subcomeri - Normateca institucional
subcomeri - Normateca institucional
subcomeri - Normateca institucional
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
REGLAS DE OPERACIÓN DEL SUBCOMITE DE MEJORA<br />
REGULATORIA INTERNA ESPECIALIZADO (SUBCOMERI)<br />
EN ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS<br />
DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS<br />
SUBSIDIARIOS<br />
Julio 2004
REGLAS DE OPERACIÓN DEL SUBCOMITÉ DE<br />
MEJORA REGULATORIA INTERNA ESPECIALIZADO<br />
(SUBCOMERI) EN ADQUISICIONES,<br />
ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DE PETRÓLEOS<br />
MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS<br />
Í N D I C E<br />
Página<br />
ANTECEDENTES 3<br />
1 MARCO JURÍDICO 3<br />
2 OBJETIVO DEL SUBCOMERI ESPECIALIZADO 5<br />
3 ÁMBITO DE APLICACIÓN 5<br />
4 FUNCIONES DEL SUBCOMERI ESPECIALIZADO 5<br />
5 INTEGRACIÓN<br />
5.1 DE LAS FUNCIONES DE LOS INTEGRANTES<br />
A) DEL PRESIDENTE<br />
B) DEL SECRETARIO<br />
C) DE LOS VOCALES<br />
6<br />
6<br />
7<br />
8<br />
6 DE LA OPERACIÓN<br />
6.1 DE LA CELEBRACIÓN DE LAS REUNIONES DE TRABAJO<br />
8<br />
9<br />
7 DEL PROCEDIMIENTO DE ANÁLISIS 10<br />
8 DE LA DISOLUCIÓN 11<br />
TRANSITORIOS 11
REGLAS DE OPERACIÓN DEL SUBCOMITÉ DE<br />
MEJORA REGULATORIA INTERNA ESPECIALIZADO<br />
(SUBCOMERI) EN ADQUISICIONES,<br />
ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DE PETRÓLEOS<br />
MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS<br />
ANTECEDENTES<br />
Con la constitución y formalización del Comité de Mejora Regulatoria de Petróleos Mexicanos<br />
y Organismos Subsidiarios (en adelante COMERI) y con el propósito de buscar una mayor<br />
agilidad, transparencia y funcionalidad en las labores encomendadas a este cuerpo<br />
colegiado, se acordó por el pleno del COMERI, la integración del Subcomité de Mejora<br />
Regulatoria Interna Especializado en Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de Petróleos<br />
Mexicanos y Organismos Subsidiarios (en adelante Subcomeri), acordando de manera<br />
adicional que el patrocinio en la funcionalidad del mismo debería recaer en la Dirección<br />
Corporativa con mayor incidencia en el proceso de suministro.<br />
Con el Acuerdo CA-249/2003 del H. Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos, de<br />
fecha del 28 de mayo del 2003, por el cual se le confiere a la Dirección Corporativa de<br />
Competitividad e Innovación, DCCI, ejercer la conducción central y la dirección estratégica<br />
del suministro en Petróleos Mexicanos, sus Organismos Subsidiarios y Filiales, corresponde<br />
a la DCCI encabezar a nivel de tutoría los trabajos y demás iniciativas del Subcomeri que se<br />
constituye.<br />
Considerando lo anterior, el día 12 de mayo de 2004, el Consejo de Administración de<br />
Petróleos Mexicanos, en su sesión ordinaria 752, mediante Acuerdo CA-052/2004, autorizó<br />
la primera etapa de modificación a la estructura básica de Petróleos Mexicanos (PEMEX),<br />
disolviendo la Dirección Corporativa de Competitividad e Innovación, reasignando sus<br />
funciones a la Dirección General, a la Dirección Corporativa de Administración y a la<br />
Dirección Corporativa de Finanzas, siendo en este caso reasignada la conducción de este<br />
órgano colegiado a la Dirección Corporativa de Administración.<br />
1. MARCO JURÍDICO<br />
• Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su<br />
Reglamento.<br />
• Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.<br />
• Ley Federal de las Entidades Paraestatales y su Reglamento.<br />
• Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios y Reglamento de la<br />
Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos.<br />
• Ley de Planeación.<br />
3
REGLAS DE OPERACIÓN DEL SUBCOMITÉ DE<br />
MEJORA REGULATORIA INTERNA ESPECIALIZADO<br />
(SUBCOMERI) EN ADQUISICIONES,<br />
ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DE PETRÓLEOS<br />
MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS<br />
• Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y su Reglamento.<br />
• Tratados de Libre Comercio dentro de los que México ha suscrito un capítulo de<br />
