19.01.2015 Views

qMmZFc

qMmZFc

qMmZFc

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

LOS CONSTRUCTORES DEL ESTADO NACIONAL 1830-2010 55<br />

que las autoridades estaban legalmente facultadas para obviar la ley cuando consideraban un inconveniente<br />

su aplicación, a través de la fórmula «obedezco pero no cumplo», con cuya pronunciación<br />

quedaban liberados de la conminación jurídica que les ordenaba ejecutarla. Esto es una evidencia<br />

de la matriz anómica cultural de la sociedad y el poder político y de la limitación al cumplimiento del<br />

Estado de derecho.<br />

Con la institucionalización de la ilegalidad «obedezco pero no cumplo», se perdió una de las<br />

razones de ser un Estado centralizado; pues el Estado perdió la capacidad de construir el espacio<br />

de lo público a través de las leyes, dejando la resolución de los conflictos en manos de los intereses<br />

privados. Este pacto de desobediencia, inaugurado por los representantes de la Corona española,<br />

tuvo el carácter de decisión legitimada; la cual, posteriormente, daría paso a ciclos constantes de<br />

crisis políticas y sociales, encarnados en el desconocimiento de la autoridad pública.<br />

La Iglesia Católica, elemento fundamental de la sociedad colonial, fue un actor básico en la<br />

construcción de los elementos sociales y políticos, gracias al «Real Patronato» que subordinaba la<br />

Iglesia al Estado. Los clérigos formaron parte de la burocracia colonial, dirigida y remunerada por<br />

la Corona (Hurtado, 1977: 25). Pero el poder que adquirió la Iglesia, y, dentro de ella, ciertas órdenes,<br />

fue tan grande que hizo que el poder político se sintiera amenazado; basta citar el ejemplo de<br />

la expulsión de las Misiones de los Jesuitas. Además, la Iglesia Católica tenía encomiendas y múltiples<br />

haciendas. Sus autoridades respondían, la mayoría de las veces, a sus propios intereses, porque<br />

para acceder a su cargo tuvieron que realizar enormes inversiones.<br />

El poder que ofrecieron las diferentes instituciones de dominación colonial, tanto a españoles<br />

peninsulares como a españoles americanos, introdujo en la mentalidad de los segundos la noción de<br />

legitimidad en cuanto al acceso a cargos públicos o religiosos de mayor importancia. Al ser la familia<br />

española la estructura encargada de transmitir aquella parte de la cultura accesible al estrato social,<br />

los criollos se identificaron con la posición social que habían ocupado sus padres y antepasados.<br />

Pese a su pretendida legitimidad, los peninsulares no les permitieron el acceso a los cargos principales<br />

de la administración, provocando en las élites locales la estrategia de utilizar los réditos de las<br />

instituciones estatales metropolitanas para sus inclinaciones particulares. 25<br />

No obstante, un elemento que contribuyó a generar una cultura privatista, en detrimento de lo<br />

público en la sociedad colonial, fue la venta de los cargos públicos que hacía la Corona; esto llevó a<br />

que las personas encargadas de velar por los intereses de lo público antepusieran los suyos propios.<br />

La compra de un cargo era vista como una inversión que tenía que ser recuperada (35).<br />

La Corona intentó varias veces limitar la fortaleza de los intereses privados en la sociedad<br />

colonial. Uno de esos intentos fue la promulgación de las Nuevas Leyes, que pretendían limitar el<br />

poder de los encomenderos: esto dio origen al enfrentamiento entre el rey y los poderes locales. El<br />

conflicto, que llegó a enfrentamientos armados, se solucionó con la mediación del Obispo La Gasca.<br />

La Corona tuvo que renunciar a las leyes, ofrecer perdón a todos los sublevados y mantener el statu<br />

quo; esto le aseguró la fidelidad de los criollos al rey y la conservación de las colonias, sin embargo,<br />

este nuevo pacto reforzó la actitud privatista de las élites americanas (Landázuri, 1988: 165-210).<br />

Otra evidencia de la autonomización que tuvieron las colonias americanas respecto a la metrópoli<br />

fue el episodio histórico conocido como las Reformas Borbónicas, con las que se pretendió<br />

aumentar las recaudaciones y reordenar la administración pública. 26 Es interesante rescatar que,<br />

ante los intentos de aumentar o modificar los impuestos por parte de la Corona, los criollos argumentaran<br />

que la Casa Real no tenía autoridad para gravar sus ingresos, porque esos territorios<br />

habían sido conquistados y colonizados con el esfuerzo de sus padres.<br />

Josep Fontana (1989: 9), en su análisis de las características del régimen monárquico de<br />

España y de sus Indias, señala que existía un modo de triángulo de fuerza con tres poderes distintos<br />

y equilibrados: las oligarquías locales españolas y americanas y la monarquía con su aparato<br />

burocrático. Argumenta que la debilidad intrínseca de este sistema triangular llevó a que las oligarquías<br />

locales organizas en la vida económica de ambos mundos de acuerdo con sus intereses inmediatos,<br />

lo que impidió que se formara un aparato estatal realmente fuerte. De acuerdo con el mismo<br />

autor, la Corona jugaba un papel de árbitro entre los distintos intereses contrapuestos y cumplía funciones<br />

de legitimación; mientras las oligarquías locales organizaban en provecho propio su entorno<br />

25 Aguilar Molina, Adriana. «La Anomia en la Construcción del Estado Nacional: Grupos de Poder en la Presidencia de Gabriel García Moreno» (tesis de<br />

grado), Pontificia Universidad Católica del Ecuador, Quito, 2012, p. 20.<br />

26 Terán Najas, Rosemarie.«El Régimen administrativo en la Real Audiencia de Quito bajo la Dinastía Borbónica» (tesis de grado), Pontificia Universidad<br />

Católica del Ecuador, Quito, 1984.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!