08.01.2015 Views

DISTRITO ESCOLAR UNIFICADO - Morgan Hill Unified School District

DISTRITO ESCOLAR UNIFICADO - Morgan Hill Unified School District

DISTRITO ESCOLAR UNIFICADO - Morgan Hill Unified School District

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

localiza se deberá emitir a la persona que esta encargada o en control de dicho menor o al<br />

empleador del menor, o al menor si es mayor de 12 años.<br />

Para requerir la asistencia del estudiante que va a ser expulsado, o para requerir la<br />

asistencia de empleado de gerencia del distrito, no es necesaria una citación si se le ha<br />

dado notificación por escrito al abogado del mismo. Esta notificación debe de servirse<br />

por lo menos diez días antes de la fecha requerida a no ser que el panel administrativo<br />

requiera menos tiempo. Si el testigo exige compensación por cargos y millas estos deben<br />

de pagarse antes de que se le pida testificar. La entrega de tal notificación es lo mismo<br />

que servir una citación al testigo. Si esta notificación es entregada por lo menos veinte<br />

días antes de la fecha de asistencia requerida, o dentro del tiempo que el panel<br />

administrativo haya ordenado, la notificación puede requerir que la persona traiga libros,<br />

documentos u otras cosas. La notificación debe de especificar exactamente los materiales<br />

o cualquier cosa requerida que este bajo su control o posesión. La persona que recibe la<br />

citación tiene cinco días o el tiempo que el panel decida para responder por escrito si<br />

tiene alguna objeción. Una vez hecha la petición mostrando buena intención y<br />

materializando lo mencionado, el panel administrativo puede ordenar la producción de<br />

dichos a no ser que la parte que objeta tenga una buena razón para no producir lo<br />

requerido en la citación.<br />

En caso de que el panel de la Mesa Directiva determine que el requerir a la persona que<br />

testifique en la audiencia le cause un riesgo físico o psicológico el panel puede<br />

determinar que el testigo emita un testimonio por escrito. El nombre y la información del<br />

testigo deberán de ser borrado del testimonio por escrito que se le dé al alumno que está<br />

considerado para la expulsión.<br />

La parte que pide la citación tiene que ser responsable por los gastos del testigo de<br />

acuerdo a las tarifas legales a menos que el testigo sea parte de la parte acusadora.<br />

Oficiales públicos o empleados que son citados reciben millaje pero no se les pagan<br />

costos de testigos. El costo y millaje de testigos son puestos por la ley y están sujetos a<br />

cambio. A partir de la adopción de esta póliza, los costos de los testigos son de $35.00 al<br />

día, 0.20c/. por cada milla.<br />

N. Suspensión de la orden de expulsión<br />

1. La Mesa Directiva de Educación, después de votar por la expulsión de un estudiante,<br />

puede suspender la orden de expulsión por un periodo de no más de un año escolar y<br />

puede, como condición a la orden de suspensión impuesta, asignar al estudiante a una<br />

escuela, clase o programa que se estime apropiado para la rehabilitación del estudiante.<br />

Durante el periodo de la orden de suspensión de la expulsión, el alumno estará bajo un<br />

estado de probación. La suspensión de una expulsión bajo esta sección puede ser<br />

eliminada por la Mesa Directiva de Educación si el alumno comete cualquiera de los<br />

71

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!