compras del sector público.<br />
• Acuerdo por el que se expide el Manual de Normas Presupuestarias para la<br />
Administración Pública Federal.<br />
• Acuerdo por el que se establecen las Reglas para la Aplicación del Margen de<br />
Preferencia en el Precio de los Bienes de Origen Nacional, respecto de los<br />
importados, tratándose de procedimientos de contratación de carácter internacional,<br />
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2000.<br />
• Acuerdo por el que se establecen las reglas para la celebración de licitaciones<br />
públicas internacionales de conformidad con los tratados de libre comercio, publicado<br />
en el Diario Oficial de la Federación el 28 de febrero de 2003.<br />
• Acuerdo por el que se establecen las reglas para la determinación y acreditación del<br />
grado de contenido nacional, tratándose de procedimientos de contratación de<br />
carácter nacional, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de marzo de<br />
2000.<br />
• Acuerdo por el que se establecen las reglas para la aplicación de las reservas<br />
contenidas en los capítulos de compras del sector público de los tratados de libre<br />
comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de<br />
la Federación el 28 de febrero de 2003.<br />
• Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, para el Ejercicio Fiscal que<br />
corresponda.<br />
• Términos Generales del Comercio Internacional (INCOTERMS) 1990.<br />
• Políticas, Bases y Lineamientos Generales de Suministros en Materia de<br />
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para Petróleos Mexicanos, Organismos<br />
Subsidiarios y Empresas Filiales.<br />
• Bases Generales para la constitución, integración, funcionamiento y disolución de<br />
Comités y Comisiones Asesoras en Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.<br />
4
REGLAS DE OPERACIÓN DEL SUBCOMITÉ DE<br />
MEJORA REGULATORIA INTERNA ESPECIALIZADO<br />
(SUBCOMERI) EN ADQUISICIONES,<br />
ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DE PETRÓLEOS<br />
MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS<br />
2. OBJETIVO DEL SUBCOMERI ESPECIALIZADO.<br />
Analizar, revisar y en su caso, integrar, actualizar y depurar los proyectos de normatividad<br />
interna o disposiciones administrativas en materia de adquisiciones, arrendamientos y<br />
servicios, a efecto de que en la industria petrolera estatal se simplifiquen los trámites y<br />
procedimientos internos y se cuente con un marco normativo moderno que atienda a las<br />
necesidades de suministro específicas de la misma.<br />
3. ÁMBITO DE APLICACIÓN.<br />
Las presentes Reglas de Operación son de aplicación general y observancia obligatoria para<br />
los integrantes del Subcomité de Mejora Regulatoria Interna Especializado en Adquisiciones,<br />
Arrendamientos y Servicios de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.<br />
4. FUNCIONES DEL SUBCOMERI ESPECIALIZADO.<br />
I. Elaborar y presentar a consideración del COMERI el plan y programa de trabajo, así<br />
como informar mensualmente los resultados obtenidos.<br />
II. Analizar la normativa vinculada al proceso de adquisiciones, arrendamientos y servicios<br />
con el fin de determinar los trámites, requisitos, procedimientos y criterios que requieren<br />
ser reevaluados, aplicando los criterios de evaluación y simplificación de la normativa<br />
que expida el COMERI.<br />
III. Proponer al COMERI las modificaciones que se requieran a la normativa del proceso,<br />
para asegurar su congruencia, integridad e integración en las operaciones que se<br />
realizan.<br />
IV. Disponer la comunicación necesaria con los comités de adquisiciones, arrendamientos y<br />
servicios de la Industria Petrolera Estatal, Comisión Consultiva Mixta de Abastecimiento,<br />
Proyecto de Rediseño del Proceso de Suministros y grupos de trabajo cuyas funciones<br />
tengan vinculación con las del Subcomeri.<br />
V. Las demás que el COMERI acuerde que se lleven a cabo.<br />
5
REGLAS DE OPERACIÓN DEL SUBCOMITÉ DE<br />
MEJORA REGULATORIA INTERNA ESPECIALIZADO<br />
(SUBCOMERI) EN ADQUISICIONES,<br />
ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DE PETRÓLEOS<br />
MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS<br />
5. INTEGRACIÓN.<br />
El Subcomeri se integrará de la siguiente manera:<br />
• Presidente Designado por el Director Corporativo de Administración.<br />
• Secretario Designado por el Presidente del Subcomeri Especializado.<br />
• Vocales Servidores públicos especialistas, expertos, encargados o<br />
vinculados en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y<br />
Servicios nombrados por:<br />
Dirección Corporativa de Finanzas.<br />
Subdirección de Administración y Finanzas de Pemex<br />
Exploración y Producción.<br />
Subdirección de Finanzas y Administración de Pemex Refinación.<br />
Subdirección de Administración y Finanzas de Pemex Gas y<br />
Petroquímica Básica.<br />
Subdirección de Administración y Finanzas de Pemex<br />
Petroquímica.<br />
5.1. DE LAS FUNCIONES DE LOS INTEGRANTES.<br />
A) DEL PRESIDENTE<br />
El Presidente tendrá las siguientes funciones:<br />
I. Presidir, conducir y coordinar las reuniones de trabajo del Subcomeri.<br />
II. Proponer ante el pleno las propuestas de órdenes del día y la celebración de las<br />
reuniones de trabajo.<br />
III. Actuar como moderador en el desarrollo de las reuniones de trabajo y determinar<br />
como suficientemente discutidos los temas tratados.<br />
IV. Firmar las minutas de las sesiones de trabajo.<br />
V. Presentar ante el COMERI los trabajos desarrollados y los resultados alcanzados.<br />
6
REGLAS DE OPERACIÓN DEL SUBCOMITÉ DE<br />
MEJORA REGULATORIA INTERNA ESPECIALIZADO<br />
(SUBCOMERI) EN ADQUISICIONES,<br />
ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DE PETRÓLEOS<br />
MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS<br />
VI. Representar al Subcomeri ante los comités de adquisiciones, arrendamientos y<br />
servicios de la Industria Petrolera Estatal, Comisión Consultiva Mixta de<br />
Abastecimientos, Proyecto de Rediseño del Proceso de Suministros y grupos de<br />
trabajo vinculados con el proceso, con el fin de que los aspectos normativos sean<br />
considerados en los demás Cuerpos Colegiados.<br />
VII. Nombrar, previa autorización por escrito por parte del Titular de la Dirección<br />
Corporativa de Administración, al Presidente Suplente.<br />
VIII. Nombrar al Secretario del Subcomeri.<br />
B) DEL SECRETARIO<br />
El Secretario tendrá las siguientes funciones:<br />
I. Preparar el orden del día de las reuniones de trabajo y convocar a los vocales del<br />
Subcomeri, con cinco días hábiles de anticipación, remitiendo la convocatoria y orden<br />
del día.<br />
II. Coordinar la obtención de los medios necesarios para el desarrollo de las reuniones de<br />
trabajo que celebre. al Subcomeri<br />
III. Elaborar la minuta de la reunión de trabajo, en la que se deberán señalar con precisión<br />
los acuerdos adoptados, los compromisos contraídos, los responsables de su ejecución<br />
y las fechas compromiso para su cumplimiento.<br />
IV. Verificar el quórum para sesionar de los integrantes en las reuniones de trabajo del<br />
Subcomeri, mediante la firma de los mismos en la lista de asistencia y recabar las firmas<br />
de conformidad de los vocales asistentes una vez aprobada la minuta por el Subcomeri.<br />
V. Enviar a los vocales del Subcomeri copia de la minuta a más tardar cinco días hábiles<br />
después de celebrada la reunión.<br />
VI. Dar seguimiento al cumplimiento de los acuerdos del Subcomeri, llevar su registro, así<br />
como el archivo del mismo.<br />
VII. Someter a la consideración del Subcomeri los asuntos que soliciten los integrantes,<br />
siempre que los remitan por escrito con cinco días hábiles de anticipación a la fecha de<br />
celebración de la reunión de trabajo y se respalden con la documentación necesaria y<br />
suficiente para su inclusión en el orden del día.<br />
VIII. Difundir por medio magnético o electrónico las disposiciones normativas que serán<br />
objeto de estudio por parte del Subcomeri de conformidad con el Programa de Trabajo<br />
aprobado por el COMERI.<br />
IX. Recopilar los comentarios, opiniones y sugerencias de los integrantes del Subcomeri<br />
