Informe_final_protestas
Informe_final_protestas
Informe_final_protestas
You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
Uso excesivo de la fuerza y violaciones a la integridad personal<br />
Forma de Detención o Prisión, entre ellos: “Se ofrecerá a toda persona detenida o presa un<br />
examen médico apropiado con la menor dilación posible después de su ingreso en el lugar<br />
de detención o prisión. La persona detenida o presa o su abogado, con sujeción únicamente<br />
a condiciones razonables que garanticen la seguridad y el orden en el lugar de detención o<br />
prisión, tendrá derecho a solicitar autorización de un juez u otra autoridad para un segundo<br />
examen médico o una segunda opinión médica. Quedará debida constancia en registros del<br />
hecho de que una persona detenida o presa ha sido sometida a un examen médico, del nombre<br />
del médico y de los resultados de dicho examen. Se garantizará el acceso a esos registros”.<br />
Los principios añaden un elemento de independencia en las alegaciones de torturas y tratos o<br />
penas crueles, inhumanos o degradantes al señalar que: Las denuncias judiciales contra funcionarios<br />
de la policía deberán ser investigadas invariablemente por un órgano independiente<br />
del cuerpo de policía cuyos funcionarios sean objeto de la denuncia.<br />
Siendo que las recomendaciones emanadas de los órganos internacionales de protección de<br />
derechos humanos suponen compromisos de Estado, más allá del gobierno de turno, la norma<br />
invocada por el informe de la Defensoría del Pueblo refleja que todavía las disposiciones<br />
internas no se encuentran completamente adecuadas a los compromisos internacionales que<br />
obligan a Venezuela, ya que se sigue alegando como única prueba válida aquella realizada<br />
por los médicos forenses, a cuyos resultados no tiene acceso la víctima y sin alternativa de<br />
una segunda opinión profesional en un tiempo oportuno. Las pruebas forenses son realizadas<br />
por un cuerpo de investigaciones al que pertenecen muchos de los responsables de los hechos<br />
denunciados por las víctimas, por lo que tampoco hay garantía de la independencia de la investigación.<br />
Comité Paz y Vida por los Derechos Humanos del estado Barinas, denunció agresiones contra adolescentes<br />
detenidos por policía y GNB en esa entidad.<br />
El Comité Paz y Vida por los Derechos Humanos del Estado Barinas remitió a Provea denuncias sobre<br />
detenciones y malos tratos contra adolescentes que participaron en <strong>protestas</strong> en esa entidad, quienes fueron<br />
apresados por efectivos de la Policía del estado Barinas y por la Guardia Nacional Bolivariana el día<br />
21.02.2014.<br />
El Comité refiere en un informe dirigido a la Fiscal Superior del estado Barinas Raquel Pérez y a la Defensora<br />
del Pueblo del estado Barinas, Ingrid Gil, que a petición de los familiares de los adolescentes<br />
detenidos, miembros de esta organización de DDHH se hicieron presentes en la sede del Circuito Judicial<br />
del estado Barinas, para constatar la integridad física de los detenidos, y comprobar cuál había sido<br />
el trato que recibieron tanto en la Comandancia de la Policía del estado como en la Guardia Nacional<br />
Bolivariana.<br />
El informe presentado a la Defensora del Pueblo de Barinas, entre otras cosas expresa:<br />
“1.- Los adolescentes fueron golpeados, aterrorizados, desnudados, esposados y expuestos al escarnio<br />
público al ser obligados a caminar 500 metros aproximadamente por las calles céntricas de la ciudad,<br />
no se les permitió la visita de sus padres o representantes en el sitio donde permanecieron detenidos, no<br />
se les suministró colchonetas para dormir (durmieron en el piso), fueron golpeados y a uno se le cortó el<br />
Protestas y<br />
Derechos Humanos<br />
Venezuela 2014<br />
52