Asepeyo - Aguas y Servicios
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determinará la fecha a partir de la cual se asumirán las<br />
funciones atribuidas en el párrafo anterior.”<br />
La resolución de 15 de noviembre de 2010, de la Secretaría<br />
de Estado de la Seguridad Social, por la que se fija la fecha en<br />
la que determinadas Direcciones Provinciales del Instituto<br />
Nacional de la Seguridad Social y del Instituto Social de la<br />
Marina asumirán competencias en relación con la gestión de<br />
la prestación por incapacidad temporal, publicada en el BOE<br />
de fecha 22-11-2010 fija la fecha de efectos de la nueva<br />
competencia del INSS/ISM para toda España excepto<br />
Cataluña donde no será aplicable dicha competencia, en 26-<br />
11-2010.<br />
Dicha resolución también establece que los facultativos<br />
adscritos al INSS o ISM no realizarán desde el 26-11-2010<br />
intenciones al alta médica o propuestas de alta ante la<br />
Inspección de <strong>Servicios</strong> Sanitarios de la Seguridad Social u<br />
órgano equivalente del respectivo Servicio Público de Salud.<br />
Hasta la aprobación nueva competencia de los facultativos del<br />
INSS/ISM en materia de IT, de conformidad con el Real<br />
Decreto 575/1997, de 18 de abril, por el que se regulan<br />
determinados aspectos de la gestión y control de la prestación<br />
económica de la Seguridad Social por incapacidad temporal<br />
(BOE 24-4-1997) y Orden de 19 de junio de 1997 por la que<br />
se desarrolla el Real Decreto 575/1997, de 18 de abril, que<br />
modifica determinados aspectos de la gestión y del control de<br />
la prestación económica de la Seguridad Social por<br />
incapacidad temporal (BOE 24-6-1997) podían realizar<br />
propuestas de alta e intenciones de alta ante la Inspección<br />
médica. Dichas actuaciones se suprimen al poder realizar el<br />
alta directamente los médicos adscritos a dichas Entidades<br />
Gestoras.<br />
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