ACUERDO MUNICIPAL No. 0 2 3 - Villanueva - Casanare
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m<br />
VILLANUEVA<br />
DEPARTAMENTO DE CASANARE<br />
CONCEJO <strong>MUNICIPAL</strong><br />
Año - 2006<br />
Estatuto de Rentas<br />
“Por el Bienestar de un Pueblo”<br />
ARTÍCULO 194º.- REQUISITOS ESENCIALES<br />
• Fotocopia del documento de propiedad del bien inmueble y certificado de libertad y tradición<br />
• Paz y salvo Municipal ,<br />
• Fotocopia de identificación.<br />
• Si el solicitante de la licencia fuera una persona jurídica, deberá acreditarse la existencia y representación de la<br />
misma mediante el documento legal idóneo.<br />
• Recibo de pago expedido por la Administración Municipal sobre la tarifa anteriormente relacionada.<br />
ARTÍCULO 195º.- VIGENCIA Y REQUISITOS.- La vigencia de la delineación urbana será determinada por la<br />
entidad competente del Municipio conforme a las normas urbanas vigentes.<br />
Los requisitos para la solicitud son los establecidos en el Estatuto de Urbanismo y/o las establecidas por el Esquema<br />
de Ordenamiento Territorial.<br />
CAPITULO X<br />
ESTAMPILLA PRO-CULTURA<br />
ARTÍCULO 196º.- AUTORIZACION LEGAL. La Estampilla Pro cultura del Municipio de <strong>Villanueva</strong>, esta<br />
autorizada por la ley 666 de 2001, y su emisión fue ordenada por el acuerdo 010 de mayo 27 de 2003, la emisión de<br />
la estampilla cuya creación se autoriza por el presente Acuerdo es indefinida en el tiempo.<br />
PARAGRAFO: La responsabilidad en cuanto a la aplicación y recaudo de este tributo recae la Tesorería Municipal.<br />
ARTÍCULO 197º.- HECHO GENERADOR. Todas las personas naturales o jurídicas que suscriban contratos la<br />
administración Municipal, incluidas sus entidades adscritas o vinculadas.<br />
ARTÍCULO 198º.- CAUSACION. Se causa en los siguientes momentos: según sea el hecho generador de que se<br />
trate:<br />
Contratos: En la fecha de suscripción del contrato o de su modificación,<br />
administrativos en el momento que adquiera compromisos con estos recursos.<br />
convenios y/o contratos ínter<br />
ARTÍCULO 199º.- BASE GRAVABLE. La base gravable, está constituida por el valor del Contrato y Convenio<br />
suscrito.<br />
ARTÍCULO 200º.- TARIFA. Los sujetos pasivos de la estampilla deberán pagar a favor del Municipio<br />
equivalente:<br />
el<br />
Al uno por ciento (1%), del valor bruto de la correspondiente, orden de servicio, de compra o contrato o<br />
modificación.<br />
ARTÍCULO 201º.- SUJETO ACTIVO. Es sujeto activo el municipio de <strong>Villanueva</strong>, como acreedor de los recursos<br />
que se generen por la estampilla.<br />
ARTÍCULO 202º.- SUJETO PASIVO. Persona natural o jurídica, la sociedad de hecho, sucesiones iliquidas o<br />
entidades con quien se suscriba el contrato.<br />
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“El Concejo Municipal es la base de la Democracia Nacional”<br />
Calle 8 <strong>No</strong>. 13-45. Tele Fax: <strong>No</strong>. 6 24 19 50