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Aspectos médico-legales en Urgencias<br />

Tabla 5.5. Situaciones en las que la intoxicación con dichas sustancias puede tener repercusión legal (continuación)<br />

evitar el metabolismo del alcohol. Conservar la muestra entre 1-3ºC si no se va a realizar el<br />

análisis de forma inmediata. Si no se dispone de laboratorio adecuado, se enviarán las<br />

muestras a un centro donde se realice dicha determinación, no debiéndose en ningún caso<br />

entregar las muestras ni a la policía ni a la Guardia Civil para el envío a dicho centro que<br />

analiza una muestra del primer tubo, y usará el otro como contraanálisis. Junto a ellos deberá<br />

existir un informe firmado por el facultativo donde quede constancia de la metodología de la<br />

obtención y preparado de las muestras, hora, fecha y lugar donde se realizó y la persona o<br />

autoridad a la que se entregan las muestras.<br />

2. Implicación de un trabajador en un accidente laboral mientras se encontraba bajo los<br />

efectos del alcohol u otras sustancias tóxicas.<br />

3. Actividades delictivas de cualquier tipo (amenazas, lesiones, robos, violaciones,<br />

homicidios, etc).<br />

4. Implicación en cualquier conducta lesiva en el ámbito doméstico:<br />

En cualquiera de estos tres últimos casos, para realizar la extracción de muestras y posterior<br />

analítica, el facultativo deberá solicitar el consentimiento previo y por escrito del paciente,<br />

informándole del propósito del reconocimiento y de que los resultados serán comunicados a la<br />

Policía o a la Autoridad Judicial.<br />

En los casos de que el paciente pueda tener alguna patología, además de la intoxicación, o se<br />

encuentre inconsciente y no sea posible recabar su consentimiento, estando en juego la vida<br />

del paciente, el facultativo deberá realizar el examen oportuno y recoger las muestras que<br />

considere necesarias para la determinación de la patología y la instauración del tratamiento<br />

que el paciente precise para su curación. Pero en este caso los resultados de dichas<br />

determinaciones analíticas únicamente deberán ser enviados a las autoridades competentes si<br />

el paciente previamente presta su consentimiento o es solicitado por el Juez.<br />

En todo caso, toda la actuación del facultativo, ya sea relativa a los antecedentes, estado del<br />

paciente, síntomas, conducta y estado general (físico y psíquico) resultantes de la exploración,<br />

recogida de muestras, diagnóstico, resultado del reconocimiento respecto a la influencia del<br />

alcohol u otras sustancias tóxicas que le impidan o no continuar con la actividad que venía<br />

realizando (conducir, trabajar, etc) y tratamiento, como a la relativa a las extracciones y<br />

determinaciones de alcohol y otros tóxicos, deberán reflejarse minuciosamente en la historia<br />

clínica, siendo un dato de extrema importancia la hora en la que el facultativo es avisado para<br />

prestar la asistencia y la hora en la que comienza la misma.<br />

Historia clínica: cada indicación de CF deberá estar reflejada de forma razonada por el médico<br />

en la historia clínica, y se cumplimentará además el Formulario de Indicación y Confirmación<br />

de la Contención Mecánica de Movimientos.<br />

Información: se informará a los familiares sobre la situación clínica del paciente y la necesidad<br />

de la CF. Si la CF es voluntaria, o es solicitada voluntariamente por el paciente competente que se<br />

encuentra ingresado con carácter voluntario, éste tendrá que firmar el Formulario de Solicitud Voluntaria<br />

o de Consentimiento de Restricción del paciente, que se incorporará a su historia clínica.<br />

Si el régimen de internamiento del paciente al que se le aplica la CF contra su voluntad fuera voluntario,<br />

pasará automáticamente a ser involuntario, debiéndolo comunicar al juez. En este caso<br />

se utilizará el formulario de solicitud de transformación de ingreso voluntario en involuntario.<br />

SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL PARA EL SESCAM<br />

Y SU PERSONAL DEPENDIENTE<br />

Vigencia: con fecha 1 de enero de 2014 entró en vigor la nueva póliza de seguro que cubre<br />

la Responsabilidad Civil y Patrimonial del SESCAM y SU PERSONAL DEPENDIENTE, que ha<br />

sido contratada con la compañía “MAPFRE.<br />

Capítulo 5 l 49

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