02.03.2015 Views

para recepción - Fundación Laboral San Prudencio

para recepción - Fundación Laboral San Prudencio

para recepción - Fundación Laboral San Prudencio

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

INSTRUCCIÓN<br />

ISP007-48<br />

Rev: 04<br />

Pag: 1 de 4<br />

Título: INSTRUCCIÓN QUE REGULA LA PRESTACIÓN DE AYUDA POR LA CONTRATACIÓN DE<br />

SERVICIOS SOCIO-ASISTENCIALES<br />

1. OBJETO<br />

El objeto de esta prestación es ayudar a los titulares que contraten servicios socio-asistenciales como apoyo <strong>para</strong><br />

conciliar su vida personal-familiar con la laboral o en el caso de mayores de 65, por necesidades asistenciales.<br />

2. DESCRIPCIÓN<br />

Consiste en ayudar a:<br />

A) Titulares con necesidad de contratar servicios socio-asistenciales <strong>para</strong> atender a personas dependientes<br />

(grados de dependencia I, II y III) e hijos/as menores de 3 años:<br />

A.1.) Por la contratación de un<br />

servicio de ‘Cuidado de<br />

personas’ o de ‘Asistencia en las<br />

tareas del hogar, siempre que<br />

se tenga a su cargo una<br />

persona dependiente (grados I,<br />

II o III).<br />

a) Ayuda del 100% del gasto con un máximo de hasta 300<br />

€/titular/año, si el servicio es prestado por el Servicio de<br />

Empleabilidad de la ASSLSP.<br />

b) Ayuda del 100% del gasto con un máximo de hasta 150<br />

€/titular/año, si el servicio es prestado por un colaborador<br />

externo conveniado con la FLSP.<br />

A.2.) Por la asistencia del beneficiario/a (cónyuge o pareja) a los talleres de competencias organizados por el<br />

Servicio de Empleabilidad de la Asociación de Servicios Socio-<strong>Laboral</strong>es <strong>San</strong> <strong>Prudencio</strong>:<br />

a) Ayuda de 150 €/titular/año si tiene a su cargo a un dependiente de grado III.<br />

b) Ayuda de 100 €/titular/año si tiene a su cargo a un dependiente de grado II.<br />

c) Ayuda de 50 €/titular/año si tiene a su cargo a un dependiente de grado I.<br />

d) Ayuda de 100 €/titular/año si tiene a su cargo hijo/s menores de 3 años.<br />

B) Titulares con necesidad de contratar servicios socio-asistenciales <strong>para</strong> atender a hijos menores de 3 años:<br />

a) Ayuda del 100% con un máximo de hasta 300 € por el gasto efectuado en la contratación de una<br />

escuela infantil/guardería privada <strong>para</strong> hijos/as menores de 3 años, siempre y cuando haya sido<br />

excluido de una escuela infantil pública.<br />

b) Ayuda del 100% con un máximo de hasta 150 € por el gasto efectuado en la contratación de una<br />

escuela infantil/guardería privada <strong>para</strong> hijos/as menores de 3 años, en periodos vacacionales<br />

escolares.<br />

Se entenderá como periodos vacacionales: Semana <strong>San</strong>ta, Verano (según calendario escolar anual)<br />

y Navidades.<br />

El máximo a cobrar por este apartado B) es de 300 €/titular/año.<br />

Es de carácter ABIERTO.<br />

Rev. 04 del 23/07/10<br />

Las condiciones establecidas en este documento, se rigen por la última revisión que esté en vigor


INSTRUCCIÓN<br />

ISP007-48<br />

Rev: 04<br />

Pag: 2 de 4<br />

Título: INSTRUCCIÓN QUE REGULA LA PRESTACIÓN DE AYUDA POR LA CONTRATACIÓN DE<br />

SERVICIOS SOCIO-ASISTENCIALES<br />

3. REQUISITOS<br />

Además de ser de aplicación el contenido íntegro del Procedimiento general que regula el disfrute de las<br />

Actividades desarrolladas vía Prestaciones, se establecen como requisitos particulares:<br />

