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Núm. 193 Martes 7 de outubro de 2014 Páx. 50<br />

El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las<br />

notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos<br />

alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados.<br />

Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica<br />

o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con<br />

el Tribunal.<br />

Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá<br />

interponerse ante el presente órgano judicial en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación<br />

de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 LJS.<br />

El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la<br />

Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en la cuenta número<br />

ES5500493569920005001274 en el Banco Santander debiendo indicar en el campo concepto, “recurso”<br />

seguida del código “31 Social-Revisión de resoluciones Secretario Judicial”.<br />

Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados<br />

por un espacio con la indicación “recurso” seguida del “31 Social-Revisión de resoluciones Secretario<br />

Judicial”.<br />

Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto,<br />

incluso si obedecen a otros recurso de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones<br />

la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en<br />

todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los<br />

Organismos Autónomos dependientes de ellos.—La Secretaria Judicial.—Firmado”.<br />

Y para que sirva de notificación en legal forma a Esabe Vigilancia, S.A., en ignorado paradero, expido<br />

la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la provincia de Pontevedra.<br />

Se advierte al destinatario que la siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución<br />

o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina Judicial, salvo el supuesto de la comunicación de<br />

las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.<br />

En Vigo, a tres de septiembre de dos mil catorce.—La Secretaria Judicial, Marta Lamas Alonso.<br />

2014007601<br />

e e e<br />

E D I C T O<br />

Doña Marta Lamas Alonso, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número cuatro de Vigo, por<br />

sustitución.<br />

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario 1077/2013 de este Juzgado de lo Social, sobre<br />

ordinario, se ha dictado la siguiente resolución (Sentencia), cuya parte dispositiva se adjunta:<br />

Que estimando la demanda interpuesta por doña Cecilia Abril Fernández, debo condenar y condeno<br />

a la empresa Ovidio Martínez Pérez, a que le abone a la referida actora la cantidad de 1.965,62 euros,<br />

así como un interés por mora del 10%.<br />

Se hace saber a las partes que contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno.<br />

Así por ésta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y<br />

firmo.<br />

Y para que sirva de notificación de Sentencia en legal forma a Ovidio Martínez Pérez, en ignorado<br />

paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la provincia de Pontevedra.<br />

Se advierte al destinatario que la siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución<br />

o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina Judicial, salvo el supuesto de la comunicación de<br />

las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.<br />

En Vigo, a uno de septiembre de dos mil catorce.—La Secretaria Judicial, Marta Lamas Alonso.<br />

2014007573<br />

www.bop.depo.es u bop@depo.es u Dep. Legal: PO 1-1958

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