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El contratista se verá obligado a utilizar plataformas elevadores para realizar la poda. Como mínimo dispondrá de una de ellas en cada equipo de poda. 9. REGIMEN SANCIONADOR. El Órgano de Contratación, en caso de incumplimiento, a propuesta del Jefe de Servicio de Parques y Jardines, previa tramitación del reglamentario expediente y con audiencia del contratista, podrá imponer a éste multas, en base a las penalidades señaladas por la Jefatura del Servicio Municipal, las cuales a continuación se especifican: A) Se consideran FALTAS MUY GRAVES: • Número de personas trabajando inferior a lo exigido por el presente pliego de condiciones más de 5 días. • Maquinaria o vehículos inferiores a lo exigido por el presente pliego de condiciones durante más de 5 días. • No cumplir las medidas de seguridad y riesgos laborales para cada tipo de trabajo. • El retraso en la campaña de poda, superando en 15 días la fecha límite del 15 de diciembre de 2011. • El no cumplimiento de las obligaciones relativas a la Seguridad Social de los trabajadores, lo que podrá dar lugar a la resolución del contrato • La incorrecta gestión de los residuos vegetales producidos en un periodo superior en 5 días o el peso equivalente a la media de 5 días. • La falta total de limpieza de las calles una vez finalizado el trabajo diario. B) Se consideran FALTAS GRAVES las siguientes: • Número de personas trabajando inferior a lo exigido por el Pliego de condiciones más de 3 días. • Maquinaria o vehículos inferiores a lo exigido por el Pliego de condiciones durante más de 3 días. • La realización negligente de la poda. • El no utilizar los medios necesarios de autoprotección. • La demora superior a 48 horas en la realización del trabajo. Servicio de Contratación Pág. 22

• La falta de limpieza de las calles una vez finalizado el trabajo diario. • La incorrecta gestión de los residuos vegetales producidos en un periodo superior en 3 días o el peso equivalente a la media de 3 días. • La falta de notificación a la Policía Municipal del inicio de un trabajo, cuando éste conlleve la alteración del tráfico rodado. • El retraso en la campaña de poda, superando en 7 días la fecha límite del 15 de diciembre de 2011. C) Se consideran FALTAS LEVES las siguientes: • Número de personas trabajando inferior a lo exigido por el Pliego de condiciones más de 1 día. • Maquinaria o vehículos inferiores a lo ofertado durante más de 1 día. • La falta de limpieza y mantenimiento de los equipos. • La falta de puntualidad en el inicio de los trabajos. • La demora superior a 24 horas en la realización del trabajo. • La incorrecta gestión de los residuos vegetales producidos en un periodo superior en 1 día o el peso equivalente a la media de 1 día. • Reiterada falta de contestación a las órdenes de trabajo del Servicio. • El retraso en la campaña de poda, superando en 3 días la fecha límite del 15 de diciembre de 2011. Las faltas, no expresamente citadas, se clasificarán por su analogía con las anteriores, desde el punto de vista de sus incidencias en el Servicio. El importe de la sanción para cada uno de los tipos de faltas, se impondrá de conformidad con los siguientes porcentajes sobre el importe total del contrato: • Faltas muy graves: Entre el 3,1% y el 5 % del importe total del contrato o la resolución del mismo, según las circunstancias del incumplimiento. • Faltas graves: Entre 1,6 % y el 3 % del importe total del contrato. • Faltas leves: Hasta el 1,5 % del importe total del contrato. TERCERO: El gasto que supone la presente contratación del “SERVICIO DE PODA DE Servicio de Contratación Pág. 23

• La falta <strong>de</strong> limpieza <strong>de</strong> las calles una vez finalizado el trabajo diario.<br />

• La incorrecta gestión <strong>de</strong> los residuos vegetales producidos en un periodo superior<br />

en 3 días o el peso equivalente a la media <strong>de</strong> 3 días.<br />

• La falta <strong>de</strong> notificación a la Policía Municipal <strong>de</strong>l inicio <strong>de</strong> un trabajo, cuando éste<br />

conlleve la alteración <strong>de</strong>l tráfico rodado.<br />

• El retraso en la campaña <strong>de</strong> poda, superando en 7 días la fecha límite <strong>de</strong>l 15 <strong>de</strong> diciembre<br />

<strong>de</strong> 2011.<br />

C) Se consi<strong>de</strong>ran FALTAS LEVES las siguientes:<br />

• Número <strong>de</strong> personas trabajando inferior a lo exigido por el Pliego <strong>de</strong> condiciones<br />

más <strong>de</strong> 1 día.<br />

• Maquinaria o vehículos inferiores a lo ofertado durante más <strong>de</strong> 1 día.<br />

• La falta <strong>de</strong> limpieza y mantenimiento <strong>de</strong> los equipos.<br />

• La falta <strong>de</strong> puntualidad en el inicio <strong>de</strong> los trabajos.<br />

• La <strong>de</strong>mora superior a 24 horas en la realización <strong>de</strong>l trabajo.<br />

• La incorrecta gestión <strong>de</strong> los residuos vegetales producidos en un periodo superior<br />

en 1 día o el peso equivalente a la media <strong>de</strong> 1 día.<br />

• Reiterada falta <strong>de</strong> contestación a las ór<strong>de</strong>nes <strong>de</strong> trabajo <strong>de</strong>l Servicio.<br />

• El retraso en la campaña <strong>de</strong> poda, superando en 3 días la fecha límite <strong>de</strong>l 15 <strong>de</strong> diciembre<br />

<strong>de</strong> 2011.<br />

Las faltas, no expresamente citadas, se clasificarán por su analogía con las anteriores,<br />

<strong>de</strong>s<strong>de</strong> el punto <strong>de</strong> vista <strong>de</strong> sus inci<strong>de</strong>ncias en el Servicio.<br />

El importe <strong>de</strong> la sanción para cada uno <strong>de</strong> los tipos <strong>de</strong> faltas, se impondrá <strong>de</strong> conformidad<br />

con los siguientes porcentajes sobre el importe total <strong>de</strong>l contrato:<br />

• Faltas muy graves: Entre el 3,1% y el 5 % <strong>de</strong>l importe total <strong>de</strong>l contrato o la resolución<br />

<strong>de</strong>l mismo, según las circunstancias <strong>de</strong>l incumplimiento.<br />

• Faltas graves: Entre 1,6 % y el 3 % <strong>de</strong>l importe total <strong>de</strong>l contrato.<br />

• Faltas leves: Hasta el 1,5 % <strong>de</strong>l importe total <strong>de</strong>l contrato.<br />

TERCERO: El gasto que supone la presente contratación <strong>de</strong>l “SERVICIO DE PODA DE<br />

Servicio <strong>de</strong> Contratación Pág. 23

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