regulaciones y reglas para establecimientos de venta de alimentos ...
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4-5 INSTALACIONES DE LAVANDERIA<br />
4-501 Instalaciones <strong>de</strong> Lavan<strong>de</strong>ría<br />
A. Si se proveen, las instalaciones <strong>de</strong> lavan<strong>de</strong>ría <strong>de</strong>berán estar restringidas al lavado y secado <strong>de</strong><br />
los manteles y los trapos <strong>de</strong> trabajo que se usan en la operación. Si dichos artículos se lavan<br />
en las instalaciones, se <strong>de</strong>berá proveer y usar una secadora eléctrica o <strong>de</strong> gas, excepto que no<br />
es necesario proveer una secadora eléctrica o <strong>de</strong> gas cuando:<br />
1. La lavan<strong>de</strong>ría en las instalaciones se limita a trapos <strong>de</strong> limpiar que su intención es<br />
que permanezcan mojados, y<br />
2. Los trapos <strong>de</strong> limpiar que ya están lavados se mantienen en una solución<br />
<strong>de</strong>sinfectante apropiada; o<br />
3. Los trapos <strong>de</strong> limpiar que ya están lavados se secan con aire en un cuarto <strong>de</strong> lavado<br />
o en otro lugar aprobado.<br />
B. Las instalaciones <strong>de</strong> lavan<strong>de</strong>ría no <strong>de</strong>berán estar localizadas en las áreas <strong>de</strong> pre<strong>para</strong>ción <strong>de</strong><br />
<strong>alimentos</strong>. Si se localizan en las áreas <strong>de</strong> almacenamiento <strong>de</strong> <strong>alimentos</strong>, esta <strong>de</strong>berá ser<br />
operada <strong>de</strong> manera que prevenga la contaminación <strong>de</strong> <strong>alimentos</strong>, <strong>de</strong>l equipo, los utensilios,<br />
los manteles, los artículos <strong>de</strong> servicio único y los trapos <strong>de</strong> limpiar.<br />
C. Los manteles sucios <strong>de</strong>berán mantenerse en receptáculos limpios y no absorbentes o en<br />
bolsas lavables y limpias. Los manteles sucios <strong>de</strong>berán ser almacenados y transportados <strong>de</strong><br />
manera que se prevenga la contaminación <strong>de</strong> <strong>alimentos</strong>, <strong>de</strong>l equipo limpio, <strong>de</strong> los utensilios<br />
limpios y <strong>de</strong> los artículos <strong>de</strong> servicio único.<br />
4-6 MANEJO Y ALMACENAMIENTO DE UTENSILIOS Y EQUIPO<br />
4-601 Almacenamiento <strong>de</strong>l Equipo y Utensilios<br />
A. El equipo limpio y <strong>de</strong>sinfectado <strong>de</strong>berá ser manejado <strong>de</strong> manera que sea proteja <strong>de</strong><br />
contaminación. Las cucharas, cuchillos y tenedores <strong>de</strong>berán tocarse únicamente por sus<br />
mangos. Las tazas, los vasos, los platos y los artículos similares <strong>de</strong>berán manejarse sin<br />
contacto con las superficies internas o las superficies que tocan la boca <strong>de</strong>l usuario.<br />
B. Los utensilios limpios y <strong>de</strong>sinfectados y el equipo <strong>de</strong>berán almacenarse por los menos a 6<br />
pulgadas (15.24 cm) arriba <strong>de</strong>l suelo en un lugar limpio y seco <strong>de</strong> manera que estén<br />
protegidos <strong>de</strong> la contaminación <strong>de</strong> salpicadas, polvo y otros. Las superficies que tienen<br />
contacto con los <strong>alimentos</strong> <strong>de</strong>l equipo fijo también <strong>de</strong>berá estar protegido contra la<br />
contaminación. El equipo y los utensilios no <strong>de</strong>berán ponerse bajo líneas <strong>de</strong> drenaje o líneas<br />
<strong>de</strong> agua que no están protegidas <strong>para</strong> interceptar goteras potenciales, incluyendo los<br />
aspersores <strong>de</strong> protección contra el fuego, o bajo líneas en las cuales el agua se con<strong>de</strong>nsa.<br />
C. Los utensilios se <strong>de</strong>berán secar con aire o <strong>de</strong>berán ser almacenados <strong>de</strong> manera que se sequen<br />
solos.<br />
D. Los vasos y las tazas <strong>de</strong>berán guardarse invertidos. Otros utensilios almacenados <strong>de</strong>berán<br />
estar cubiertos o invertidos cuando sea práctico. Las instalaciones <strong>para</strong> el almacenamiento<br />
<strong>de</strong> cuchillos, tenedores y cucharas <strong>de</strong>berá estar diseñados y usados <strong>para</strong> presentar el mango<br />
al empleado o al consumidor. A menos que los utensilios estén envuelvos, los mangos <strong>de</strong><br />
los cuchillos, los tenedores y las cucharas en lugares <strong>de</strong> auto-servicio <strong>de</strong>berán proteger estos<br />
artículos <strong>de</strong> contaminación y presentar el mango <strong>de</strong>l utensilio al consumidor.<br />
REGULACIONES Y REGLAS PARA ESTABLECIMIENTOS DE VENTA DE ALIMENTOS DEL ESTADO DE COLORADO<br />
6 CCR 1010-2<br />
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