Informe_final_protestas
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Detenciones de manifestantes y violaciones al debido proceso Tampoco se les permitió a los detenidos hablar en privado con sus abogados antes de la audiencia de presentación. La comunicación entre los abogados y los detenidos solo pudo darse minutos antes de entrar a la audiencia de presentación y en presencia de funcionarios policiales y fiscales del Ministerio Público. Apenas pudieron hablar en voz baja y muy rápidamente. Los delitos imputados fueron: Instigación a delinquir y obstaculización del libre tráfico. En el acta policial se dice que fueron detenidos porque los funcionarios presumieron que iban a cometer los delitos que luego se le imputaron. A los adolescentes se les impuso presentación periódica ante tribunal y obligación de someterse a vigilancia de los padres. A los mayores no se les privó de libertad, pero se les dejó el expediente abierto. Todos los detenidos afirmaron que fueron objeto de uso desproporcionado de la fuerza por parte de los efectivos de la GNB durante la aprehensión y mientras eran trasladados. Uno de ellos presenta traumatismos severos en la columna vertebral. Las mujeres detenidas recibieron amenazas de violación sexual y todos fueron amenazados de muerte. Las personas detenidas reportaron que fueros despojadas de pertenencias tales como teléfonos celulares, billeteras y dinero. La incautación de los teléfonos no solo tuvo como efecto la imposibilidad de que los detenidos notificaran a algún familiar o persona cercana sobre su paradero, sino que, sin orden judicial, se procedió, en algunos casos, a descargar información de los teléfonos, principalmente fotografías que registraban hechos que podrían comprometer a miembros de cuerpos de seguridad en abusos y violaciones de derechos humanos. En un caso, un funcionario le expresó abiertamente a un detenido que tenía una foto de una bomba lacrimógena vencida, que dicha foto no le iba a gustar al SEBIN. El CDH-UCAB refleja en su informe que en prácticamente todos los casos, los jueces incluyeron medidas cautelares de prohibición de manifestar a los procesados, sanción que no está prevista de forma expresa en la Ley, y que viola el derecho a manifestar pacíficamente consagrado en el artículo 68 de la Carta Magna. Igualmente, refiere que en casi la totalidad de los casos, a los familiares se les negó arbitrariamente ver a los detenidos, principalmente en los centros de detención del CICPC y de la GNB. El informe detalla: “En varios casos ni siquiera se les había permitido a los familiares hacer un contacto telefónico con sus detenidos durante las 48 horas o más durante las que se encontraban detenidos, lo que no solo es violatorio de los derechos más elementales de los detenidos y familiares, sino que incluso ha generado algunas denuncias de desapariciones que cesan después de varias horas y que habrían podido evitarse con información oportuna sobre el paradero de los detenidos, tal como lo establecen los estándares internacionales. Muchos detenidos no fueron ni están siendo presentados ante un juez dentro de las 48 horas límite a que se refiere la ley. Algunos han pasado 56 y hasta 60 horas sin ser presentados en un tribunal de justicia, como fue el caso del profesor de la UCV Hugo Guerrero, a quien el juez finalmente liberó pidiendo excusas porque no estaba siquiera participando en la manifestación. Protestas y Derechos Humanos Venezuela 2014 70
Detenciones de manifestantes y violaciones al debido proceso En la gran mayoría de los casos los abogados no han podido tener conversaciones privadas con los detenidos. Cuando han permitido a algún abogado acceder a ver a sus defendidos en los centros de detención, ha estado siempre presente al menos un funcionario durante toda la conversación, limitando la posibilidad de que los detenidos informen con claridad y libertad los hechos y el trato que están recibiendo en detención.” Por otro lado el CDH-UCAB hace mención a las condiciones de los lugares que han sido empleados como centros de detención, señalando que en algunos casos son inadecuados para tales fines. El Comando de la GNB ubicado en La Dolorita, en el Municipio Sucre del estado Miranda, grafica la denuncia formulada por el CDH-UCAB. “Allí, se recluyó por 2 días a 18 jóvenes -la mayoría estudiantes- en un mismo cuarto sumamente pequeño, sin baño en funcionamiento, sin condiciones adecuadas de ventilación, sin camas o colchonetas, y sin contar si quiera con provisión de alimentos en las instalaciones. Estas condiciones fueron constatadas directamente por abogados del CDH-UCAB, quienes también verificaron la presencia de una funcionaria de la Defensoría del Pueblo la cual, a pesar de las inhumanas condiciones, no ha emitido información al respecto”. Detenciones practicadas por civiles Durante su alocución del 05.03.2014, en medio del desfile realizado en conmemoración del primer año del fallecimiento del ex presidente Hugo Chávez Frías, realizado en Los Próceres en la ciudad de Caracas, el presidente de la República Nicolás Maduro expresó: “Hoy 5 de marzo los remanentes de los grupos de la violencia habían amenazado a nuestro pueblo con trancar el país. El país está funcionando libremente y con tranquilidad desde todas las horas de la mañana, y así será todo el día de hoy y los días por venir. Quiero hacer un reconocimiento especial a la Guardia Nacional Bolivariana que ha estado en la calle combatiendo por la paz. Hoy pequeños grupos intentaron trancar e incendiar vías principales. Bueno: Candelita que se prenda, candelita que se apaga. Yo llamo a todo el pueblo, a las Unidades de Batalla Bolívar Chávez, a los Consejos Comunales, a los movimientos sociales, a las Comunas, a los movimientos juveniles, obreros, campesinos, de mujeres, llamo a todo el pueblo a hacer valer, allá en su comunidad, la orden de nuestro comandante Hugo Chávez: Candelita que se prenda, candelita que apagamos con el pueblo organizado, para garantizarle la paz a nuestro país”. 