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LOS CONSTRUCTORES DEL ESTADO NACIONAL 1830-2010 51<br />

«En los dos casos —inca y español—, la fundación de ciudades en el corazón de regiones densamente<br />

pobladas por agricultores sedentarios, obedecía a la voluntad de incorporar las sociedades rurales<br />

de los nuevos territorios conquistados a un conjunto geopolítico de tipo imperial» (Deler, 2007: 38).<br />

Por lo general, para las dos experiencias imperiales de conquista, las ciudades fueron centros<br />

políticos-administrativos-religiosos.<br />

• Reducción de indios: consistió en el agrupamiento de más poblados que sucedían a la original distribución<br />

indígena en los llamados ayllus y llactacunas.<br />

• Mitimaes: herencia inca que consistió en desplazamientos de pueblos por largas distancias o, en los españoles,<br />

la concentración de poblaciones indígenas en grandes poblados administrados.<br />

• Transformación del indígena en tributario del rey: consistió en tributos, bienes o trabajo, que debían dar<br />

los indígenas para los gastos y mantenimiento de la Colonia.<br />

• Yanaconaje: siendo un trabajo de integrantes del ayllu para el trabajo de las tierras del Inca y de la divinidad,<br />

se volvió compulsivo y de esclavitud.<br />

En el primer período de la conquista, los territorios pertenecieron a la Audiencia de Panamá, de<br />

donde salían las expediciones. En 1535, Pizarro fundó Lima, la capital del Gobierno de Nueva Castilla.<br />

18 En 1542, nació el Virreinato de Perú, con el cual se consolidó, en un primer momento, la administración<br />

real en América.<br />

Asimismo, a lo largo del continente, se fundaron varias subunidades político-administrativas<br />

con el objetivo de ejercer un mayor control territorial en nombre del rey de España:<br />

• En 1549, se creó la Real Audiencia de Santa Fe de Bogotá, heredera de Chibcha.<br />

• En 1559, se fundó la Audiencia de la Plata de los Charcas sobre el territorio Aymara (corazón económico<br />

del imperio ya, que ahí se encontraban las minas del Potosí).<br />

• En 1563, nació la Audiencia de Quito sobre las regiones karas.<br />

• En 1565, se formó la Audiencia de Chile sobre la región Araucanía.<br />

Finalmente, por razones administrativas, el reino de Nueva Castilla fue dividido en otro virreinato: el<br />

de Nueva Granada (1717-1723, 1739-1810 y 1816-1819) y, posteriormente, en el Virreinato del Río<br />

de La Plata o Buenos Aires, entre 1776 y 1777 (ver Anexo 5).<br />

Esta distribución de los territorios demostró una unidad administrativa sobre los asentamientos<br />

indígenas del pasado (Chimú y Quechua). La única diferencia entre la administración inca y española<br />

radicó en el cambio del centro político del Cusco por Lima.<br />

2.2. La Macro-organización político-administrativa de la Colonia<br />

La administración de los territorios coloniales españoles dieron cuenta de la imbricación entre sus estructuras<br />

y las antiguas formas incaicas de organización; no obstante, este sistema más avanzado y complejo<br />

se fue construyendo a lo largo de los 300 años de la Colonia. El texto íntegro de la Ley Colonial de<br />

Administración de las Indias decía:<br />

Porque tantas y tan grandes tierras, islas y provincias se puedan con más claridad y distinción percibir y entender de los que tuvieren<br />

cargo de gobernarlas: Mandamos a los de nuestro Consejo de Indias, que siempre tenga cuidado de dividir y partir todo el estado<br />

de ellas descubierto y por descubrir: para lo temporal en Virreinatos, Provincias de Audiencias y Chancillerías Reales, y Provincias de<br />

Oficiales de la Real hacienda, Adelantamientos, Gobernaciones, Alcaldías Mayores, Corregimientos, Alcaldías Ordinarias y de la Hermandad,<br />

Consejos de Españoles y de Indios: y para lo espiritual en Arzobispados y Obispados sufragáneos, y Abadías, Parroquias y<br />

Diezmerías, Provincias de las Órdenes, y Religiones, teniendo siempre atención a que la división para lo temporal se vaya conformando<br />

y correspondiendo cuanto se compadeciere con lo espiritual: los Arzobispados, y Provincias de las Religiones con los distritos<br />

de las Audiencias: los obispados con las gobernaciones y Alcaldías mayores: y parroquias y Curatos con los Corregimientos y Alcaldías<br />

Ordinarias (Manzano, 1991). 19<br />

Los representantes de más alto rango del rey dentro del territorio colonial fueron los virreyes, quienes,<br />

a más de su poder real, tuvieron un poder figurativo real. Hasta antes de las reformas borbónicas,<br />

18 El gobierno de Nueva Castilla estaba conformado por las Audiencias y Capitanías. Las Audiencias estaban formadas por corregimientos y<br />

gobernaciones.<br />

19 Como se ve, hubo una amplia gama de subunidades de administración civil y eclesiástica; sin embargo, aquí no se dará cuenta en forma detallada<br />

de cada una de ellas, sino que se tratarán aquellas que, según la mayoría de autores, son las que dieron cuerpo a la administración colonial.

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