22.01.2015 Views

ACUERDO MUNICIPAL No. 0 2 3 - Villanueva - Casanare

ACUERDO MUNICIPAL No. 0 2 3 - Villanueva - Casanare

ACUERDO MUNICIPAL No. 0 2 3 - Villanueva - Casanare

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

40<br />

m<br />

VILLANUEVA<br />

DEPARTAMENTO DE CASANARE<br />

CONCEJO <strong>MUNICIPAL</strong><br />

Año - 2006<br />

Estatuto de Rentas<br />

“Por el Bienestar de un Pueblo”<br />

ARTÍCULO 179º.- LIQUIDACIÓN Y PAGO: El sujeto pasivo cancelará el impuesto en la Administración<br />

Municipal, previo al sacrificio del ganado.<br />

ARTÍCULO 180º.- REQUISITOS PARA EL SACRIFICIO. El propietario del semoviente, previamente al sacrificio<br />

deberá acreditar los siguientes requisitos ante el matadero o frigorífico:<br />

1. Visto bueno de salud pública.<br />

2. Guía de degüello (Este pago no exime el pago del servicio de matadero).<br />

3. Recibo Oficial de pago del Impuesto expedido por la Administración Municipal.<br />

4. Reconocimiento del ganado de acuerdo con las marcas o hierros registrados en la Oficina de Ganadería.<br />

PARAGRAFO. – Para los trámites del sacrificio de ganado mayor y menor en los centros poblados de la Jurisdicción<br />

del Municipio de <strong>Villanueva</strong> se regirán por lo establecido en el presente capítulo y su control y vigilancia la efectuarán<br />

los respectivos Inspectores Rurales de Policía o quien haga sus veces.<br />

ARTÍCULO 181º.- REQUISITOS PARA LA EXPEDICION DE LA GUIA DE DEGUELLO.- La guía de degüello<br />

cumplirá los siguientes requisitos:<br />

1. - Presentación del certificado de sanidad que permita el consumo humano.<br />

2. - Constancia de pago del impuesto correspondiente.<br />

3. – Certificación de Vacunación<br />

ARTÍCULO 182º.- SUSTITUCIÓN DE LA GUÍA. Cuando no se utilice la guía por motivos justificados, se podrá<br />

permitir que se ampare con ella el consumo equivalente, siempre que la sustitución se verifique en un término que no<br />

exceda de tres (3) días, expirado el cual, caduca la guía.<br />

ARTÍCULO 183º.- RELACION.- Los mataderos, frigoríficos, establecimientos y similares, presentarán mensualmente<br />

a la Tesorería Municipal una relación sobre el número de animales sacrificados, clase de ganado (mayor o menor), fecha<br />

y número de guías de degüello y valor del impuesto.<br />

ARTÍCULO 184º.- RESPONSABLE. El responsable de liquidar el impuesto será la persona Natural o Jurídica que<br />

realice directa o indirectamente el sacrificio del ganado. Para el efecto el responsable llevará un registro diario<br />

discriminando el tipo de ganado sacrificado y el propietario del mismo.<br />

ARTÍCULO 185º.- PERSONAS OBLIGADAS AL RECAUDO. La liquidación de la contribución a que se refiere<br />

la Ley 272 de 1996, la hará la persona responsable de la Administración, operación, mantenimiento y explotación<br />

económica de la planta de sacrificio de ganado y su pago lo hará en la Tesorería Municipal .<br />

ARTÍCULO 186º.- AUTORIZACIÓN. La renta del Impuesto de Degüello de Ganado Mayor es de propiedad del<br />

Municipio de <strong>Villanueva</strong> por sesión que de este hiciere la Asamblea Departamental, mediante el Decreto con Fuerza<br />

de Ordenanza <strong>No</strong>. 017 de Agosto 23 de 2004.<br />

PARÁGRAFO 1°. Los elementos reguladores de este Impuesto son los señalados por el Estatuto de Rentas<br />

Departamental.<br />

PARÁGRAFO 2°. El Municipio debe destinar la totalidad del impuesto al degüello de ganado mayor para el<br />

fomento de la productividad de las actividades ganaderas del Municipio.<br />

CAPITULO IX<br />

=======================================================================<br />

“El Concejo Municipal es la base de la Democracia Nacional”<br />

Calle 8 <strong>No</strong>. 13-45. Tele Fax: <strong>No</strong>. 6 24 19 50

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!