en ayudar a:<br />
A) Titulares con necesidad de contratar servicios socio-asistenciales <strong>para</strong> atender a personas dependientes<br />
(grados de dependencia I, II y III) e hijos/as menores de 3 años:<br />
A.1.) Por la contratación de un<br />
servicio de ‘Cuidado de<br />
personas’ o de ‘Asistencia en las<br />
tareas del hogar, siempre que<br />
se tenga a su cargo una<br />
persona dependiente (grados I,<br />
II o III).<br />
a) Ayuda del 100% del gasto con un máximo de hasta 300<br />
€/titular/año, si el servicio es prestado por el Servicio de<br />
Empleabilidad de la ASSLSP.<br />
b) Ayuda del 100% del gasto con un máximo de hasta 150<br />
€/titular/año, si el servicio es prestado por un colaborador<br />
externo conveniado con la FLSP.<br />
A.2.) Por la asistencia del beneficiario/a (cónyuge o pareja) a los talleres de competencias organizados por el<br />
Servicio de Empleabilidad de la Asociación de Servicios Socio-<strong>Laboral</strong>es <strong>San</strong> <strong>Prudencio</strong>:<br />
a) Ayuda de 150 €/titular/año si tiene a su cargo a un dependiente de grado III.<br />
b) Ayuda de 100 €/titular/año si tiene a su cargo a un dependiente de grado II.<br />
c) Ayuda de 50 €/titular/año si tiene a su cargo a un dependiente de grado I.<br />
d) Ayuda de 100 €/titular/año si tiene a su cargo hijo/s menores de 3 años.<br />
B) Titulares con necesidad de contratar servicios socio-asistenciales <strong>para</strong> atender a hijos menores de 3 años:<br />
a) Ayuda del 100% con un máximo de hasta 300 € por el gasto efectuado en la contratación de una<br />
escuela infantil/guardería privada <strong>para</strong> hijos/as menores de 3 años, siempre y cuando haya sido<br />
excluido de una escuela infantil pública.<br />
b) Ayuda del 100% con un máximo de hasta 150 € por el gasto efectuado en la contratación de una<br />
escuela infantil/guardería privada <strong>para</strong> hijos/as menores de 3 años, en periodos vacacionales<br />
escolares.<br />
Se entenderá como periodos vacacionales: Semana <strong>San</strong>ta, Verano (según calendario escolar anual)<br />
y Navidades.<br />
El máximo a cobrar por este apartado B) es de 300 €/titular/año.<br />
Es de carácter ABIERTO.<br />
Rev. 04 del 23/07/10<br />
Las condiciones establecidas en este documento, se rigen por la última revisión que esté en vigor
INSTRUCCIÓN<br />
ISP007-48<br />
Rev: 04<br />
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Título: INSTRUCCIÓN QUE REGULA LA PRESTACIÓN DE AYUDA POR LA CONTRATACIÓN DE<br />
SERVICIOS SOCIO-ASISTENCIALES<br />
3. REQUISITOS<br />
Además de ser de aplicación el contenido íntegro del Procedimiento general que regula el disfrute de las<br />
Actividades desarrolladas vía Prestaciones, se establecen como requisitos particulares:<br />
.- Solicitud SÍ PRECISA.<br />
.- Quién puede<br />
solicitar<br />
A) Los titulares menores de 75 años.<br />
B) Los titulares en activo.<br />
A.1.) Contratación de los servicios ‘Cuidado de personas’ o ‘Asistencia en las tareas del<br />
hogar’.<br />
Los titulares que justifiquen gastos por la contratación del servicio de “Cuidado a las<br />
personas” o “Asistencia en las tareas del hogar”, siempre que tengan a su cargo una<br />
persona dependiente.<br />
Para las personas en activo, tanto el titular como el beneficiario (cónyuge o pareja) si<br />
los hubiere, deberán estar trabajando en el mismo horario en el que se contraten los<br />
servicios.<br />
A.2.) Asistencia del beneficiario/a (cónyuge o pareja) a los talleres de competencias:<br />
.- Quién puede<br />
favorecerse<br />
Los titulares que tengan un beneficiario en desempleo (con un dependiente a su<br />
cargo) y que dicho beneficiario asista mínimo a un 80% de la duración de los talleres<br />
de competencia organizados por el Servicio de Empleabilidad de ASSLSP.<br />
B) Por la contratación de escuelas infantiles/guarderías privadas:<br />
Tanto el titular como el beneficiario (cónyuge o pareja) si los hubiere, deberán estar<br />
trabajando en el mismo horario en el que se contraten los servicios de la escuela<br />
infantil/guardería privada.<br />
Y <strong>para</strong> todos los casos en general:<br />
Si es por un beneficiario por quien se solicita la ayuda, <strong>para</strong> tener derecho, es requisito el<br />
que esté inscrito como beneficiario en los ficheros de la <strong>Fundación</strong>.<br />
El titular <strong>para</strong> poder favorecerse de esta prestación, deberá mantener la condición de titular<br />
y poseer la tarjeta de FLSP en cualquiera de sus modalidades, tanto en el momento de<br />
solicitar la prestación, como en la fecha de aprobación por el Patronato y en la fecha del<br />
pago de la prestación.<br />
.- Antigüedad 1 año y medio natural.<br />
Esta prestación solamente podrá ser solicitada por uno de los miembros de la unidad familiar, en el caso de que<br />
exista más de un titular.<br />
Rev. 04 del 23/07/10<br />
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4. PLAZOS<br />
.- Plazo de vigor<br />
.- Plazo de<br />
solicitud<br />
.- Fecha de<br />
aprobación<br />
.- Fecha de pago<br />
Del 01/01 al 31/12.<br />
