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Monografía Tabaco - Plan Nacional sobre drogas

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tinencia. Ésta es una medida contemplada<br />

también dentro del PNPyCT, cuyo desarrollo<br />

se analiza más adelante.<br />

Protección de la población frente a las<br />

presiones al consumo<br />

Desde comienzos de los años 80, el<br />

Ministerio de Sanidad y Consumo contempló<br />

en su agenda de trabajo la necesidad de<br />

prohibir la publicidad de tabaco, redactando<br />

diversos borradores de ley en este sentido.<br />

Sin embargo, la primera y por ahora única<br />

prohibición a la publicidad directa de tabaco,<br />

no se plasmó hasta 1988, cuando quedó prohibida<br />

la publicidad en televisión 7 . Esta única<br />

limitación de ámbito nacional ha sido posteriormente<br />

ampliada por normativas autonómicas<br />

que añaden algunas restricciones<br />

complementarias relacionadas con los destinatarios<br />

de la publicidad o la utilización de<br />

ciertos medios y espacios para su emisión,<br />

por ejemplo: prohibición de la publicidad<br />

en mobiliario urbano y vallas callejeras, en<br />

general, o en entornos escolares (según la<br />

Comunidad Autónoma); envío o distribución<br />

a menores de edad de muestras gratuitas,<br />

carteles, u otros productos que supongan<br />

publicidad indirecta de tabaco; publicidad<br />

mediante mensajes, escritos o telefónicos,<br />

dirigidos a domicilios; publicidad en emisoras<br />

de radio de titularidad autonómica pública;<br />

etc. Con todo, las políticas que regulan la<br />

publicidad y el patrocinio son todavía parciales<br />

y su desarrollo ha sido difícil.<br />

Por otro lado, y a pesar las restricciones<br />

existentes, las inversiones en publicidad<br />

directa de tabaco en España no solo no se<br />

han reducido sino que se han incrementado.<br />

La inversión pasó de 0,23 € reales per capita<br />

en 1982 a 1,77 € en 1988 (Shafey et al.,<br />

2004), concentrándose mayoritariamente en<br />

publicidad televisiva hasta su prohibición en<br />

este medio. Desde entonces, la inversión<br />

en publicidad directa continuó creciendo<br />

mediante inserciones (anuncios) en publicidad<br />

exterior (vallas callejeras y mobiliario<br />

urbano), radio, prensa diaria, suplementos<br />

dominicales, revistas, y cines (Shafey et<br />

al., en prensa). Un estudio reciente señala<br />

que entre 1995 y 2000, se observa que el<br />

peso relativo de la inversión publicitaria en<br />

tabaco <strong>sobre</strong> el conjunto de la inversión<br />

publicitaria en medios convencionales pasó<br />

de aproximadamente 50.000 millones de<br />

pesetas de 1995 a cerca de 70.000 millones<br />

en el año 2000 (Tabla 2). El incremento de la<br />

inversión publicitaria en el período señalado<br />

fue del 108,8% para el tabaco, frente al 31%<br />

que registró la inversión publicitaria general.<br />

Siendo el incremento medio anual de la<br />

inversión del 21,8% en los tabacos, frente al<br />

6,2% observado en la inversión publicitaria<br />

general (Sánchez, 2003).<br />

Tabla 2. Evolución de la inversión publicitaria global y de tabaco.<br />

España 1995-2000 (en millones de pesetas)<br />

AÑOS TABACO TOTAL MERCADO PUBLICITARIO<br />

1995 5.744.380 1.287.480.067<br />

1996 5.572.132 1.329.879.895<br />

1997 7.330.475 1.466.841.765<br />

1998 10.138.758 1.536.722.460<br />

1999 10.699.742 1.572.113.646<br />

2000 11.993.726 1.687.103.545<br />

Evolución 1995-2000 + 108,8% +31%<br />

Fuente: Sánchez, 2003.<br />

07 Mediante la ya citada Ley 34/1988, de 11 de noviembre.<br />

Salvador-Llivina, T. 41

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