DISTRITO ESCOLAR UNIFICADO - Morgan Hill Unified School District
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colocación de educación alterna durante la expulsión del estudiante. (código de educación<br />
§ 48918 (j).)<br />
Article xiv. El alumno o el padre del alumno puede apelar por escrito a la Mesa<br />
Directiva de Educación del Condado dentro de 30 días después de la decisión tomada por<br />
la Mesa Directiva de Educación. (código de educación § 48919.)<br />
Article xv. El distrito mantendrá los expedientes con la siguiente información por<br />
expulsión: el número total de estudiantes recomendados para expulsión separados por las<br />
diferentes causas, acción, grado, sexo, y grupo étnico, y el número total de estudiantes<br />
que fueron actualmente expulsados por la Mesa Directiva de Educación separados por<br />
acción, grado, sexo y grupo étnico. Estos expedientes serán organizados e informados a la<br />
Mesa Directiva de Educación anualmente. (código de educación § 48918 (k).)<br />
Article xvi. Si la Mesa Administrativa de Educación rechaza la expulsión, el alumno<br />
será reincorporado inmediatamente y puede regresar a un programa de clase de<br />
instrucción, cualquier otro programa de instrucción, un programa de rehabilitación, o<br />
cualquier combinación de estos programas. Colocación en un o más de estos programas<br />
será hecho por el superintendente o designado después de consultar con el personal del<br />
distrito, incluyendo el director y profesores del pupilo, y los padres o tutores del alumno.<br />
(código de educación § 48918 (e).)<br />
Article xvii. Tanto el representante del estudiante como el representante del distrito<br />
puede pedir a la Mesa Administrativa emita una citación requiriendo la asistencia a la<br />
audiencia de expulsión de un individuo que tenga información importante al caso. Si la<br />
parte solicitante sabe de la necesidad de citar a un testigo, la parte solicitante debe de<br />
pedir la citación por lo menos cuatro días (96 horas) antes de una reunión regularmente<br />
programada con la Mesa Administrativa. El horario regular de las juntas del directorio se<br />
llevan a cabo el primer y tercer lunes de cada mes, empezando a las 7:00 pm. (ver BP<br />
8340). El pedido de una citación tiene que ser recibida por el Director del Distrito de<br />
Servicio para Estudiantes antes de las 5:00 pm. por lo menos cuatro días antes de la<br />
audiencia de la Mesa Administrativa. (código de educación § 48918 (i).)<br />
La parte que no pidió la citación puede oponerse a que esta sea emitida. El Consejo<br />
Ejecutivo Gobernante puede considerar dichas objeciones en sesiones cerradas o en una<br />
pública si el alumno lo pide antes de la audiencia. La decisión del Consejo Ejecutivo<br />
Gobernante sobre si se emite o no la citación será definitiva y de acuerdo con la sección<br />
del Código de Educación 48918 (i).<br />
Si la parte solicitante puede por algún motivo no le es posible cumplir con el lapso<br />
requerido, esta puede pedir que el panel administrativo emita una citación después de que<br />
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