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ACUERDO MUNICIPAL No. 0 2 3 - Villanueva - Casanare

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144<br />

m<br />

VILLANUEVA<br />

DEPARTAMENTO DE CASANARE<br />

CONCEJO <strong>MUNICIPAL</strong><br />

Año - 2006<br />

Estatuto de Rentas<br />

“Por el Bienestar de un Pueblo”<br />

Copia de la resolución definitiva se enviará al pagador respectivo, con el fin de que este descuente del salario<br />

inmediatamente siguiente y de los subsiguientes los intereses, hasta concurrencia de la suma debida, incorporando<br />

en cada descuento el máximo que permitan las leyes laborales.<br />

El funcionario que no imponga la sanción estando obligado a ello, el que no lo comunique y el pagador que no la<br />

hiciere efectiva incurrirá en causal de mala conducta sancionable hasta con su destitución.<br />

TITULO III<br />

COBRO ADMINISTRATIVO COACTIVO<br />

ARTÍCULO 726º.- ETAPAS PREVIAS DEL COBRO COACTIVO. La gestión de cobro persuasivo, como una<br />

política de la Administración Tributaria Municipal, procura el acercamiento efectivo con el deudor de los impuestos del<br />

municipio, tratando de evitar el proceso de Cobro Administrativo Coactivo.<br />

ARTÍCULO 727º.- COBRO PERSUASIVO. Iniciado el proceso, el funcionario competente deberá estudiar los<br />

documentos con el fin de obtener claridad y precisión sobre la obligación a cobrar, luego de lo cual procederá a contactar<br />

el contribuyente y tratará de lograr el pago persuasivo de la deuda.<br />

ARTÍCULO 728º.- PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COACTIVO. Para el cobro coactivo de las deudas<br />

fiscales por concepto de impuestos, tasas, contribuciones, anticipos, retenciones, intereses, sanciones y demás<br />

documentos que presten mérito ejecutivo de competencia del Municipio de <strong>Villanueva</strong>, deberá seguirse el<br />

procedimiento administrativo coactivo que se establece en los artículos siguientes.<br />

ARTÍCULO 729º.- COMPETENCIA FUNCIONAL. Será competente para exigir el cobro coactivo de las deudas<br />

por los conceptos referidos en el artículo anterior, el Alcalde de <strong>Villanueva</strong> a través del Tesorero Municipal o a<br />

quien se delegue estas funciones con arreglo a la Ley.<br />

ARTÍCULO 730º.- COMPETENCIA TERRITORIAL. Será competente para adelantar el procedimiento coactivo<br />

de las deudas por los conceptos señalados en este Titulo dentro de la Jurisdicción del Municipio de <strong>Villanueva</strong>, el<br />

Alcalde de <strong>Villanueva</strong> a través del Tesorero Municipal, cuando se estén adelantando varios procesos coactivos<br />

contra un mismo deudor estos podrán acumularse.<br />

ARTÍCULO 731º.- COMPETENCIA PARA INVESTIGACIONES TRIBUTARIAS. los funcionarios que actúen<br />

Dentro del procedimiento administrativo de cobro de impuestos y de otros ingresos Municipales, para efectos de la<br />

investigación de bienes, tendrán las mismas facultades de investigación que los funcionarios de fiscalización o<br />

investigación tributaria de los Impuestos Municipales.<br />

ARTÍCULO 732º.- TÍTULOS EJECUTIVOS. Prestan mérito ejecutivo los títulos ejecutivos que contengan una<br />

obligación expresa, clara y actualmente exigible, tal como los siguientes documentos:<br />

1.- Las liquidaciones privadas y sus correcciones, contenidas en las declaraciones tributarias presentadas, desde el<br />

vencimiento de la fecha para su cancelación.<br />

2.- Las liquidaciones oficiales, debidamente ejecutoriadas.<br />

3.- Los demás actos de la Administración Municipal debidamente ejecutoriados, en los cuales se fijen sumas<br />

líquidas de dinero a favor del Municipio de <strong>Villanueva</strong>.<br />

4.- Las garantías y cauciones prestadas a favor del Municipio de <strong>Villanueva</strong> para afianzar el pago de las<br />

obligaciones tributarias, a partir de la ejecutoria del acto de la Administración que declare el incumplimiento o<br />

exigibilidad de las obligaciones garantizadas.<br />

=======================================================================<br />

“El Concejo Municipal es la base de la Democracia Nacional”<br />

Calle 8 <strong>No</strong>. 13-45. Tele Fax: <strong>No</strong>. 6 24 19 50

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