.- Solicitud SÍ PRECISA.<br />

.- Quién puede<br />

solicitar<br />

A) Los titulares menores de 75 años.<br />

B) Los titulares en activo.<br />

A.1.) Contratación de los servicios ‘Cuidado de personas’ o ‘Asistencia en las tareas del<br />

hogar’.<br />

Los titulares que justifiquen gastos por la contratación del servicio de “Cuidado a las<br />

personas” o “Asistencia en las tareas del hogar”, siempre que tengan a su cargo una<br />

persona dependiente.<br />

Para las personas en activo, tanto el titular como el beneficiario (cónyuge o pareja) si<br />

los hubiere, deberán estar trabajando en el mismo horario en el que se contraten los<br />

servicios.<br />

A.2.) Asistencia del beneficiario/a (cónyuge o pareja) a los talleres de competencias:<br />

.- Quién puede<br />

favorecerse<br />

Los titulares que tengan un beneficiario en desempleo (con un dependiente a su<br />

cargo) y que dicho beneficiario asista mínimo a un 80% de la duración de los talleres<br />

de competencia organizados por el Servicio de Empleabilidad de ASSLSP.<br />

B) Por la contratación de escuelas infantiles/guarderías privadas:<br />

Tanto el titular como el beneficiario (cónyuge o pareja) si los hubiere, deberán estar<br />

trabajando en el mismo horario en el que se contraten los servicios de la escuela<br />

infantil/guardería privada.<br />

Y <strong>para</strong> todos los casos en general:<br />

Si es por un beneficiario por quien se solicita la ayuda, <strong>para</strong> tener derecho, es requisito el<br />

que esté inscrito como beneficiario en los ficheros de la <strong>Fundación</strong>.<br />

El titular <strong>para</strong> poder favorecerse de esta prestación, deberá mantener la condición de titular<br />

y poseer la tarjeta de FLSP en cualquiera de sus modalidades, tanto en el momento de<br />

solicitar la prestación, como en la fecha de aprobación por el Patronato y en la fecha del<br />

pago de la prestación.<br />

.- Antigüedad 1 año y medio natural.<br />

Esta prestación solamente podrá ser solicitada por uno de los miembros de la unidad familiar, en el caso de que<br />

exista más de un titular.<br />

Rev. 04 del 23/07/10<br />

Las condiciones establecidas en este documento, se rigen por la última revisión que esté en vigor


INSTRUCCIÓN<br />

ISP007-48<br />

Rev: 04<br />

Pag: 3 de 4<br />

Título: INSTRUCCIÓN QUE REGULA LA PRESTACIÓN DE AYUDA POR LA CONTRATACIÓN DE<br />

SERVICIOS SOCIO-ASISTENCIALES<br />

4. PLAZOS<br />

.- Plazo de vigor<br />

.- Plazo de<br />

solicitud<br />

.- Fecha de<br />

aprobación<br />

.- Fecha de pago<br />

Del 01/01 al 31/12.<br />

Para tener derecho al cobro de esta prestación, el gasto de la contratación del servicio socioasistencial<br />

o de la escuela infantil/guardería privada se deberá producir durante el mismo<br />

año en que está en vigor dicha prestación.<br />

Del 01/01 al 31/12.<br />

Para aquellos gastos socio-asistenciales o de la escuela infantil/guardería privada<br />

producidos en el mes de Diciembre, se ampliará el plazo de solicitud hasta el 31 de Enero<br />

del año siguiente.<br />

En las reuniones del Patronato a celebrar en los meses de:<br />

- Abril del año en curso, <strong>para</strong> solicitudes presentadas en el 1 er trimestre.<br />

- Julio, <strong>para</strong> solicitudes presentadas en el 2º trimestre.<br />

- Octubre, <strong>para</strong> solicitudes presentadas en el 3 er trimestre.<br />

- Enero del año siguiente, <strong>para</strong> solicitudes presentadas en el 4º trimestre.<br />

El pago de la prestación se realizará el día 30 del mes en el que se apruebe por el<br />

Patronato.<br />

Estos pagos se realizarán mediante transferencias bancarias a ingresar en la cuenta del<br />

titular.<br />

.- Plazo de<br />

reclamación<br />

Los 15 días siguientes a las fechas de pago.<br />

5. RESOLUCIONES/ 6. RENOVACIONES/ 7. IDENTIFICACIÓN<br />

Será de aplicación el contenido íntegro del Procedimiento general que regula el disfrute de las Actividades<br />

desarrolladas vía Prestaciones.<br />

Los titulares deberán identificarse mediante la tarjeta FLSP.<br />

8. TRAMITACIÓN<br />

La información se puede solicitar a través de cualquier medio.<br />

La solicitud se tramitará personalmente por el titular en las oficinas de la <strong>Fundación</strong>.<br />

