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Asepeyo - Aguas y Servicios

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De igual modo, se prevé la posibilidad de que empresario y<br />

representantes de los trabajadores sustituyan este periodo de<br />

consultas por el procedimiento de mediación arbitraje previsto<br />

en el ámbito de la empresa, dentro de los plazos indicados.<br />

Otra novedad es que cuando el periodo de consultas finalice<br />

con acuerdo se presumirá que concurren las causas<br />

justificativas a que alude el apartado 1 y solo podrá ser<br />

impugnado ante la jurisdicción competente por la existencia<br />

de fraude, dolo, coacción o abuso de derecho en su<br />

conclusión. Ello sin perjuicio del derecho de los trabajadores<br />

afectados a ejercitar la opción prevista en el párrafo segundo<br />

del apartado 3 de este artículo. Ello afecta enormemente a las<br />

posibilidades de impugnación de la medida, y hay autores que<br />

ya apuntan (Baylos Grau) que la presunción de concurrencia<br />

de las causas justificativas, es una presunción iuris tantum,<br />

susceptible por lo tanto de prueba en contrario, lo que si bien<br />

alteraría los términos del litigio, pues en lugar de que sea el<br />

empresario el que deba acreditar que concurren las causas<br />

que permiten adoptar la medida, será el trabajador el que<br />

deba probar que tales causas no existen, permitiría también<br />

un proceso con dicho objeto. Es discutible en cualquier caso<br />

esta interpretación, pues el precepto dice “sólo podrá ser<br />

impugnado…”.<br />

Según el origen de la condición afectada, se abren dos<br />

posibilidades:<br />

- Cuando se trate de condiciones reconocidas por acuerdo o<br />

pacto colectivo, o disfrutadas por una decisión unilateral del<br />

empresario, terminado el periodo de consultas el empresario<br />

comunica su decisión, frente a la cual se puede reclamar por<br />

la vía del conflicto colectivo o individualmente (la primera vía<br />

paraliza la segunda). En este caso se recoge algo que por vía<br />

jurisprudencial ya había sido admitido, y así la STS de 6-10-<br />

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