22.01.2015 Views

ACUERDO MUNICIPAL No. 0 2 3 - Villanueva - Casanare

ACUERDO MUNICIPAL No. 0 2 3 - Villanueva - Casanare

ACUERDO MUNICIPAL No. 0 2 3 - Villanueva - Casanare

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

88<br />

m<br />

VILLANUEVA<br />

DEPARTAMENTO DE CASANARE<br />

CONCEJO <strong>MUNICIPAL</strong><br />

Año - 2006<br />

Estatuto de Rentas<br />

“Por el Bienestar de un Pueblo”<br />

Alquiler Estadio de Fútbol<br />

Manga de coleo<br />

Cancha múltiple rurales<br />

Concha acústica<br />

4 por partido o Evento<br />

6 por Evento<br />

1 por partido o Evento<br />

4 Por evento<br />

PARAGRAFO 1.- Para eventos de carácter oficial e institucional sin ánimo de lucro, se exceptuaran del pago de<br />

este tributo. (Alquiler Estadio de Fútbol y demás escenarios).<br />

PARAGRAFO 2.- El control y responsabilidad será ejercida por la Jefatura de la oficina de Deporte, Recreación,<br />

Cultura y Turismo de <strong>Villanueva</strong>.<br />

PARAGRAFO 3.- La responsabilidad en cuanto al recaudo de este tributo recae sobre la Tesorería Municipal, y su<br />

destinación será para el mantenimiento de dichos escenarios.<br />

CAPITULO XIX<br />

CONSERVACION DE BIENES DE BENEFICIO Y USO PUBLICO Y MULTAS VARIAS<br />

ARTÍCULO 419º.- ORNATO PUBLICO.- Es el servicio de limpieza que se presta a los lugares públicos, tales como<br />

parques, zonas verdes y similares.<br />

PARAGRAFO. Se sancionará pecuniariamente a quienes arrojen o boten basuras y escombros en áreas y vías<br />

públicas urbanas y rurales, caños, lo mismo que en los solares y campos descubiertos públicos y privados.<br />

ARTÍCULO 420º.- LOTES PRIVADOS ENMALEZADOS.- Los lotes privados que se encuentran enmalezados y su<br />

condición atenta contra la salubridad y seguridad de los habitantes, la administración municipal ordenara su limpieza<br />

con cargo al respectivo propietario.<br />

ARTÍCULO 421º.- TARIFAS.<br />

1- Para los lotes privados enmalezados el valor de limpieza por metro cuadrado (m2) será 1/20 S.M.L.D.V.<br />

2- Fijar como multa de cinco (5) a doce (12) SMDLV, a quien arroje o bote basuras y escombros en áreas y vías<br />

publicas urbanas y rurales, caños, lo mismo que en los solares y campos descubiertos públicos o privados.<br />

PARAGRAFO 1. – El recaudo del ornato público y lotes privados enmalezados, estarán a cargo de la Tesorería<br />

Municipal.<br />

PARAGRAFO 2. – En caso de que el dueño del predio privado no se acerque a cancelar la limpieza, la misma se<br />

liquidara en recibo del impuesto predial y no se le expedirá Paz y Salvo hasta tanto cumpla con su obligación ante<br />

la Administración Municipal.<br />

ARTÍCULO 422º.- MULTAS .Son las infracciones a disposiciones locales por parte de particulares, los cuales<br />

deben ingresar siempre en dinero en efectivo al Tesoro Municipal, y deben estar determinados previamente en<br />

actos administrativos de origen Municipal, Departamental o Nacional.<br />

ARTÍCULO 423º.- El valor de las multas será el determinado en el acto administrativo donde se causen.<br />

LIBRO II<br />

PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO<br />

=======================================================================<br />

“El Concejo Municipal es la base de la Democracia Nacional”<br />

Calle 8 <strong>No</strong>. 13-45. Tele Fax: <strong>No</strong>. 6 24 19 50

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!