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DISTRITO ESCOLAR UNIFICADO - Morgan Hill Unified School District

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Orientación Sexual /Acoso de Identidad Sexual: (Póliza Directiva 5751)<br />

El Distrito Escolar Unificad de <strong>Morgan</strong> <strong>Hill</strong> se compromete a mantener y respaldar un<br />

ambiente seguro en el cual todos los miembros de la comunidad escolar son tratados con<br />

dignidad y respeto. La póliza de este Distrito prohíbe expresar acoso y discriminación<br />

basándose en la orientación e identidad sexual, incluyendo percepciones de identidad de<br />

una persona, apariencia o comportamiento.<br />

La Mesa Directiva considera una ofensa mayor el acoso y la discriminación con base en<br />

la orientación e identidad sexual. El distrito investigara todas las quejas de discriminación<br />

y acoso, y tomara acciones apropiadas contra cualquier estudiante o empleado que se<br />

encuentre violando esta póliza.<br />

El acoso a un estudiante por otro estudiante violando esta póliza constituye causa para<br />

acción disciplinaria. Se les aconsejara a los estudiantes que el acoso y la discriminación<br />

basados en la orientación e identidad sexual es una conducta no aceptable y no se<br />

tolerara. Los estudiantes serán informados a comunicarse con el director o designado de<br />

la escuela si experimentan dicho hostigamiento o discriminación.<br />

El acoso por un empleado violando esta póliza constituye causa para acción disciplinaria<br />

hasta e inclusive despido.<br />

El Superintendente adoptara, y puede revisar periódicamente las reglas administrativas<br />

necesarias para implementar e imponer esta póliza. Las reglas brindaran una descripción<br />

amplia de esta póliza a los padres, estudiantes, y empleados, proporcionando los<br />

procedimientos y decisiones apropiados de queja, y estableciendo el debido proceso para<br />

las personas acusadas de acoso o discriminación con base a la identidad y orientación<br />

sexual. El Superintendente se asegurara que los estudiantes reciban información<br />

apropiada a su edad y educación relacionada a la identidad y orientación sexual. Además,<br />

el Superintendente designara a personal calificado para proporcionar entrenamiento<br />

apropiado y programas de educación referentes al acoso y discriminación con base a la<br />

identidad y orientación sexual.<br />

La intención de esta póliza es la de suplementar y no de reemplazar las leyes estatales y<br />

federales que prohíben el acoso sexual. Quejas bajo estas leyes serán procesadas a través<br />

de los procedimientos establecidos por agencias federales o estatales.<br />

Adopción Original: 20 de Diciembre, 2004<br />

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