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NAVEGACION ANTARTICA - Iho-ohi.net

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estas funciones deberán ser ejercidas por el<br />

miembro de la Corte que le siga en antigüedad<br />

y que esté disponible para ello y no<br />

sea de la misma nacionalidad de alguna de<br />

las Partes en controversia.<br />

2. Cualquier vacante que se produzca será cubierta<br />

en la forma dispuesta para la designación<br />

inicial.<br />

3. En cualquier controversia que involucre a más<br />

de dos Partes, aquellas Partes que defiendan los<br />

mismos intereses designarán un Arbitro de común<br />

acuerdo dentro del plazo especificado en el párrafo<br />

1 (b) anterior.<br />

Artículo 4<br />

La Parte en controversia que inicie el proceso lo<br />

notificará a la Parte o Partes contrarias en la controversia<br />

y al Secretario por escrito. Tal notificación<br />

incluirá una exposición de la demanda y los<br />

fundamentos en que se basa. La notificación será<br />

remitida por el Secretario a todas las Partes.<br />

Artículo 5<br />

1. A menos que las Partes en controversia convengan<br />

de otra manera, el arbitraje se realizará en<br />

La Haya, donde se guardarán los archivos del Tribunal<br />

Arbitral. El Tribunal Arbitral adoptará sus<br />

propias reglas de procedimiento. Tales reglas garantizarán<br />

que cada una de las Partes en controversia<br />

tenga plena oportunidad de ser escuchada y<br />

de presentar sus argumentos, y también asegurarán<br />

que los procesos se realicen en forma expedita.<br />

2. El Tribunal Arbitral podrá conocer de las reconvenciones<br />

que surjan de la controversia y fallar<br />

sobre ellas.<br />

Artículo 6<br />

1. Cuando el Tribunal Arbitral considere que,<br />

prima facie, tiene jurisdicción con arreglo al<br />

Protocolo, podrá:<br />

(a) indicar, a solicitud de cualquiera de las<br />

Partes en la controversia, medidas provisionales<br />

que estime necesarias para preservar<br />

los respectivos derechos de las Partes<br />

en disputa.<br />

(b) dictar cualquier medida provisional que<br />

considere apropiada según las circunstancias,<br />

para prevenir daños graves en el medio<br />

ambiente antártico o en los ecosistemas<br />

dependientes y asociados.<br />

2. Las Partes en controversia cumplirán prontamente<br />

cualquier medida provisional decretada con<br />

arreglo al párrafo 1 (b) anterior, hasta tanto se<br />

dicte un laudo de acuerdo con el Artículo 9.<br />

3. No obstante el período de tiempo a que hace<br />

referencia el Artículo 20 del Protocolo, una de las<br />

Partes en controversia podrá en todo momento,<br />

mediante notificación a la otra Parte o partes en<br />

controversia y al Secretario, y de acuerdo con el<br />

Artículo 4, solicitar que el Tribunal Arbitral se<br />

constituya con carácter de urgencia excepcional,<br />

para identificar o dictar medidas provisionales urgentes<br />

según lo dispuesto en este Artículo. En tal<br />

caso, el Tribunal Arbitral se constituirá tan pronto<br />

como sea posible, de acuerdo con el Artículo 3,<br />

con la excepción de que los plazos indicados en el<br />

Artículo 3, (1) (b), (c) y (d) se reducirán a 14 días<br />

en cada caso. El Tribunal Arbitral decidirá sobre<br />

la solicitud de medidas provisionales urgentes en<br />

el plazo de dos meses desde la designación de su<br />

Presidente.<br />

4. Una vez que el Tribunal Arbitral haya adoptado<br />

decisión respecto a una solicitud de medidas<br />

provisionales urgentes de acuerdo con el párrafo 3<br />

anterior, la solución de la controversia proseguirá<br />

de acuerdo con lo dispuesto en los Artículos 18,<br />

19 y 20 del Protocolo.<br />

Artículo 7<br />

Cualquier Parte que crea tener un interés jurídico,<br />

general o particular, que pudiera ser afectado de<br />

manera sustancial por el laudo de un Tribunal Arbitral,<br />

podrá intervenir en el proceso, salvo que el<br />

tribunal Arbitral decida lo contrario.<br />

Artículo 8<br />

12<br />

Las Partes en la controversia facilitarán el trabajo<br />

del Tribunal Arbitral y, en especial, de acuerdo<br />

con sus leyes y empleando todos los medios a su

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