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Informe_final_protestas

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Detenciones de manifestantes y violaciones al debido proceso<br />

Patrones observados<br />

El Foro Penal Venezolano (FPV), una de las organizaciones que ha brindado asistencia jurídica a los<br />

detenidos en el marco de las recientes <strong>protestas</strong>, detalló en un informe preliminar presentado en marzo<br />

de 2014 algunos de los patrones registrados en las detenciones practicadas. Señala el informe que a partir<br />

del aumento de las <strong>protestas</strong> a mediados de febrero de 2014, las “detenciones indiscriminadas” comenzaron<br />

a realizarse contra personas que no manifestaban sino que se encontraban en lugares cercanos a la<br />

manifestación, bien porque vivían en los alrededores, bien porque circulaban cerca del lugar o incluso,<br />

en el caso de los periodistas e infociudadanos, porque se encontraban reportando lo que sucedía.<br />

El FPV destaca la detención el 28.02.2014 del ciudadano de origen portugués Ricardo Manuel Ferreira,<br />

quien se encontraba a las puertas de su residencia observando el desarrollo de las <strong>protestas</strong> cuando fue<br />

detenido por efectivos de la GNB. El informe reseña también la detención de la reportera gráfica de<br />

origen italiano Francesca Commisari, quien se encontraba fotografiando los sucesos que ocurrían en la<br />

Plaza Altamira, y la de Jean Carlos Pardo, quien vive a dos cuadras de la Plaza Altamira y se encontraba<br />

caminando junto a su esposa cuando fue detenido.<br />

Igualmente el FPV reseña las detenciones realizadas con violación a domicilio, contraviniendo lo establecido<br />

en el artículo 47 de la Constitución Nacional 12 . Menciona que, en busca de protección, los<br />

manifestantes se resguardaron en viviendas y conjuntos residenciales cercanos al lugar de las <strong>protestas</strong><br />

y los funcionarios militares o policiales allanaron viviendas y domicilios, sin orden judicial alguna, desconociendo<br />

la inviolabilidad del hogar y violando el debido proceso de las y los ciudadanos detenidos.<br />

El informe del FPV también menciona las denuncias sobre detenciones selectivas. Estas detenciones,<br />

practicadas en viviendas o en las calles, sin orden judicial previa, fueron dirigidas contra personas identificadas<br />

como manifestantes mediante fotografías o videos. El FPV refiere el caso de David Bernabé<br />

Urbina Solís 13 , quien fue detenido en la calle cuando se encontraba con unas bolsas de comida y refrescos<br />

camino a casa de una amiga en la urbanización Los Palos Grandes, en Caracas. Urbina Solís, fue privado<br />

de su libertad a la fuerza y con golpes por funcionarios del SEBIN vestidos de civil y a bordo de vehículos<br />

particulares. A pesar que se trató de un procedimiento ilegal al no existir orden judicial, ni encontrarse<br />

en flagrancia, el Tribunal que conoció el caso convalidó la actuación de los funcionarios, desconociendo<br />

el artículo 44.4 de la CRBV. 14<br />

El FPV señala además que la fase más reciente de detenciones y represión incluyó las privaciones de libertad<br />

y ataques contra abogados y activistas de derechos humanos que han defendido a los detenidos por<br />

manifestar. Refiere que el gobierno nacional ha venido atacando a miembros del Foro Penal Venezolano<br />

y a otras organizaciones como la ONG Control Ciudadano y el Observatorio Venezolano de Prisiones<br />

señalándolos públicamente como conspiradores. Destaca el caso del abogado Marcelo Crovato, quien<br />

venía asistiendo a varios detenidos y fue privado de libertad el 22.04.2014 mientras asistía, en calidad<br />

de abogado, un allanamiento.<br />

Crovato se encuentra recluido en la Cárcel Yare 3 y fue imputado por los delitos de instigación pública,<br />

obstaculización de la vía pública, instigación a la desobediencia de las leyes y asociación para delinquir,<br />

12<br />

CRBV, artículo 47: “El hogar doméstico y todo recinto privado de persona son inviolables. No podrán ser allanados, sino mediante<br />

orden judicial, para impedir la perpetración de un delito o para cumplir de acuerdo con la ley, las decisiones que dicten los tribunales,<br />

respetando siempre la dignidad del ser humano”.<br />

13<br />

Vídeo: Detención de David Bernabé Urbina Solis en: http://youtu.be/4mOGubcxOXw<br />

14<br />

CRBV, artículo 44, numeral 4: “Toda autoridad que ejecute medidas privativas de la libertad estará obligada a identificarse”.<br />

Protestas y<br />

Derechos Humanos<br />

Venezuela 2014<br />

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