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Asepeyo - Aguas y Servicios

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No obstante dicha competencia se confiere en exclusiva a los<br />

médicos adscritos al INSS/ISM por lo tanto en los procesos de<br />

ITCC en que la prestación económica es gestionada por las<br />

Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades<br />

Profesionales de la Seguridad Social continúa vigente las<br />

propuestas de alta de las Mutuas ante la Inspección médica<br />

de los <strong>Servicios</strong> Públicos de Salud. Y en el caso de no recibir<br />

respuesta a la propuesta de alta, la Mutua podrá plantear la<br />

iniciativa de alta ante los servicios médicos del INSS, si bien<br />

con la modificación dichos médicos del INSS ya no realizarán<br />

comunicaciones de intenciones de alta médica sino que<br />

decidirán directamente sobre el caso presentado.<br />

3) Cese de actividad.<br />

La ley 35/2010 modifica dos aspectos de la Ley 32/2010 que<br />

establece la prestación de cese de actividad para los<br />

autónomos.<br />

- Deroga la prestación no contributiva de cese de<br />

actividad.<br />

- Incrementa a 18 meses para solicitar una nueva<br />

prestación de cese de actividad desde el<br />

reconocimiento del último cese de actividad.<br />

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