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Nonnutividad Jobrt «c6d;;o d. 6tica dala función plAblica-<br />

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de agosto del año<br />

dos mil dos.<br />

ALEJANDRO TOLEDO<br />

Presidente Constitucional de la República<br />

LUIS SOLARI DE LA FUENTE<br />

Presidente del Consejo de Ministros<br />

CONTRALORíA GENERAL <br />

APRUEBAN DIRECTIVA N° 003-2003-CG/AC "NORMAS DE TRANSPARENCIA <br />

EN LA CONDUCTA Y DESEMPEÑO DE LOS FUNCIONARIOS Y SERVIDORES <br />

DE LA CONTRALORíA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y DE LOS ÓRGANOS DE <br />

CONTROL INSTITUCIONAL" <br />

RESOLUCiÓN DE CONTRALORíA N° 368-2003-CG <br />

Jesús María, 30 de octubre de 2003<br />

Vistos; la Hoja de Recomendación N° 01-2003-CG/AC elaborada por la Gerencia<br />

Antícorrupción, con relación al proyecto de Directiva sobre "Normas de Transparencia<br />

en la Conducta y Desempeño de los Funcionarios y Servidores de la Contraloría<br />

General de la República y de los Órganos de Control Institucional";<br />

CONSIDERANDO:<br />

Que, el artículo 16 de la Ley N° 27785 - "Ley Orgánica del Sistema Nacional de<br />

Control y de la Contraloría General de la República", establece <strong>qu</strong>e la Contraloría<br />

General de la República es el ente técnico rector del Sistema Nacional de Control,<br />

<strong>qu</strong>e tiene como misión dirigir y supervisar con eficiencia y eficacia el control<br />

gubernamental, orientando su accionar al fortalecimiento y transparencia de la<br />

gestión de las entidades, la promoción de valores y la responsabilidad de los<br />

funcionarios y servidores públicos, así como, contribuir con los Poderes del Estado<br />

en la toma de decisiones y con la ciudadanía para su adecuada participación en el<br />

control social;<br />

Que, para el cumplimiento de esta misión, constituye lineamiento prioritario de política<br />

institucional, adoptar las medidas conducentes a <strong>qu</strong>e la conducta y servicio <strong>qu</strong>e<br />

prestan los integrantes de la Contraloría General de la República y de los Órganos<br />

de Control Institucional sean transparentes e irreprochables éticamente, <strong>qu</strong>e no<br />

susciten dudas y sean dignos del respeto y confianza de la Sociedad, así como de<br />

las entidades y personas sujetas a control.<br />

Que, conforme lo establece el Artículo 21 de la Ley N° 27785 antes mencionada, la<br />

Contraloría General de la República y los Órganos de Control Institucional, ejercen la<br />

. <br />

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