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MANUAL DE PROTOCOLOS Y ACTUACIÓN EN URGENCIAS<br />

las actividades que lleven a cabo los residentes en áreas asistenciales significativas, con referencia<br />

especial al área de urgencias o cualquier otra que se consideren de interés. Dichos protocolos se<br />

elevarán a los órganos de dirección del correspondiente centro y serán revisados periódicamente.<br />

PAPEL DE LOS MÉDICOS DE URGENCIAS<br />

Médico adjunto<br />

Tiene un papel de consultor, asesor, regulador de la atención a los enfermos que llegan al SU<br />

y establece la prioridad de los pacientes críticos. Atiende directamente las emergencias. Intenta<br />

solucionar los problemas médicos que se planteen; decide y autoriza el paso a observación<br />

de un paciente, el ingreso, el traslado a otro hospital o el alta.<br />

También se encarga de supervisar a los MIR, debiendo estar al corriente de las decisiones de<br />

importancia que éstos tomen. La dedicación docente y, por tanto, el deber de supervisión,<br />

resultan inherentes al trabajo en instituciones docentes. En lo que se refiere a los residentes<br />

de primer año, los médicos adjuntos visarán por escrito las altas, ingresos y demás documentos<br />

relativos a las actividades asistenciales en las que éstos intervengan, supervisando de presencia<br />

física su actividad, salvo en la realización de tareas administrativas. En el caso de<br />

residentes mayores, el adjunto decidirá el grado de supervisión o delegación de cada uno,<br />

según año de residencia, indicaciones del tutor, experiencia previa, etc.<br />

Para ser eficaz y ofrecer la suficiente seguridad, tanto a los pacientes como a los residentes,<br />

la supervisión –especialmente, pero no sólo, la de los R1– debe ser activa, es decir, debe estar<br />

incluida en los procedimientos de trabajo y no ser exclusivamente dependiente de que el propio<br />

residente la demande.<br />

La mayoría de los protocolos de supervisión de residentes consideran unos niveles de responsabilidad,<br />

como los que se explican a continuación:<br />

• Nivel 1 (responsabilidad máxima con supervisión a demanda): actuaciones o actividades<br />

realizadas directamente por el residente sin tutorización directa o permanente por el facultativo<br />

de urgencias (aunque puede solicitar supervisión cuando lo estime oportuno o<br />

exista alguna duda o situación especial). Propia de residentes de 4º o 5º año.<br />

• Nivel 2 (responsabilidad media con supervisión directa): actividades realizadas por el residente<br />

bajo supervisión del facultativo de urgencias. El residente tiene suficiente conocimiento<br />

pero no alcanza la suficiente experiencia para realizar una determinada actividad<br />

asistencial de forma independiente.<br />

• Nivel 3 (responsabilidad mínima): actividades realizadas por el facultativo de urgencias y<br />

otro personal sanitario que son asistidas/observadas en su ejecución por el residente (generalmente<br />

en el inicio de su formación).<br />

Médico tutor de residentes y coordinador<br />

El tutor es el profesional especialista que tiene la misión de planificar y colaborar activamente<br />

en el aprendizaje de los conocimientos, habilidades y actitudes del residente a fin de garantizar<br />

el cumplimiento del programa formativo. Sus funciones serán las siguientes:<br />

1. Supervisión directa o indirecta del MIR, que irá variando de modo decreciente a lo largo de<br />

la residencia, aumentando así la responsabilidad asumida por el residente de forma progresiva.<br />

La actuación del tutor no implica el seguimiento físico de todos los actos del MIR, sino básicamente<br />

atender a sus consultas.<br />

22 l Capítulo 4

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