Rev. 04 del 23/07/10<br />

Las condiciones establecidas en este documento, se rigen por la última revisión que esté en vigor


INSTRUCCIÓN<br />

ISP007-48<br />

Rev: 04<br />

Pag: 4 de 4<br />

Título: INSTRUCCIÓN QUE REGULA LA PRESTACIÓN DE AYUDA POR LA CONTRATACIÓN DE<br />

SERVICIOS SOCIO-ASISTENCIALES<br />

9 DOCUMENTACIÓN<br />

Será de aplicación el contenido íntegro del Procedimiento general que regula el disfrute de las actividades<br />

desarrolladas vía Prestaciones.<br />

Para el caso A.1.): Contratación de los servicios ‘Cuidado de personas’ o ‘Asistencia en las tareas del hogar’:<br />

1.- Solicitud cumplimentada íntegramente.<br />

2.- Resolución de valoración de situación de dependencia de la Diputación Foral de Álava (indicando el grado y<br />

nivel de dependencia, así como la fecha desde la que tiene efecto y la persona afectada que se tiene a su<br />

cargo).<br />

3.- En el caso de contratación del servicio a través del Servicio de Empleabilidad:<br />

- escrito firmado por empleado y empleador donde se indique la jornada laboral y el salario, junto con<br />

copia de la transferencia bancaria del pago realizado,<br />

- y certificado expedido por la ASSLSP a favor de quien solicita la prestación que acredite dicha<br />

contratación.<br />

4.- En el caso de contratación del servicio a través de colaborador externo: Factura original o copia compulsada<br />

justificante del gasto producido por la contratación del servicio socio-asistencial a través del colaborador<br />

externo en las modalidades de “Cuidado a las personas” o “Asistencia en las tareas del hogar” donde se<br />

especifique el horario en que se contrate el servicio.<br />

5.- Para las personas en activo, certificado de las empresas en el que se justifique los horarios de los miembros<br />

de la pareja.<br />

6.- En el caso de que el titular solicite la prestación <strong>para</strong> un beneficiario, certificado de empadronamiento<br />

conjunto.<br />

Para el caso A.2.): Asistencia del beneficiario/a (cónyuge o pareja) a los talleres de competencias:<br />

1.- Solicitud cumplimentada íntegramente.<br />

2.- Resolución de valoración de situación de dependencia de la Diputación Foral de Álava (indicando el grado y<br />

nivel de dependencia, así como la fecha desde la que tiene efecto y la persona afectada que se tiene a cargo).<br />

3.- Certificado expedido por la ASSLSP a favor de quien solicita la prestación que acredite la presencia en estas<br />

tutorías.<br />

4.- En el caso de que el titular solicite la prestación <strong>para</strong> un beneficiario, certificado de empadronamiento conjunto.<br />

Para el caso B): Por la contratación de escuelas infantiles/guarderías privadas:<br />

1.- Solicitud cumplimentada íntegramente.<br />

2.- Certificado emitido por el Ayuntamiento o por el consorcio de las Haurreskolak en el que se indique la exclusión<br />

del menor en una plaza de una escuela infantil pública (sólo <strong>para</strong> el caso B.a).<br />

3.- Factura original o copia compulsada justificante del gasto producido por la contratación de la escuela/guardería<br />

infantil privada donde se indiquen los horarios de asistencia del menor.<br />

4.- Certificado emitido con fecha actual de la/s empresa/s en el que se detallen los horarios de los miembros de la<br />

pareja. En el caso de que esta ayuda se solicite por periodos vacacionales, en dicho certificado la empresa<br />

deberá confirmar que la persona trabaja en dicho periodo vacacional.<br />

5.- En el caso de que el titular solicite la prestación <strong>para</strong> un beneficiario, certificado de empadronamiento conjunto.<br />

Rev. 04 del 23/07/10<br />

Las condiciones establecidas en este documento, se rigen por la última revisión que esté en vigor

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!