31.01.2015 Views

MODELO CONTRATO DE ABONADO DE APARCAMIENTO ... - Adif

MODELO CONTRATO DE ABONADO DE APARCAMIENTO ... - Adif

MODELO CONTRATO DE ABONADO DE APARCAMIENTO ... - Adif

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

<strong>MO<strong>DE</strong>LO</strong> <strong>CONTRATO</strong> <strong>DE</strong> <strong>ABONADO</strong> <strong>DE</strong> <strong>APARCAMIENTO</strong><br />

En ________________________, a ___ de __________ de 20___<br />

REUNIDOS:<br />

De una parte, el ADMINISTRADOR <strong>DE</strong> INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS, que en lo sucesivo se denominará ADIF, con<br />

domicilio en 28020 Madrid, c/ Sor Ángela de la Cruz 3, con CIF Q-2801660-H.<br />

Y de otra, D/Dª. ________________________________________, que en lo sucesivo se denominará <strong>ABONADO</strong>,<br />

con NIF ___________ y domicilio en _________________________________________, población____________,<br />

Cód. postal_________, telf.__________ e-mail___________________, actuando en su propio nombre y derecho.<br />

Ambas partes con capacidad jurídica bastante que mutuamente se reconocen y aceptan, EXPONEN<br />

I.- Que ADIF es titular de la Estación de Segovia-Guiomar, en la que dispone de un aparcamiento para<br />

vehículos.<br />

II.- Que, estando el <strong>ABONADO</strong> interesado en la cesión de uso de una plaza de aparcamiento, no fija, situada<br />

en dicho aparcamiento, formalizan el presente contrato, que se regirá por las condiciones particulares<br />

señaladas en el dorso de este documento y por las siguientes:<br />

ESTIPULACIONES<br />

PRIMERA.- ADIF cede al <strong>ABONADO</strong>, el uso de una plaza de aparcamiento, no fija, situada en el aparcamiento<br />

de la Estación de Segovia-Guiomar, para el estacionamiento de un solo vehículo de los declarados a<br />

continuación. El <strong>ABONADO</strong> se obliga a comunicar a ADIF cualquier variación de los vehículos declarados.<br />

MATRICULA<br />

<strong>MO<strong>DE</strong>LO</strong><br />

<strong>ABONADO</strong> Nº<br />

VEHÍCULO 1 VEHÍCULO 2<br />

SEGUNDA.- La duración del presente contrato coincidirá con la del mes natural en el que se suscriba, entrando<br />

en vigor, el primer día de dicho mes y finalizando su vigencia el último día de dicho mes natural, con<br />

independencia del día efectivo que se formalice.<br />

El presente contrato se prorrogará, automáticamente, de común acuerdo, por periodos mensuales, en los<br />

términos reflejados en el párrafo anterior, de no mediar oposición de las partes con 15 días naturales de<br />

antelación a su finalización.<br />

TERCERA.- El <strong>ABONADO</strong> se obliga a abonar a ADIF, por la cesión de uso de la plaza de aparcamiento, el precio<br />

mensual que se encuentre en vigor el primer día del mes natural de que se trate.<br />

CUARTA.- En caso de incumplimiento de cualquiera de los pactos establecidos en el presente contrato por el<br />

<strong>ABONADO</strong>, facultará a ADIF a resolverlo automáticamente, obligándose el <strong>ABONADO</strong> a restituir a ADIF la “Tarjeta<br />

de Abonado”, con pérdida del precio abonado por la misma.<br />

QUINTA.-Para cualquier controversia que pueda derivarse del presente contrato, las partes se someten a la<br />

jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de la capital de la provincia en la que se encuentre situado el<br />

aparcamiento.<br />

Así lo acuerdan y convienen a cuyo fin y para su debida constancia, firman el presente Contrato, en duplicado<br />

ejemplar, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.<br />

POR EL <strong>ABONADO</strong><br />

POR ADIF<br />

−<br />

Datos de carácter personal: Los datos recogidos, conforme a lo previsto en la L.O. 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, serán incluidos en un fichero, inscrito en el RGPD y cuyo responsable es el<br />

