ACUERDO MUNICIPAL No. 0 2 3 - Villanueva - Casanare
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m<br />
VILLANUEVA<br />
DEPARTAMENTO DE CASANARE<br />
CONCEJO <strong>MUNICIPAL</strong><br />
Año - 2006<br />
Estatuto de Rentas<br />
“Por el Bienestar de un Pueblo”<br />
PARAGRAFO 2. - La falta de transferencia oportuna del porcentaje por parte del Municipio a la Corporación<br />
Autónoma Regional o de desarrollo sostenible, causará un interés moratorio del código civil.<br />
OBLIGACIONES DEL CONTRIBUYENTE<br />
ARTÍCULO 43º.- VERIFICACION DE LA INSCRIPCION CATASTRAL.- El propietario o poseedor de un<br />
bien inmueble está obligado a verificar de que todos los predios de su propiedad o posesión hayan sido incorporados<br />
en el catastro.<br />
ARTÍCULO 44º.- PAGO OPORTUNO DEL I.P.U..- El propietario o poseedor de un bien inmueble está en la<br />
obligación de cancelar el valor anual del impuesto en los términos establecidos en el presente Estatuto.<br />
PARAGRAFO. – Si el contribuyente no cumpliere con lo estipulado en este artículo, quedará obligado a cancelar el<br />
Impuesto Predial Unificado I.P.U. y los valores correspondientes a los intereses y sanciones moratorios.<br />
ARTÍCULO 45º.- RECTIFICACIONES.- El propietario o poseedor de un predio podrá solicitar la corrección o<br />
rectificación del Registro Catastral del predio, por errores o inconsistencias en los documentos emitidos por el<br />
Catastro y la Administración.<br />
ARTÍCULO 46º.- SANCION POR MORA. En caso de mora en pago del impuesto predial unificado, se aplicaran<br />
los intereses moratorios fijados por la Superintendencia Financiera, para el pago de los impuestos nacionales.<br />
ARTICULO 46A.- OBLIGACIONES DE LA ADMINISTRACION <strong>MUNICIPAL</strong><br />
LA TESORERIA <strong>MUNICIPAL</strong> DEBE.<br />
1. Mantener actualizado el sistema de información de inscripciones del predial e informar a los propietarios de<br />
predios sobre los cambios ocurridos, con base en las notificaciones personales o las fijadas por edicto en la<br />
oficina del IGAC seccional <strong>Casanare</strong>.<br />
2. Recibir y enviar a las autoridades catastrales correspondientes, las solicitudes de revisión de los avalúos que<br />
presenten los propietarios o poseedores dentro de los tres (3) días hábiles siguientes de su recibido.<br />
3. Expedir el PAZ Y SALVO Municipal a los contribuyentes que cumplan con las obligaciones tributarias.<br />
4. Inscribir oportunamente en el índice de propietarios o poseedores las mutaciones que ordenen por<br />
Resolución la oficina del IGAC seccional <strong>Casanare</strong>.<br />
5. Mantener actualizada la base de datos del sistema de información del predial y velar por su conservación.<br />
6. Enviar comunicaciones a los contribuyentes morosos del I.P.U. para que cumplan con sus obligaciones<br />
tributarias ante la Administración Municipal.<br />
7. Expedir y enviar la facturación correspondiente del Impuesto Predial Unificado I.P.U.<br />
ARTICULO 46B.- PROHIBICIONES<br />
DE LA ADMINISTRACION <strong>MUNICIPAL</strong><br />
1. Hacer las modificaciones en el índice de propietarios o poseedores sin la correspondiente resolución de la<br />
oficina del IGAC seccional <strong>Casanare</strong>.<br />
2. Certificar que un determinado predio o mejora no figura en el Catastro.<br />
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“El Concejo Municipal es la base de la Democracia Nacional”<br />
Calle 8 <strong>No</strong>. 13-45. Tele Fax: <strong>No</strong>. 6 24 19 50