ACUERDO MUNICIPAL No. 0 2 3 - Villanueva - Casanare
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m<br />
VILLANUEVA<br />
DEPARTAMENTO DE CASANARE<br />
CONCEJO <strong>MUNICIPAL</strong><br />
Año - 2006<br />
Estatuto de Rentas<br />
“Por el Bienestar de un Pueblo”<br />
3. Recibir las estimaciones de avalúos fuera del término legal sin los requisitos exigidos por las disposiciones<br />
legales correspondientes.<br />
4. Otorgar exenciones, exoneraciones, condonar deudas y/o conceder descuentos por fuera de los porcentajes y<br />
términos que establezcan las disposiciones legales /Acuerdos) que rijan la materia.<br />
5. Establecer tributos diferentes al I.P.U. cuya base sea el avalúo catastral y cuyo cobro se efectúe sobre el<br />
universo de predios del Municipio (Artículo 2, Ley 44 de 1990).<br />
ARTICULO 46C.- DEL CONCEJO <strong>MUNICIPAL</strong>. Al Concejo Municipal le esta prohibido acordar condonaciones<br />
de deudas de contribuyentes morosos del I.P.U. a favor del municipio.<br />
PARAGRAFO: A iniciativa del Ejecutivo se podrá acordar la rebaja de los intereses moratorios del Impuesto<br />
Predial Unificado I.P.U., de acuerdo a la situación socio económica, según las normas vigentes.<br />
CAPITULO II<br />
IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO<br />
ARTÍCULO 47º.- FUNDAMENTO LEGAL. El Impuesto de Industria y Comercio comprende los impuestos de<br />
Industria, y Comercio y su Complementario Avisos y tableros, autorizados por la leyes 97 de 1913, 56 de 1981, 14<br />
de 1983, 43 de 1987, 49 de 1990, 141 y 142 de 1994, 383 de 1997, 788 de 2002 y Decretos 3070 de 1983 y 1333 de<br />
1986, 2024 de 1982, 1056 de 1953. y demás normas que lo modifiquen o complementen.<br />
PARAGRAFO 1. - La Responsabilidad de la correcta aplicación y recaudo de este tributo recae sobre la Tesorería<br />
Municipal<br />
ARTÍCULO 48º.- NATURALEZA. El impuesto de Industria y Comercio es un gravamen de carácter general<br />
municipal y obligatorio.<br />
ARTÍCULO 49º.- HECHO GENERADOR. El hecho generador del impuesto de industria y comercio está<br />
constituido sobre todas las actividades industriales, comerciales o de servicios que se ejerzan o realicen en la<br />
jurisdicción del Municipio de <strong>Villanueva</strong>, directa o indirectamente por personas naturales, jurídicas o por sociedades<br />
de hecho ya sea que se cumplan de forma permanente u ocasional, con establecimientos de comercio o sin ellos.<br />
ARTÍCULO 50º.- ACTIVIDADES INDUSTRIALES.- Se consideran actividades industriales las dedicadas a la<br />
producción, extracción, fabricación, confección, preparación, reparación, manufactura, ensamblaje, de cualquier clase de<br />
materiales o bienes y en general todo proceso de transformación por elemental que éste sea.<br />
ARTÍCULO 51º.- ACTIVIDADES COMERCIALES. Se entiende por actividades comerciales las destinadas al<br />
expendio, compraventa o distribución de bienes o mercancías, tanto al por mayor como al detal y las demás<br />
definidas como tales por el código de comercio, siempre y cuando no estén consideradas por el mismo código como<br />
actividades industriales o de servicio.<br />
ARTÍCULO 52º.- ACTIVIDADES DE SERVICIOS. Es actividad de servicio, toda tarea, labor o trabajo<br />
ejecutado por persona natural o jurídica o por sociedad de hecho, sin que medie relación laboral con quien lo<br />
contrata, que genere una contraprestación en dinero o en especie y que se concrete en la obligación de hacer, sin<br />
importar que en ella predomine el factor material o intelectual. o las dedicadas a satisfacer necesidades de la<br />
comunidad mediante la realización de una, varias o análogas actividades.<br />
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“El Concejo Municipal es la base de la Democracia Nacional”<br />
Calle 8 <strong>No</strong>. 13-45. Tele Fax: <strong>No</strong>. 6 24 19 50