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SRI-FISCALIDAD - Centro de Estudios Fiscales

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1. TRIBUTACION<br />

La tributación ha sido, es y será una <strong>de</strong> las principales fuentes <strong>de</strong> ingresos <strong>de</strong>l Estado, sea colonial o<br />

republicano, creándose organismos e instituciones encargados exclusivamente <strong>de</strong> incrementar sus<br />

montos y <strong>de</strong> su administración. En el caso colonial fueron las “Cajas Reales”, organismo perteneciente a la<br />

Real Hacienda que fue instituido por la Corona Española para registrar y administrar, tanto los ingresos<br />

como los egresos <strong>de</strong> una <strong>de</strong>terminada jurisdicción colonial.<br />

"Las Cajas Reales en América Colonial se crearon mediante una Cédula Real <strong>de</strong> 1579, con las mismas<br />

especificaciones <strong>de</strong> las existentes en la península y bajo el control directo y responsabilidad <strong>de</strong>l Contador y<br />

Tesorero, sin que pueda intervenir autoridad alguna, sea civil o eclesiástica. (...) Su objetivo fue la recaudación <strong>de</strong><br />

una parte <strong>de</strong> todo cuanto producía un sector en frutos, especies, animales y minerales, mediante una anotación<br />

<strong>de</strong>tallada, numerada y rubricada en los libros <strong>de</strong> cargo; mientras en los libros <strong>de</strong> data se <strong>de</strong>tallaba igualmente<br />

todo lo que salía <strong>de</strong> las Cajas Reales". (Achig, 1978, 152).<br />

La Corona Española tuvo mucho cuidado en el control <strong>de</strong> las Cajas Reales, puesto que allí se <strong>de</strong>positaba el<br />

ingreso económico más significativo <strong>de</strong> las colonias, obtenido en base a la apropiación <strong>de</strong>l exce<strong>de</strong>nte<br />

extraído <strong>de</strong> la explotación indígena y que permitía reanimar en forma permanente su en<strong>de</strong>ble economía<br />

asolada por el <strong>de</strong>spilfarro, la vida palaciega, la guerra y la invasión napoleónica.<br />

La estructura administrativa <strong>de</strong> la Real Hacienda, en el caso <strong>de</strong> Cuenca, estuvo conformada por el<br />

Contador, el Tesorero, los Procuradores <strong>de</strong> Causas o recaudadores y el Escribano. Las <strong>de</strong>cisiones se<br />

tomaban en la Junta <strong>de</strong> Real Hacienda presidida por el Corregidor o el Gobernador, según la época. Su<br />

principal y única función era administrar las “Cajas Reales”, en cuyos libros se anotaban los ingresos que<br />

estaban constituidos básicamente por tributos <strong>de</strong> distintas especies como tributación indígena,<br />

imposiciones a cargos públicos, alcabalas, estanco <strong>de</strong> tabacos y <strong>de</strong> aguardiente, gabelas y aduanas.<br />

Igualmente se registraban los egresos que estaban referidos esencialmente a las remesas que<br />

regularmente se enviaban a Quito en calidad <strong>de</strong> situados, los pagos a los funcionarios <strong>de</strong> alta jerarquía, los<br />

párrocos <strong>de</strong> la jurisdicción, los gastos militares y <strong>de</strong>más gastos aprobados por los organismos<br />

competentes.<br />

El <strong>de</strong>talle <strong>de</strong> los ingresos y egresos a las Cajas Reales <strong>de</strong> la Gobernación <strong>de</strong> Cuenca, en el período 1779 –<br />

1810, se pue<strong>de</strong> observar en el siguiente cuadro:<br />

Política Tributaria en la Gobernación <strong>de</strong> Cuenca<br />

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