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NAVEGACION ANTARTICA - Iho-ohi.net

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Actividad Cambio producido en<br />

el ambiente<br />

Sobrevuelo de un helicóptero<br />

Pérdida del 10 % de<br />

sobre una co-<br />

los pichones de la co-<br />

lonia de pingüinos<br />

lonia<br />

Derrame de combustible<br />

en una bahía<br />

Contaminación leve<br />

del agua con hidrocarburos<br />

Nivel de aproximación<br />

local<br />

Impacto mayor que<br />

mínimo o transitorio,<br />

considerando a la población<br />

particular<br />

Impacto mayor que<br />

mínimo o transitorio<br />

por afectar un estudio<br />

de monitoreo a largo<br />

plazo de la variabilidad<br />

natural en organismos<br />

del fondo marino<br />

Nivel de aproximación regional<br />

Impacto menor que mínimo o<br />

transitorio considerando a todas la<br />

poblaciones de pingüino de la región.<br />

Impacto menor que mínimo o<br />

transitorio por no afectar significativamente<br />

al funcionamiento de<br />

la comunidad biológica de la bahía.<br />

Pero, independientemente de estas consideraciones,<br />

es necesario tener en cuenta que dentro de<br />

la zona del Tratado Antártico, es necesario realizar<br />

una EIA para cualquier actividad que se planifique.<br />

ANEXO II:<br />

Protección de Flora y Fauna<br />

La flora y la fauna antárticas se encuentran<br />

protegidas por normas rigurosas, que tratan de<br />

evitar los probables efectos perjudiciales de las<br />

actividades que lleva a cabo el hombre. En términos<br />

generales, queda pr<strong>ohi</strong>bida la “toma” o<br />

cualquier “intromisión perjudicial” sobre las especies<br />

vegetales o animales, salvo que se cuente con una<br />

autorización expresa.<br />

La “toma” está referida no sólo a atrapar animales<br />

o plantas, sino también a matar, herir, manipular<br />

o molestar a cualquier mamífero o ave<br />

autóctonos o dañar tales cantidades de plantas nativas<br />

que ello afecte significativamente a su distribución<br />

local o su abundancia.<br />

Por otro lado, la “intromisión perjudicial” incluye<br />

una extensa lista de acciones que potencialmente<br />

pueden afectar a la flora y fauna.<br />

QUE SE ENTIENDE POR INTROMISION PERJUDICIAL<br />

• El sobrevuelo o aterrizaje de helicópteros o de otras aeronaves que pueda llegar a perturbar la concentración<br />

de aves o mamíferos.<br />

• El tránsito de vehículos o embarcaciones.<br />

• La utilización de explosivos y armas de fuego.<br />

• La perturbación intencionada de la cría y la muda del plumaje de aves o de las concentraciones de aves o<br />

mamíferos por cualquier persona a pie.<br />

• El daño significativo sobre la concentración de plantas terrestres nativas, por el aterrizaje de aeronaves,<br />

movimiento de vehículos o por caminar sobre dichas plantas.<br />

• Cualquier otra actividad que produzca una importante modificación del hábitat de cualquier especie o población<br />

de mamíferos, aves, plantas o invertebrados autóctono.<br />

` El Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección<br />

del Medio Ambiente pr<strong>ohi</strong>be terminantemente<br />

la introducción de cualquier especie vegetal<br />

o animal que no sea autóctona de la zona<br />

del Tratado Antártico, y recomienda una serie de<br />

precauciones a tomar para evitar su introducción<br />

accidental.<br />

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