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regulaciones y reglas para establecimientos de venta de alimentos ...

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11-201(A) – Enmienda a la sección que <strong>de</strong>scribe la frecuencia <strong>de</strong> la inspección <strong>para</strong> los<br />

<strong>establecimientos</strong> <strong>de</strong> <strong>venta</strong> <strong>de</strong> <strong>alimentos</strong> al cambiar la frecuencia <strong>de</strong> la inspección a “dos veces cada<br />

año o año fiscal.” Enmienda a la sección que <strong>de</strong>scribe la frecuencia <strong>de</strong> la inspección <strong>de</strong> las tiendas <strong>de</strong><br />

abarrotes sin un restaurante o salchichonería al cambiar la frecuencia <strong>de</strong> la inspección a “una vez cada<br />

año o año fiscal.”<br />

11-201(B) – Enmienda a la sección <strong>para</strong> uso <strong>de</strong> un método alternativo <strong>para</strong> <strong>de</strong>terminar la frecuencia <strong>de</strong><br />

inspección al hacer referencia al “Colorado Retail Food Establishment Risk Based Inspectional<br />

Frequency Methodology Guidance Document.” Se quitó la referencia al Apéndice I.<br />

11-204(A)(3) – Se quitó el lenguaje <strong>de</strong> las violaciones no-críticas <strong>para</strong> corregir estas violaciones<br />

<strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> los primeros 90 días. Se quitó el lenguaje que discutía los horarios <strong>de</strong> cumplimiento. Se<br />

añadió el lenguaje <strong>de</strong> violaciones no críticas las cuales <strong>de</strong>berán ser corregidas a cierta fecha “basado<br />

en la severidad <strong>de</strong> los peligros <strong>de</strong> salud potenciales...”<br />

11-205 – Se quitó “Consejo <strong>de</strong> Consumidores” <strong>de</strong>l reporte <strong>de</strong> inspección. Enmienda a la temperatura<br />

<strong>de</strong> 140°F a 135°F. Se añadió “Instalaciones <strong>de</strong> Baños” como una violación no-crítica.<br />

11-301– Se quitó la fecha 1998 cuando se hace referencia a la sección 25-1-107 (l)(k) y 25-5-406 et<br />

seq., C.R.S. Enmienda C.R.S. secciones a 25-1.5-104(a) y 25-5-406 et. seg., C.R.S. .<br />

11-601(G) – Se quitó la fecha 1998 cuando se hace referencia a la sección 24-4-105 (15), C.R.S.<br />

11-701 – Enmienda en la referencia general a la sección y se añadió lenguaje indicando como los<br />

materiales incorporados usados en las <strong>regulaciones</strong> se pue<strong>de</strong>n obtener.<br />

11-702 – Enmienda a la referencia <strong>de</strong> la sección 1-202(56)<br />

11-703 – Se quitó la fecha 1998 cuando se hace referencia a la sección 25-4-1601 et seq., C.R.S. y las<br />

secciones en las cuales se hace referencia a la regulación.<br />

11-705 & 11-707 – Se quitó la fecha 1997 al frente <strong>de</strong>l “Código Uniforme <strong>de</strong> Plomería” y se reemplazó<br />

con la fecha 2000.<br />

11-706 – Se quitó la fecha 1998 <strong>de</strong>l Código <strong>de</strong> Regulaciones Fe<strong>de</strong>rales y se reemplazó con la fecha<br />

2003 y se añadieron las secciones 7-107 y 7-108 como secciones <strong>de</strong> referencia.<br />

11-708 – Se quitó la fecha 1998 <strong>de</strong> todos los estatutos. Enmienda C.R.S. sección a 25-1.5-101(1)(a).<br />

Apéndice A<br />

16 – Enmienda a la sección <strong>de</strong> salsas bajo <strong>alimentos</strong> potencialmente peligrosos <strong>para</strong> reflejar la nueva<br />

temperatura <strong>de</strong> mantenimiento y que éstos <strong>de</strong>ben ser <strong>de</strong>sechados en “cuatro” horas si éstos no están<br />

en el rango apropiado <strong>de</strong> temperatura.<br />

Apéndice B<br />

Se quitó la fecha 1998 cuando se hace referencia a 25-5-402 et seq., C.R.S<br />

Apéndice C<br />

Enmienda a la temperatura <strong>de</strong> 140°F a 135°F en la sección <strong>de</strong> revisión <strong>de</strong>l plan.<br />

Compendio - 7

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