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Malos tratos, violencia domestica, violencia de genero

Los malos tratos físicos son más fácilmente reconocibles por las terribles secuelas y daños que producen en la víctima, aunque en ocasiones los maltratadores intentan ejercer su agresión de tal forma que las señales pasen desapercibidas así, golpean en zonas poco visibles o que puedan disimularse bajo la ropa. Aunque encontramos lesiones producidas por puñetazos, golpes con objetos contundentes que suelen ser muy visibles, en estos casos, el agresor es demasiado violento y las agresiones son frecuentes y prolongadas en el tiempo, por lo que ya no repara en disimularlas.

Los malos tratos físicos son más fácilmente reconocibles por las terribles secuelas y daños que producen en la víctima, aunque en ocasiones los maltratadores intentan ejercer su agresión de tal forma que las señales pasen desapercibidas así, golpean en zonas poco visibles o que puedan disimularse bajo la ropa. Aunque encontramos lesiones producidas por puñetazos, golpes con objetos contundentes que suelen ser muy visibles, en estos casos, el agresor es demasiado violento y las agresiones son frecuentes y prolongadas en el tiempo, por lo que ya no repara en disimularlas.

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terapéuticos.<br />

La <strong>violencia</strong> <strong>de</strong> género:<br />

No existe un "<strong>de</strong>lito <strong>de</strong> <strong>violencia</strong> <strong>de</strong> género". Según la <strong>de</strong>finición dada por la Ley Orgánica<br />

1/2004, <strong>de</strong> 28 <strong>de</strong> diciembre, <strong>de</strong> Medidas <strong>de</strong> Protección Integral contra la Violencia <strong>de</strong> Género,<br />

<strong>violencia</strong> <strong>de</strong> género es aquella que, "como manifestación <strong>de</strong> la discriminación, la situación <strong>de</strong><br />

<strong>de</strong>sigualdad y las relaciones <strong>de</strong> po<strong>de</strong>r <strong>de</strong> los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas<br />

por parte <strong>de</strong> quienes sean o hayan sido sus cónyuges o <strong>de</strong> quienes estén o hayan estado<br />

ligados a ellas por relaciones similares <strong>de</strong> afectividad, aun sin convivencia". Y compren<strong>de</strong><br />

"todo acto <strong>de</strong> <strong>violencia</strong> física y psicológica, incluidas las agresiones a la libertad sexual, las<br />

amenazas, las coacciones o la privación arbitraria <strong>de</strong> libertad".<br />

El uso <strong>de</strong> la expresión "<strong>violencia</strong> <strong>de</strong> género" para referirse <strong>de</strong> forma exclusiva a la que sufren<br />

las mujeres, fue cuestionado ya en la preparación <strong>de</strong>l texto <strong>de</strong> la LO 1/2004, siendo el<br />

argumento principal que el término "género" no hace referencia al sexo <strong>de</strong> la persona, es<br />

<strong>de</strong>cir, que "<strong>violencia</strong> <strong>de</strong> género" podría ser también la que sufren los hombres, no obstante lo<br />

cual fue el elegido por el legislador en <strong>de</strong>trimento <strong>de</strong> otros propuestos como "<strong>violencia</strong> por<br />

razón <strong>de</strong>l sexo", "<strong>violencia</strong> contra la mujer", "<strong>violencia</strong> machista", etc.<br />

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