Asepeyo - Aguas y Servicios
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y, en ocasiones, provocan que abandone el empleo al no<br />
poder soportar el estrés a que se encuentra sometido”.<br />
El término anglosajón “mobbing” procede del sustantivo<br />
“mob”, que significa multitud excitada que rodea o asedia a<br />
alguien o algo, tanto de forma amistosa como hostil, y<br />
engloba las conductas constitutivas de acoso moral y acoso<br />
psicológico.<br />
Teniendo en cuenta las numerosas definiciones de “mobbing”,<br />
podría calificarse como aquella conducta no deseada que tiene<br />
lugar en un entorno laboral y cuyo objetivo es atentar contra<br />
la dignidad de una persona, creándose así un ambiente<br />
intimidatorio, humillante y ofensivo para ella, de forma<br />
habitual y reiterada hasta provocar situaciones de “psicoterror<br />
laboral” 31 .<br />
Como indica la Audiencia Provincial de Madrid 32 , el “mobbing”<br />
es un proceso de destrucción que se compone de una serie de<br />
actuaciones hostiles que, tomadas de forma aislada podrían<br />
parecer anodinas, pero cuya repetición constante tiene<br />
efectos perniciosos.<br />
Se describe, por tanto, el fenómeno como una conducta hostil<br />
o intimidatoria que se practica hacia un trabajador desde una<br />
posición jerárquica superior o desde un grupo de iguales hacia<br />
los que éste mantiene una subordinación de hecho. Dicha<br />
conducta hostil es reiterativa y persistente en el tiempo,<br />
llegando a adoptar métodos de influencia muy diversos, que<br />
31 PÉREZ MACHÍO, ANA ISABEL. “Mobbing y Derecho Penal”. Tirant<br />
lo Blanch. Valencia 2006.<br />
32 Auto núm. 1080/2009, de 3 de noviembre, de la Audiencia<br />
Provincial de Madrid (JUR 2010/71347).<br />
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