18 Las palabras del Presidente Maduro exhortaron públicamente a la población civil a asumir labores de control de orden público, actividades que son de exclusiva competencia de los cuerpos de seguridad del Estado, de acuerdo a lo establecido en el artículo 332 de la Constitución Nacional 19 , y constituyeron 18 Primer mandatario al pueblo: candelita que se prenda, candelita que se apaga. YVKE MUNDIAL, 05.03.2014. En: http://www. radiomundial.com.ve/article/primer-mandatario-al-pueblo-candelita-que-se-prenda-candelita-que-se-apaga-audio 19 CRBV, artículo 332: “El Ejecutivo Nacional, para mantener y restablecer el orden público, proteger a los ciudadanos y ciudadanas, hogares y familias, apoyar las decisiones de las autoridades competentes y asegurar el pacífico disfrute de las garantías y derechos constitucionales, de conformidad con la ley, organizará: Un cuerpo uniformado de policía nacional. Un cuerpo de investigaciones científicas, penales y criminalísticas. Un cuerpo de bomberos y bomberas y administración de emergencias de carácter civil. Una organización de protección civil y administración de desastres. Venezuela 2014 Protestas y Derechos Humanos 71
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con los detenidos. Cuando han permitido a algún abogado acceder a ver a sus defendidos en<br />
los centros de detención, ha estado siempre presente al menos un funcionario durante toda la<br />
conversación, limitando la posibilidad de que los detenidos informen con claridad y libertad<br />
los hechos y el trato que están recibiendo en detención.”<br />
Por otro lado el CDH-UCAB hace mención a las condiciones de los lugares que han sido empleados<br />
como centros de detención, señalando que en algunos casos son inadecuados para tales fines. El Comando<br />
de la GNB ubicado en La Dolorita, en el Municipio Sucre del estado Miranda, grafica la denuncia<br />
formulada por el CDH-UCAB.<br />
“Allí, se recluyó por 2 días a 18 jóvenes -la mayoría estudiantes- en un mismo cuarto sumamente<br />
pequeño, sin baño en funcionamiento, sin condiciones adecuadas de ventilación, sin<br />
camas o colchonetas, y sin contar si quiera con provisión de alimentos en las instalaciones.<br />
Estas condiciones fueron constatadas directamente por abogados del CDH-UCAB, quienes<br />
también verificaron la presencia de una funcionaria de la Defensoría del Pueblo la cual, a<br />
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Durante su alocución del 05.03.2014, en medio del desfile realizado en conmemoración del primer año<br />
del fallecimiento del ex presidente Hugo Chávez Frías, realizado en Los Próceres en la ciudad de Caracas,<br />
el presidente de la República Nicolás Maduro expresó: “Hoy 5 de marzo los remanentes de los<br />
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libremente y con tranquilidad desde todas las horas de la mañana, y así será todo el día de hoy y los días<br />
por venir. Quiero hacer un reconocimiento especial a la Guardia Nacional Bolivariana que ha estado en<br />
la calle combatiendo por la paz. Hoy pequeños grupos intentaron trancar e incendiar vías principales.<br />
Bueno: Candelita que se prenda, candelita que se apaga. Yo llamo a todo el pueblo, a las Unidades de<br />
Batalla Bolívar Chávez, a los Consejos Comunales, a los movimientos sociales, a las Comunas, a los<br />
movimientos juveniles, obreros, campesinos, de mujeres, llamo a todo el pueblo a hacer valer, allá en<br />
su comunidad, la orden de nuestro comandante Hugo Chávez: Candelita que se prenda, candelita que<br />
apagamos con el pueblo organizado, para garantizarle la paz a nuestro país”. 18<br />
Las palabras del Presidente Maduro exhortaron públicamente a la población civil a asumir labores de<br />
control de orden público, actividades que son de exclusiva competencia de los cuerpos de seguridad del<br />
Estado, de acuerdo a lo establecido en el artículo 332 de la Constitución Nacional 19 , y constituyeron<br />
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CRBV, artículo 332: “El Ejecutivo Nacional, para mantener y restablecer el orden público, proteger a los ciudadanos y ciudadanas,<br />
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constitucionales, de conformidad con la ley, organizará:<br />
Un cuerpo uniformado de policía nacional.<br />
Un cuerpo de investigaciones científicas, penales y criminalísticas.<br />
Un cuerpo de bomberos y bomberas y administración de emergencias de carácter civil.<br />
Una organización de protección civil y administración de desastres.<br />
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