22.01.2015 Views

1opj6id

1opj6id

1opj6id

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

Aspectos médico-legales en Urgencias<br />

ASPECTOS<br />

MÉDICO-LEGALES<br />

EN URGENCIAS<br />

Capítulo 5<br />

Elena Carrascoso Sánchez, Jonathan Valdez González, Eder Valente Rodríguez,<br />

Raquel Parejo Miguez, Agustín Julián Jiménez<br />

INTRODUCCIÓN<br />

En este capítulo se darán unas normas básicas de actuación en determinadas situaciones cotidianas<br />

de Urgencias que pudieran plantearnos dudas o problemas legales. Para todo ello,<br />

hemos contado con el asesoramiento y la actualización de todos los contenidos del capítulo<br />

por parte de Elena Carrascoso Sánchez, asesor jurídico del Gabinete Jurídico del Complejo<br />

Hospitalario de Toledo.<br />

LEGISLACIÓN APLICABLE<br />

En la actualidad las relaciones clínico-asistenciales tienen como eje básico los derechos de los<br />

pacientes, entre los que resaltan el derecho a la información, el consentimiento informado,<br />

el derecho a la intimidad y confidencialidad de la información relativa a la salud de las personas,<br />

el deber de protección y el deber de secreto respecto a dichos datos. La regulación básica<br />

de estos derechos se contiene en la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de<br />

la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación<br />

clínica, norma que puede ser desarrollada por los distintos órganos legislativos de<br />

las comunidades autónomas. En Castilla-La Mancha estos derechos se regulan por la Ley<br />

5/2010, de 24 de junio, sobre derechos y deberes en materia de salud y por el Decreto<br />

24/2011, de 12/04/2011, de la documentación sanitaria en Castilla-La Mancha.<br />

También haremos referencia a la Ley Orgánica de Protección de Datos, Código Penal, Ley de<br />

Enjuiciamiento Criminal, entre otras normas.<br />

DERECHO A LA INFORMACIÓN<br />

Debemos ser conscientes de la importancia del reconocimiento del derecho a la información<br />

del paciente. Los pacientes tienen derecho a conocer toda la información disponible sobre su<br />

estado de salud, salvando los supuestos exceptuados por la Ley.<br />

Por tanto, el titular del derecho a la información es el paciente, aunque también podrán ser<br />

informadas las personas a él vinculadas por razones familiares o de hecho, en la medida en<br />

que el paciente lo permita de manera expresa o tácita. La Ley 41/2002 añade que incluso<br />

será informado el paciente en casos de incapacidad y de menores hasta 16 años que no tengan<br />

la capacidad intelectual o emocional suficiente para comprender el alcance de la intervención.<br />

No obstante, dicha información se dará siempre de modo adecuado a sus<br />

Capítulo 5 l 27

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!