realizadas a los proyectos de normatividad, para su debida discusión y, en su caso,<br />
incorporación al proyecto normativo.<br />
7
REGLAS DE OPERACIÓN DEL SUBCOMITÉ DE<br />
MEJORA REGULATORIA INTERNA ESPECIALIZADO<br />
(SUBCOMERI) EN ADQUISICIONES,<br />
ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DE PETRÓLEOS<br />
MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS<br />
X. Controlar el inventario de normas del proceso, así como de los trámites, procedimientos,<br />
requisitos y criterios que se deriven del mismo.<br />
XI. Elaborar, difundir y mantener actualizado el directorio de los integrantes del Subcomeri.<br />
XII. Proponer, previa autorización del Presidente del Subcomeri, al Secretario suplente.<br />
XIII. Desarrollar aquellas otras funciones que le sean encomendadas por el Presidente del<br />
Subcomeri.<br />
C) DE LOS VOCALES<br />
Los Vocales, tendrán las siguientes funciones:<br />
I. Representar al Organismo Subsidiario o Dirección Corporativa correspondiente,<br />
manifestando sus puntos de vista respecto a los asuntos planteados y proponer<br />
soluciones.<br />
II. Asistir a las reuniones de trabajo que se celebren.<br />
III. Emitir su opinión para la adopción de acuerdos y resoluciones que se sometan a<br />
consideración del Subcomeri.<br />
IV. Proponer al Secretario, por escrito, con cinco días hábiles de anticipación a la fecha de<br />
celebración de las reuniones de trabajo, los temas o asuntos que estimen deban<br />
incluirse en el orden del día, acompañando, en su caso, la información y documentación<br />
necesaria.<br />
V. Firmar las minutas de las reuniones de trabajo y la lista de asistencia.<br />
VI. Aportar la información necesaria para el logro del objetivo del Subcomeri.<br />
VII. Realizar las actividades necesarias para el cumplimiento y seguimiento de los acuerdos<br />
establecidos.<br />
VIII. Adoptar los lineamientos y criterios generales que el COMERI establezca para efectos<br />
de la desregulación y simplificación normativa.<br />
IX. Cumplir con los trabajos que se les requieran en el Subcomeri.<br />
X. Aquéllas que les sean encomendadas por el Presidente o el pleno del Subcomeri.<br />
6. DE LA OPERACIÓN.<br />
I. El Subcomité desarrollará sus actividades de conformidad con el Programa de Trabajo<br />
que apruebe el COMERI.<br />
II. Para los efectos anteriores se programarán sesiones ordinarias con periodicidad mensual<br />
siempre y cuando existan asuntos que tratar.<br />
8
REGLAS DE OPERACIÓN DEL SUBCOMITÉ DE<br />
MEJORA REGULATORIA INTERNA ESPECIALIZADO<br />
(SUBCOMERI) EN ADQUISICIONES,<br />
ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DE PETRÓLEOS<br />
MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS<br />
III. Cuando se estime necesario se podrán realizar sesiones extraordinarias.<br />
IV. Las sesiones podrán llevarse a cabo cuando exista la mitad más uno de los miembros<br />
propietarios o suplentes del Subcomeri.<br />
V. Para efectos de constituir el quórum de la sesión se podrá considerar la asistencia de los<br />
vocales del Subcomeri, por medios remotos de comunicación, debiendo observarse los<br />
siguientes puntos:<br />
• Las áreas foráneas, del Centro Administrativo de Petróleos Mexicanos, participantes<br />
deberán contar con sala de videoconferencia disponible para la fecha y horario<br />
establecido en la convocatoria.<br />
• Las áreas participantes deberán contar con un equipo de cómputo con sistema de<br />
comunicación electrónica, Net Meeting, que posibilite la presentación en las áreas<br />
remotas de los documentos o ponencias generadas en el lugar de origen.<br />
• La lista de asistencia, minuta y demás documentación que requiera de ser rubricada,<br />
será firmada de manera simultánea por cada uno de los participantes, en el lugar<br />
donde se asista a la sesión que corresponda.<br />
• Una vez concluido el evento, el vocal del área foránea, remitirá los documentos<br />
originales debidamente firmados a la Secretaria del Subcomeri para su control y<br />
custodia.<br />
VI. Las convocatorias deberán contener la siguiente información:<br />
• Fecha, hora y lugar de las sesiones de trabajo.<br />