Administrador de Infraestructuras Ferroviarias. La posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición se ejercerán en la Dirección Ejecutiva de Estaciones de Viajeros, Avda. Pio XII,<br />

110, Caracola 18, 28036 Madrid<br />

Dirección Ejecutiva de Estaciones de Viajeros Pág. 1 de 2


En ________________________, a ___ de __________ de 20___<br />

<strong>ABONADO</strong> Nº<br />

CONDICIONES PARTICULARES <strong>DE</strong>L <strong>APARCAMIENTO</strong> <strong>DE</strong> SEGOVIA-GUIOMAR<br />

1.- ADIF facilitará al <strong>ABONADO</strong>, para el correcto acceso al aparcamiento, una Tarjeta de<br />

Abonado que será intransferible, al precio establecido. En caso de perdida o deterioro<br />

el Abonado soportará el coste de su reposición.<br />

2.- El pago de la cuota de Abonado se hará por adelantado, a partir del día 20 del mes<br />

anterior en la caja central del aparcamiento, en el horario expuesto en la misma.<br />

Llegado el sexto día natural de cada mes sin haberse efectuado el pago<br />

correspondiente, se considerará el abono cancelado y la relación contractual<br />

finalizada.<br />

3.- El horario de utilización del abono, será efectivo en el horario de apertura y cierre del<br />

aparcamiento.<br />

4.- El usuario será responsable de los daños que pudiera ocasionar a las instalaciones del<br />

aparcamiento o a otros vehículos, obligándose a comunicarlo al Punto de Control, Jefe<br />

de Estación, Vigilante de Seguridad y/o Atención al Cliente. El propietario del vehículo<br />

que no fuera o fuese el usuario, responderá solidariamente de los daños y perjuicios<br />

causados por el conductor.<br />

5.- ADIF no se hace cargo de las llaves del vehículo aparcado. Tampoco se responsabiliza<br />

de los objetos depositados en su interior, así como, de los accesorios no fijos y/o<br />

extraíbles.<br />

6.- ADIF podrá, en cualquier momento, modificar las tarifas y las condiciones de uso del<br />

mismo, previo aviso a los interesados, los cuales podrán mantener o dar por<br />

finalizada su condición de Abonado a la finalización del mismo.<br />

7.- Dentro del recinto del aparcamiento, podrá delimitarse una zona para<br />

estacionamiento de vehículos para clientes abonados. En los aparcamientos divididos<br />

por zonas de aparcamiento, el Abonado estará obligado a estacionar en la que tenga<br />

asignada, según tipo de abono.<br />

8.- La Dirección del aparcamiento tendrá, frente a cualesquiera personas, derecho de<br />

retención e inmovilizado del vehículo en garantía del precio de aparcamiento y de los<br />

daños y gastos generados por incumplimiento de las normas del aparcamiento.<br />

9.- No se permite efectuar en el aparcamiento actividades distintas al estacionamiento<br />

del vehículo, y expresamente labores de limpieza y/o reparaciones del vehículo.<br />

Queda terminante prohibido, que en el interior del vehículo estacionado se<br />

encuentren materiales explosivos, combustibles o cualquier material peligroso que no<br />

sean propios del vehículo estacionado, asumiendo el Abonado, cuantas<br />

responsabilidades se deriven de ello.<br />

−<br />

Datos de carácter personal: Los datos recogidos, conforme a lo previsto en la L.O. 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, serán incluidos en un fichero, inscrito en el RGPD y cuyo responsable es el<br />

Administrador de Infraestructuras Ferroviarias. La posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición se ejercerán en la Dirección Ejecutiva de Estaciones de Viajeros, Avda. Pio XII,<br />

110, Caracola 18, 28036 Madrid<br />

Dirección Ejecutiva de Estaciones de Viajeros Pág. 2 de 2

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!