DISTRITO ESCOLAR UNIFICADO - Morgan Hill Unified School District
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todas las notas, entrevistas, y documentos entregados por las partes y reunidas<br />
por el investigador.<br />
5. Una copia del reporte o cualquier acción tomada para resolver la queja.<br />
6. Una copia del proceso de queja del distrito<br />
7. Cualquier otra información pertinente pedida por el CDE<br />
El CDE puede intervenir directamente en la queja sin esperar por la acción del distrito<br />
cuando existan una de las 4 CCR condiciones nombradas en el 4650; incluyendo casos en<br />
los cuales el distrito no a tomado acción dentro de los 60 días en que la queja fue<br />
registrada con el distrito<br />
Leyes civiles de reparación<br />
Una queja puede ser seguida por leyes civiles disponibles de reparación afuera de los<br />
procedimientos de queja del distrito. Los demandantes pueden buscar asistencia de<br />
centros de mediación o abogados con interés público o privado. Reparaciones de ley civil<br />
que pueden ser impuestas por la corte e incluyen pero no se limitan a, reglas y<br />
restricciones de la corte. Sin embargo, en quejas por discriminación, un demandante debe<br />
esperar hasta que pasen los 60 días de la fecha registrada a una apelación con el CDE<br />
antes de seguir con las leyes civiles de reparación. El lapso no se aplica a la reparación<br />
aplicada y solo se aplica si el distrito apropiadamente, y de manera oportuna, ofreció al<br />
demandante de su derecho a registrar una queja de acuerdo con el 5 CCR 4622.<br />
REVISADO: 11 de abril, 2006<br />
REVISADO: 6 de marzo, 2012<br />
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