ACUERDO MUNICIPAL No. 0 2 3 - Villanueva - Casanare
ACUERDO MUNICIPAL No. 0 2 3 - Villanueva - Casanare
ACUERDO MUNICIPAL No. 0 2 3 - Villanueva - Casanare
You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
73<br />
m<br />
VILLANUEVA<br />
DEPARTAMENTO DE CASANARE<br />
CONCEJO <strong>MUNICIPAL</strong><br />
Año - 2006<br />
Estatuto de Rentas<br />
“Por el Bienestar de un Pueblo”<br />
PARAGRAFO 4º: La responsabilidad en cuanto a la aplicación, imposición de sanciones y recaudo de este tributo<br />
recae sobre la Secretaría de Planeación - Secretaría de Obras, Unidad de Justicia y Tesorería Municipal respectivamente.<br />
CAPITULO IV<br />
INSCRIPCIONES<br />
ARTÍCULO 322º.- TARIFAS DE INSCRIPCIÓN : Todas las personas que desarrollen cualquiera de las siguientes<br />
profesiones o actividades ya sea de forma permanente u ocasional deberán inscribirse ante la Secretaría de<br />
Planeación o en la Tesorería Municipal, para poder ejercer como en el caso de los topógrafos y técnicos<br />
constructores que se efectúa ante Planeación o prestar sus servicios al Municipio como contratista o proveedor ante<br />
la Tesorería Municipal, que tendrá dos denominaciones así: Cuando se efectúe el registro por primera vez se<br />
denominará inscripción y tendrá una validez de un año, en los años subsiguientes se deberá efectuar y pagar la<br />
respectiva renovación, los conceptos establecidos se relacionan a continuación expresados en salarios mínimos<br />
legales mensuales vigentes así :<br />
INSCRIPCIÓN<br />
SMDLV<br />
RENOVACIÓN<br />
SMDLV<br />
Topógrafos y técnicos constructores 2 1<br />
Profesionales en todas las áreas 3 2<br />
Proveedores y Ordenes de Servicio Mínima y Menor cuantía 5 3<br />
Contratistas Mayor cuantía 10 5<br />
PARÁGRAFO 1º. Se incluyen en esta categoría los arquitectos, ingenieros civiles, hidráulicas, sanitarios,<br />
electrónicos, topográficos y técnicos constructores.<br />
PARÁGRAFO 2º. La inscripción será única por lo que tendrá una vigencia ilimitada es decir no tendrá caducidad y<br />
la renovación será anual.<br />
PARÁGRAFO 3º. Efectúese la expedición de un Carné a los profesionales y técnicos constructores inscritos, el cual<br />
deberá ser renovado anualmente con el fin de ejercer control y vigilancia<br />
PARÁGRAFO TRANSITORIO Los profesionales y Técnicos quienes a la fecha de sanción del presente acuerdo<br />
se encuentren inscritos se les exime de dicho cobro por concepto de inscripción.<br />
PARÁGRAFO 4º. La inscripción ante la Secretaria de Planeación Municipal, será requisito indispensable para la<br />
aprobación de la Licencia de construcción y ejecución de contratos de obra civil, arquitectónica y consultoría que se<br />
desarrolle en el Municipio y ante la Tesorería, una vez se suscriba el contrato u orden, puesto que no es viable<br />
tomarlo como requisito para postularse por primera vez como proveedor o prestador de servicios.<br />
PARÁGRAFO 5º: Facúltese a la Secretaría de Planeación para que reglamente sobre la inscripción, renovación de<br />
Carné y sanciones, en lo referido en el presente artículo.<br />
ARTÍCULO 323º.- COPIAS HELIOGRAFICAS. La expedición de copias heliográficas a cualquier escala de<br />
planos oficiales del Municipio de <strong>Villanueva</strong>, tendrán el siguiente valor:<br />
TAMAÑO<br />
SMDLV<br />
=======================================================================<br />
“El Concejo Municipal es la base de la Democracia Nacional”<br />
Calle 8 <strong>No</strong>. 13-45. Tele Fax: <strong>No</strong>. 6 24 19 50