Para tener derecho al cobro de esta prestación, el gasto de la contratación del servicio socioasistencial<br />
o de la escuela infantil/guardería privada se deberá producir durante el mismo<br />
año en que está en vigor dicha prestación.<br />
Del 01/01 al 31/12.<br />
Para aquellos gastos socio-asistenciales o de la escuela infantil/guardería privada<br />
producidos en el mes de Diciembre, se ampliará el plazo de solicitud hasta el 31 de Enero<br />
del año siguiente.<br />
En las reuniones del Patronato a celebrar en los meses de:<br />
- Abril del año en curso, <strong>para</strong> solicitudes presentadas en el 1 er trimestre.<br />
- Julio, <strong>para</strong> solicitudes presentadas en el 2º trimestre.<br />
- Octubre, <strong>para</strong> solicitudes presentadas en el 3 er trimestre.<br />
- Enero del año siguiente, <strong>para</strong> solicitudes presentadas en el 4º trimestre.<br />
El pago de la prestación se realizará el día 30 del mes en el que se apruebe por el<br />
Patronato.<br />
Estos pagos se realizarán mediante transferencias bancarias a ingresar en la cuenta del<br />
titular.<br />
.- Plazo de<br />
reclamación<br />
Los 15 días siguientes a las fechas de pago.<br />
5. RESOLUCIONES/ 6. RENOVACIONES/ 7. IDENTIFICACIÓN<br />
Será de aplicación el contenido íntegro del Procedimiento general que regula el disfrute de las Actividades<br />
desarrolladas vía Prestaciones.<br />
Los titulares deberán identificarse mediante la tarjeta FLSP.<br />
8. TRAMITACIÓN<br />
La información se puede solicitar a través de cualquier medio.<br />
La solicitud se tramitará personalmente por el titular en las oficinas de la <strong>Fundación</strong>.<br />
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SERVICIOS SOCIO-ASISTENCIALES<br />
9 DOCUMENTACIÓN<br />
Será de aplicación el contenido íntegro del Procedimiento general que regula el disfrute de las actividades<br />
desarrolladas vía Prestaciones.<br />
Para el caso A.1.): Contratación de los servicios ‘Cuidado de personas’ o ‘Asistencia en las tareas del hogar’:<br />
1.- Solicitud cumplimentada íntegramente.<br />
2.- Resolución de valoración de situación de dependencia de la Diputación Foral de Álava (indicando el grado y<br />
nivel de dependencia, así como la fecha desde la que tiene efecto y la persona afectada que se tiene a su<br />
cargo).<br />
3.- En el caso de contratación del servicio a través del Servicio de Empleabilidad:<br />
- escrito firmado por empleado y empleador donde se indique la jornada laboral y el salario, junto con<br />
copia de la transferencia bancaria del pago realizado,<br />
- y certificado expedido por la ASSLSP a favor de quien solicita la prestación que acredite dicha<br />
contratación.<br />
4.- En el caso de contratación del servicio a través de colaborador externo: Factura original o copia compulsada<br />
justificante del gasto producido por la contratación del servicio socio-asistencial a través del colaborador<br />
externo en las modalidades de “Cuidado a las personas” o “Asistencia en las tareas del hogar” donde se<br />
especifique el horario en que se contrate el servicio.<br />
5.- Para las personas en activo, certificado de las empresas en el que se justifique los horarios de los miembros<br />
de la pareja.<br />
6.- En el caso de que el titular solicite la prestación <strong>para</strong> un beneficiario, certificado de empadronamiento<br />
conjunto.<br />
Para el caso A.2.): Asistencia del beneficiario/a (cónyuge o pareja) a los talleres de competencias:<br />
1.- Solicitud cumplimentada íntegramente.<br />
2.- Resolución de valoración de situación de dependencia de la Diputación Foral de Álava (indicando el grado y<br />
nivel de dependencia, así como la fecha desde la que tiene efecto y la persona afectada que se tiene a cargo).<br />
3.- Certificado expedido por la ASSLSP a favor de quien solicita la prestación que acredite la presencia en estas<br />
tutorías.<br />
4.- En el caso de que el titular solicite la prestación <strong>para</strong> un beneficiario, certificado de empadronamiento conjunto.<br />
Para el caso B): Por la contratación de escuelas infantiles/guarderías privadas:<br />
1.- Solicitud cumplimentada íntegramente.<br />
2.- Certificado emitido por el Ayuntamiento o por el consorcio de las Haurreskolak en el que se indique la exclusión<br />
del menor en una plaza de una escuela infantil pública (sólo <strong>para</strong> el caso B.a).<br />
3.- Factura original o copia compulsada justificante del gasto producido por la contratación de la escuela/guardería<br />
infantil privada donde se indiquen los horarios de asistencia del menor.<br />
4.- Certificado emitido con fecha actual de la/s empresa/s en el que se detallen los horarios de los miembros de la<br />
pareja. En el caso de que esta ayuda se solicite por periodos vacacionales, en dicho certificado la empresa<br />
deberá confirmar que la persona trabaja en dicho periodo vacacional.<br />
5.- En el caso de que el titular solicite la prestación <strong>para</strong> un beneficiario, certificado de empadronamiento conjunto.<br />
Rev. 04 del 23/07/10<br />
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