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Aspectos médico-legales en Urgencias<br />

b)De forma no urgente: estamos ante los casos en los que, a pesar de que no hay riesgo<br />

para la vida o integridad física del paciente o de terceros, existe una patología psiquiátrica,<br />

y el paciente precisa asistencia en un centro sanitario, pero no permite su exploración ni<br />

toma tratamiento alguno, no consintiendo su internamiento en ningún centro de salud<br />

mental.<br />

La solicitud se realizará al juez de guardia, indicando que, a criterio médico, el ingreso es<br />

necesario y que el paciente ha manifestado su negativa al mismo.<br />

Junto con la solicitud se enviará al Juez un informe clínico en el que consten tanto los datos<br />

del paciente como los del facultativo que lo realiza, los antecedentes personales (si constan),<br />

el estado psíquico o patología del paciente, así como las consideraciones que el facultativo<br />

estime oportunas.<br />

El juez autorizará o denegará el ingreso, tras el dictamen del médico forense.<br />

INTOXICACIÓN Y CONSUMO DE ALCOHOL Y OTRAS SUSTANCIAS<br />

TÓXICAS<br />

El consumo excesivo de alcohol y otras sustancias tóxicas (opiáceos, cocaína, anfetaminas, LSD,<br />

éxtasis, etc) es responsable de gran número consultas en los Servicios de Urgencias tanto de<br />

Atención Primaria como de Atención Especializada. Así, ante un paciente con posible intoxicación<br />

etílica, habrá que determinar en primer lugar si se encuentra en alguna de las situaciones<br />

en las que dicha intoxicación puede tener repercusiones legales (Tablas 5.5, 5.6 y Figura 5.2).<br />

INMOVILIZACIÓN TERAPÉUTICA DE PACIENTES<br />

Definición: la inmovilización terapéutica (IT) o contención física (CF) consiste en la inmovilización<br />

de un paciente en la cama con correas y cinturones de sujeción.<br />

Finalidad: es el último recurso terapéutico que se utiliza en situaciones extremas, para garantizar<br />

la seguridad del paciente y de su entorno, cuando han fracasado otros medios de<br />

contención (verbal, distracción, medidas ambientales y/o de conducta y el abordaje farmacológico).<br />

Quién lo realiza: la indicación de sujeción lo hará el médico responsable del caso o el que<br />

esté de guardia. En su ausencia, el ATS/DUE está autorizado para iniciarlo, pero debe comunicarlo<br />

al médico inmediatamente.<br />

Indicación: está indicado para prevenir lesiones al propio paciente, a otras personas, incluido<br />

el personal sanitario, para evitar disrupciones graves del programa terapéutico (arranques de<br />

sondas, vías...), para evitar daños físicos en el Servicio, si lo solicita voluntariamente el paciente<br />

y existe justificación clínica y/o terapéutica según criterio médico.<br />

El Consejo de Europa recomienda la protección de los derechos humanos y la dignidad de las<br />

personas con trastornos mentales (recomendación del Comité de Ministros de 22 de septiembre<br />

de 2004) aplicando principios de restricción mínima y de proporcionalidad para el<br />

uso de medios coercitivos, así como la exigencia de su control médico, el registro por escrito<br />

y un seguimiento continuado en el empleo de todas las medidas.<br />

En el medio sanitario la IT es una práctica utilizada en distintos servicios hospitalarios (Urgencias,<br />

Medicina Interna, Psiquiatría, Unidad de Cuidados Intensivos, Geriatría,…), dadas las dificultades<br />

para prestar la atención y el tratamiento de algunos pacientes.<br />

Capítulo 5 l 47

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