Asepeyo - Aguas y Servicios
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El nuevo artículo se sitúa en el Título VII del Libro II del CP:<br />
"De las torturas y otros delitos contra la integridad moral", lo<br />
que supone que el bien jurídico protegido, por tanto, es la<br />
integridad moral, entendido como el expresamente protegido<br />
por el art. 15 de la Constitución Española y diferenciado de<br />
otros valores como la integridad física o el honor, e incluso el<br />
derecho a la vida, aunque algunos autores han defendido la<br />
consideración del acoso laboral, como un delito con diversidad<br />
de bienes jurídicos a los que atacar, que puede afectar a<br />
varios derechos fundamentales, a la dignidad (art. 10 CE), la<br />
igualdad (art. 14 CE), o al derecho al honor, a la intimidad<br />
personal y a la propia imagen (art. 18 CE), pero esto es<br />
incorrecto doctrinalmente, pues los efectos conectados<br />
causalmente al acoso —lesiones, coacciones, daños, etc.—<br />
serían constitutivos de otros delitos añadidos y castigados con<br />
arreglo al concurso de delitos, sin que supongan una<br />
alteración o adición de bienes jurídicos protegidos.<br />
En la reforma, como podemos comprobar, se añade un<br />
segundo párrafo al apdo. 1 del art. 173, con la siguiente<br />
redacción: "Con la misma pena serán castigados los que, en<br />
el ámbito de cualquier relación laboral o funcionarial y<br />
prevaliéndose de su relación de superioridad, realicen contra<br />
otro de forma reiterada actos hostiles o humillantes que, sin<br />
llegar a constituir trato degradante, supongan<br />
grave acoso contra la víctima".<br />
Como en cualquier reforma legislativa, máxime en el ámbito<br />
penal, siempre es ilustrativa la lectura de su preámbulo. En lo<br />
que se refiere al delito que nos ocupa, se trata en el epígrafe<br />
XI del preámbulo como "hostigamiento psicológico u hostil en<br />
el marco de cualquier actividad laboral o funcionarial que<br />
humille al que lo sufre, imponiendo situaciones de grave<br />
ofensa a la dignidad".<br />
El tipo penal pretende igualar todo tipo de ataques a la<br />
integridad moral en el trabajo, cualquiera que sea el marco en<br />
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