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Asepeyo - Aguas y Servicios

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necesaria la tipificación penal del acoso laboral es<br />

precisamente que estas conductas, como tales<br />

independientemente, no integran un tipo delictivo. Sólo la<br />

combinación y suma de ellas en el tiempo y entre sí sobre una<br />

persona determinada, que es el sujeto pasivo del tipo, unido a<br />

la gravedad de sus consecuencias, es lo que determina la<br />

concurrencia del ilícito penal.<br />

El tipo penal exige que el acoso se cometa "prevaliéndose de<br />

su relación de superioridad", lo que ha sido muy criticado por<br />

la doctrina 21 , al dificultar la sanción de ciertos<br />

comportamientos de acoso laboral en los que no queda clara<br />

esa nota, pues se distingue entre acoso vertical<br />

y acoso horizontal: el vertical, en ocasiones denominado con<br />

el término bossing, se produciría cuando el hostigamiento se<br />

comete por un empresario o superior jerárquico del trabajador<br />

afectado; el horizontal cuando se produce entre compañeros<br />

de trabajo sin que exista relación jerárquica entre ellos.<br />

También puede hablarse de un acoso vertical ascendente, de<br />

un trabajador inferior a otro superior, menos frecuente,<br />

aunque también se da en la práctica, pero hay otros autores,<br />

como veremos, es el caso de Mir Puig, que solventan el<br />

obstáculo manteniendo que la superioridad queda patente en<br />

toda situación de acoso y hostigamiento, por la propia<br />

existencia de la misma, lo que permite el castigo de estas<br />

conductas, pero ello lleva a una interpretación, de nuevo y<br />

como dijimos antes, extensiva del tipo y de posible mal<br />

encaje constitucional, al obviar un elemento integrante del<br />

tipo penal como es la superioridad, que parece estar ausente<br />

en relaciones entre compañeros, iguales de cualquier índole,<br />

subordinados que acosen a sus jefes, funcionarios que no<br />

dependan formalmente del que los acosa, etc.<br />

21 Abascal Junquera, A. y Acón Ortego, I. Trabajo Monográfico<br />

sobre la reforma del art. 173 C.P. Ed. Sepin.<br />

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