• Orden del Día.<br />
6.1. DE LA CELEBRACIÓN DE LAS REUNIONES DE TRABAJO.<br />
I. Serán convocadas por el Secretario y conducidas por el Presidente del Subcomeri, con<br />
la asistencia de los vocales propietarios o suplentes.<br />
II. Los temas a tratar serán los contenidos en el orden del día.<br />
III. Los acuerdos se tomarán por mayoría de votos, lo cual se asentará en la minuta<br />
respectiva, indicado en lo particular el sentido del comentario de cada una de las áreas<br />
representadas.<br />
IV. Después de cada sesión del Subcomeri, el Secretario en un plazo que no exceda de<br />
cinco días hábiles, elaborará una minuta en donde quede constancia de los acuerdos y<br />
los compromisos adoptados, la cual deberá ser suscrita por los asistentes.<br />
9
REGLAS DE OPERACIÓN DEL SUBCOMITÉ DE<br />
MEJORA REGULATORIA INTERNA ESPECIALIZADO<br />
(SUBCOMERI) EN ADQUISICIONES,<br />
ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DE PETRÓLEOS<br />
MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS<br />
7. DEL PROCEDIMIENTO DE ANÁLISIS.<br />
Para llevar a cabo el registro de los asuntos normativos que se sometan a la consideración<br />
del Subcomeri se seguirá el siguiente procedimiento:<br />
A) DE FORMA<br />
Con el fin de que la normativa que se expida cuente con los mejores elementos disponibles,<br />
el análisis que lleven a cabo los especialistas del Subcomeri sobre el proceso, se orientará a<br />
verificar que:<br />
I. Las disposiciones y el articulado contenidas sean congruentes y compatibles con los<br />
procesos internos propuestos, así como con las disposiciones generales.<br />
II. La redacción sea clara y sin ambigüedades para facilitar su interpretación.<br />
III. El documento sea acorde con las definiciones y estructura de la normatividad interna<br />
enunciada en los “Lineamientos para la Elaboración de Normatividad Interna de<br />
Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios".<br />
B. DE FONDO<br />
Con el fin de analizar los aspectos de fondo de la normativa propuesta, se orientará a evaluar<br />
que:<br />
I. El impacto de la normativa propuesta sea positivo para la Institución.<br />
II. Los requisitos impuestos para los trámites que se deriven de la normativa promuevan la<br />
transparencia y el combate a la corrupción, así como la equidad de condiciones.<br />
III. Se minimicen, eliminen o regulen con claridad los aspectos discrecionales que conlleven<br />
los mecanismos de toma de decisiones.<br />
IV. Los procesos y procedimientos que se busque implantar se orienten hacia su<br />
automatización con la incorporación de los criterios en los programas que se desarrollen<br />
para tal efecto.<br />
V. Los mecanismos de interpretación de la normativa estén bien delimitados.<br />
VI. Se privilegie la administración por procesos.<br />
10
REGLAS DE OPERACIÓN DEL SUBCOMITÉ DE<br />
MEJORA REGULATORIA INTERNA ESPECIALIZADO<br />
(SUBCOMERI) EN ADQUISICIONES,<br />
ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DE PETRÓLEOS<br />
MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS<br />
VII. Se eficienticen los procesos y se promueva la integración de Pemex y Organismos<br />
Subsidiarios, con el fin de eliminar redundancias y agregar valor en su implantación.<br />
VIII. Se especifiquen correctamente los trámites, requisitos, criterios y fundamento de cada<br />
documento normativo.<br />
8. DE LA DISOLUCIÓN.<br />
Para la disolución del Subcomeri, se deberá contar con la autorización del COMERI y<br />
siempre y cuando, a juicio de éste, se haya cumplido con el objeto de su creación, debiendo<br />
atender, adicionalmente con lo dispuesto en la base décima octava de las Bases Generales<br />
para la Constitución, Integración, Funcionamiento y Disolución de Comités y Comisiones<br />
Asesoras en Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.<br />
TRANSITORIOS<br />
PRIMERO.- Estas reglas de operación entrarán en vigor el día de su aprobación por los<br />
vocales del COMERI, en la sesión que para el efecto se celebre.<br />
SEGUNDO.- Los casos no previstos en estas reglas deben ser discutidos por los miembros<br />
del COMERI.<br />
11