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AR03b<br />

Gasto federal descentralizado ejercido<br />

en educación (2012)<br />

AR<br />

Las aportaciones federales educativas del Ramo 33 16 a las entidades tienen su antecedente<br />

en el Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica (ANMEB),<br />

publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de mayo de 1992. Con este<br />

acuerdo el gobierno federal transfirió a los estados la operación tanto de los servicios<br />

de educación básica, como los destinados a la formación de maestros, mismos que<br />

tenía a su cargo la SEP en las entidades, reservándose la dirección y operación de los<br />

planteles de educación básica y de formación para maestros en el Distrito Federal.<br />

El ANMEB incluyó la cesión de los establecimientos escolares, sus bienes muebles e<br />

inmuebles, recursos financieros y los elementos de carácter técnico y administrativo<br />

que operaba la SEP. Así, el ejecutivo federal comprometió recursos para asegurar el<br />

financiamiento necesario que requieren dichos servicios, así como elevar la calidad, la<br />

cobertura y la equidad educativa; en el acuerdo también se propuso promover el aumento<br />

de las contribuciones estatales a la educación en aquellas entidades en donde<br />

el presupuesto designado fuera reducido (Acuerdo, SEP, 19 de mayo de 1992).<br />

Con base en lo anterior, en 1998 se creó el Ramo 33 en el cual se incorporaron los<br />

acuerdos de descentralización entre la federación y los estados, que permitían transferir<br />

recursos a éstos. El componente educativo de este ramo está constituido por el Fondo<br />

de Aportaciones para la Educación Básica y Normal (FAEB), el Fondo de Aportaciones<br />

Múltiples (FAM) y el Fondo de Aportaciones para la Educación Tecnológica y de<br />

Adultos (FAETA). En el caso específico del Distrito Federal, los recursos provienen del<br />

Ramo 25 Previsiones y Aportaciones para los Sistemas de Educación Básica, Normal,<br />

Tecnológica y de Adultos (LCF, 2011, 12 de diciembre, art. 26). Normativamente, los<br />

tres fondos están condicionados a fines específicos, aunque los estados los registran<br />

como propios, lo que pudiera dar lugar a la reorientación de ese gasto o de incoherencias<br />

en la normatividad que impiden su transparencia (ASF, 2009 y Del Valle, 2011).<br />

De manera concreta, el FAEB se compone de los recursos federales para sostener la<br />

operación de la educación básica y normal de acuerdo con los artículos 13 y 16 de<br />

la Ley General de Educación (LGE, 2013, 11 de septiembre); el FAETA concentra los<br />

recursos federales que serán transferidos a los estados según los convenios para la<br />

descentralización de los servicios de educación para adultos y educación tecnológica,<br />

y el FAM se compone de dos subfondos destinados a la asistencia social y a la infraestructura<br />

educativa de educación básica y superior (Guízar, 2004).<br />

16 Denominadas “Aportaciones federales para entidades federativas y municipios” dentro de la Cuenta Pública de la Secretaria de<br />

Hacienda y Crédito Público (SHCP).<br />

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