Asepeyo - Aguas y Servicios
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cometerse por un sujeto que esté inmerso en una relación de<br />
trabajo respecto del sujeto pasivo, opina que deben aplicarse<br />
las reglas generales de la participación en un delito especial,<br />
pudiendo ser partícipe cualquiera de las personas que<br />
induzcan directamente al acosador a ejecutar el delito o<br />
cualquiera de las personas que cooperen a su ejecución con<br />
un acto sin el cual no se habría efectuado (inductor y<br />
cooperador necesario) o con un acto no necesario anterior o<br />
simultáneo (cómplice), siendo de aplicación el art. 65.3 CP, e<br />
incluso cuando no sea este cooperador persona relacionada<br />
laboral o funcionarialmente, puede darse entrada a la figura<br />
del extraneus (persona que no esté unida a la víctima por la<br />
relación laboral, pero que colabore con sus jefes o<br />
compañeros para acosarla, por ejemplo, por ser familiar<br />
directo del acosador y esté implicada personalmente en la<br />
conducta, a pesar de no trabajar en la misma empresa que la<br />
víctima) en este delito especial propio.<br />
Al empresario que conozca la existencia de un acoso en el<br />
trabajo por parte de uno de sus trabajadores ya hemos visto<br />
que no puede castigársele por omisión, pero puede acusársele<br />
de partícipe si se considera que tiene la "posición de garante"<br />
(quien por su especial cargo o situación tiene el deber de<br />
velar porque esa situación no se produzca), además, claro<br />
está, si tiene consecuencias en el puesto de trabajo, de su<br />
posible responsabilidad funcionarial o laboral, debiendo<br />
estudiarse cada caso concreto.<br />
Pena a imponer.<br />
La pena de este nuevo delito de acoso laboral no varía<br />
respecto del tipo genérico, del trato degradante del párrafo 1,<br />
es decir, prisión de seis meses a dos años, lo que parece<br />
normal, si se trata de una conducta de menor intensidad, pero<br />
reiterada, que se tipifica como delito por su repetición y<br />
consecuencias, no por la gravedad de cada episodio<br />
individualmente considerado, de forma que el tipo especifica<br />
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