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Asepeyo - Aguas y Servicios

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determinará la fecha a partir de la cual se asumirán las<br />

funciones atribuidas en el párrafo anterior.”<br />

La resolución de 15 de noviembre de 2010, de la Secretaría<br />

de Estado de la Seguridad Social, por la que se fija la fecha en<br />

la que determinadas Direcciones Provinciales del Instituto<br />

Nacional de la Seguridad Social y del Instituto Social de la<br />

Marina asumirán competencias en relación con la gestión de<br />

la prestación por incapacidad temporal, publicada en el BOE<br />

de fecha 22-11-2010 fija la fecha de efectos de la nueva<br />

competencia del INSS/ISM para toda España excepto<br />

Cataluña donde no será aplicable dicha competencia, en 26-<br />

11-2010.<br />

Dicha resolución también establece que los facultativos<br />

adscritos al INSS o ISM no realizarán desde el 26-11-2010<br />

intenciones al alta médica o propuestas de alta ante la<br />

Inspección de <strong>Servicios</strong> Sanitarios de la Seguridad Social u<br />

órgano equivalente del respectivo Servicio Público de Salud.<br />

Hasta la aprobación nueva competencia de los facultativos del<br />

INSS/ISM en materia de IT, de conformidad con el Real<br />

Decreto 575/1997, de 18 de abril, por el que se regulan<br />

determinados aspectos de la gestión y control de la prestación<br />

económica de la Seguridad Social por incapacidad temporal<br />

(BOE 24-4-1997) y Orden de 19 de junio de 1997 por la que<br />

se desarrolla el Real Decreto 575/1997, de 18 de abril, que<br />

modifica determinados aspectos de la gestión y del control de<br />

la prestación económica de la Seguridad Social por<br />

incapacidad temporal (BOE 24-6-1997) podían realizar<br />

propuestas de alta e intenciones de alta ante la Inspección<br />

médica. Dichas actuaciones se suprimen al poder realizar el<br />

alta directamente los médicos adscritos a dichas Entidades<br />

Gestoras.<br />

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