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Núm. 193 Martes 7 de outubro de 2014 Páx. 44<br />
E D I C T O<br />
Don José Tronchoni Albert, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número uno de Pontevedra.<br />
Hago saber: Que en el procedimiento ejecución de títulos judiciales 149/2014 de este Juzgado de lo<br />
Social, seguidos a instancia de don José Méis González contra la empresa Construcciones Marcelino<br />
Domínguez e Hijos, S.L., Hermanos Domínguez Torres, S.L., José Carlos Domínguez Méndez, sobre<br />
ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:<br />
Parte dispositiva<br />
Dispongo: Despachar orden general de ejecución sentencia a favor de la parte ejecutante, José Méis<br />
González, frente a Construcciones Marcelino Domínguez e Hijos, S.L., Hermanos Domínguez Torres,<br />
S.L., José Carlos Domínguez Méndez, parte ejecutada, por importe de 4.284,66 euros en concepto de<br />
principal, más otros 844,08 euros, que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso,<br />
puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.<br />
El presente auto, junto con el decreto que dictará el Secretario Judicial, y copia de la demanda<br />
ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parte ejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de<br />
la LEC, quedando la ejecutada apercibida a los efectos mencionados en los razonamientos jurídicos<br />
tercero y cuarto de esta resolución, y conforme disponen los artículos 251.2 y 239.3 de la LJS.<br />
Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, a interponer ante este órgano judicial, en<br />
el plazo de los tres días hábiles siguientes a su notificación.<br />
Así lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe.—El Magistrado Juez.—El Secretario Judicial.<br />
Parte dispositiva<br />
Acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días<br />
puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así<br />
se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.<br />
Modo de impugnación: Podrá interponerse recurso de revisión ante quien dicta esta resolución<br />
mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres<br />
días hábiles siguientes a su notificación.—El Secretario Judicial.<br />
Y para que sirva de notificación en legal forma a Construcciones Marcelino Domínguez e Hijos, S.L.,<br />
Hermanos Domínguez Torres, S.L., José Carlos Domínguez Méndez, en ignorado paradero, expido la<br />
presente para su inserción en el Boletín Oficial de la provincia de Pontevedra.<br />
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución<br />
o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina Judicial, salvo el supuesto de la comunicación de<br />
las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.<br />
En Pontevedra, a tres de septiembre de dos mil catorce.—El Secretario Judicial, José Tronchoni<br />
Albert. 2014007590<br />
e e e<br />
E D I C T O<br />
Doña María Remedios Albert Beneyto, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número dos de<br />
Pontevedra.<br />
Hago saber: Que en el procedimiento ordinario 456/2013 de este Juzgado de lo Social, seguido a<br />
instancia de don Manuel Carlos Arias Fernández contra Fameca, S.L., sobre ordinario, se ha dictado la<br />
siguiente resolución:<br />
Sentencia de fecha 04/09/2014 contra la que no cabe recurso alguno y cuyo contenido íntegro se<br />
encuentra a disposición de Fameca, S.L., en la Secretaría de este Juzgado.<br />
www.bop.depo.es u bop@depo.es u Dep. Legal: PO 1-1958