Haciendo Justicia - Acceso al sistema

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PROCURACIÓN DE JUSTICIA E INTERLEGALIDAD • 369 auxiliar y eljuez siempre fue de respeto y de reconocimiento de sus roles de autoridad y jerarquía. Tanto el juez de paz como el agente auxiliar del ministerio público, en el momento de la investigación, eran mestizos de fuera de la región. Para el primero ocupar el cargo era una forma de iniciar su carrera en el ámbito judicial, y para el segundo se trataba de un castigo por faltas cometidas en su anterior puesto en otro municipio de la Montaña. Es importante señalar que su origen determinó dos formas de proceder diferentes. En el caso del juez de paz, su ascendencia campesina le permitió entender algunas de las prácticas locales, mientras el agente auxiliar oriundo de la ciudad de Acapulco, se aprovechó del desconocimiento de los comparecientes de las normas escritas para beneficiarse económicamente a través de cobros indebidos, sin interesarse por los problemas y complicaciones de un proceder apegado al derecho escrito cuando lo aplicó. El nombramiento del síndico procurador es un cargo de elección popular que se realiza al mismo tiempo que el de presidente municipal, pues ambos son postulados en planillas cada tres años por los distintos partidos políticos. La forma de nombrarlo ha cambiado sobre todo por la incorporación de las elecciones y la intervención de la oposición al partido oficial, el PRI. Para la década de los años ochenta, la elección se realizaba en el panteón durante la celebración de Todos Santos. El síndico municipal que ocupó el cargo de 1997 a 1999 era un ex militante priísta, un naa savi de 55 años, originario de la comunidad de Los llanos, quien renunció al PRI por diferencias políticas y se fue al PRD. Tenía una vasta experiencia y conocimiento de las prácticas locales pues desempeñó entre otros cargos, el de músico, mayordomo e integrante del comisariado de bienes comunales, experiencia que le dio legitimidad entre los naa savi. En el palacio municipal el síndico cuenta con una oficina particular donde se ventilan los casos a puerta cerrada; es el responsable de uno de los cuerpos de seguridad, la policía local; labora los siete días de la semana con un horario fijo pero atiende a quien lo busque a deshoras o fuera de la oficina. Cuenta con su suplente o segundo quien lo acompaña:le indica a la gente que espere y realiza encargos varios. Otra persona próxima al síndico en las actuaciones legales es el secretario, quien debe saber leer y escribir medianamente, para poder redactar los oficios y ayudarlo en el manejo de las normatividades escritas, cuando se llegan a ocupar.

370 • MARIBEL NICA8Iü GONZÁLEZ No hay día que no se abra la oficina en la presidencia municipal, especialmente los domingos que es día de plaza y misa por lo que llega mucha gente a la cabecera, a menos que el síndico salga a realizar alguna diligencia local o fuera del municipio. Tampoco existen trabas burocráticas para hablar con él y su disposición es permanente, atendiendo de inmediato casos que se le plantean incluso por teléfono o por carta. La entrada de recursos económicos a la sindicatura en la forma de multa o por el servicio prestado no es una práctica que esté instituida, debido a la carencia de recursos de los comparecientes, aunque es una prerrogativa oficial. En ocasiones, los usuarios pagan cuando se ha elaborado un acta, pero no son entradas económicas regulares como ocurre en otros municipios. Existen dos tipos de atención que da el síndico: una en la forma de consejo y la otra de carácter oficial. Los consejos carecen de toda legitimidad oficial por darse en un espacio distinto al autorizado y por seguir un procedimiento no reconocido. Son consultas que brinda en su casa a quien lo solicite, hace comentarios sobre cuál es el procedimiento oficial que se puede realizar en cada caso, sugiriendo que el asunto se presente ante la sindicatura o cómo se puede solucionar el conflicto, sin que los involucrados tengan que llegar ante las autoridades distritales. La otra manera, es la atención y recepción de los asuntos presentados, dándoles un trato oficial en la oficina del ayuntamiento, siguiendo las formalidades consistentes en la presentación del caso, la canalización o la conciliación. Las funciones que realiza el síndico procurador en algunos momentos se ven limitadas por el desconocimiento de cómo realizar algunas actividades de acuerdo a la ley escrita, pero en otros casos rebasan los deberes instituidos por el Estado, al atender asuntos de los que deberían hacerse cargo otras autoridades o instancias. Tal es por ejemplo la solicitud de apoyo para algún asunto familiar que correspondería al DIF municipal. El síndico desconoce los estatutos y la jerga jurídica en su generalidad, aunque maneja elementos básicos del discurso jurídico; toma en cuenta'aspectos que se ve obligado a cumplir y otros que puede usar para la solución de los litigios desde su marco sociolegal. El síndico no traduce la normatividad del Estado a la normatividad naa savi, ya que se trata de dos sistemas normativos que responden a lógicas jurídicas diferentes, uno lo conoce y entiende pero del otro sólo tiene referencias

PROCURACIÓN DE JUSTICIA E INTERLEGALIDAD • 369<br />

auxiliar y eljuez siempre fue de respeto y de reconocimiento de sus roles<br />

de autoridad y jerarquía.<br />

Tanto el juez de paz como el agente auxiliar del ministerio público,<br />

en el momento de la investigación, eran mestizos de fuera de la región.<br />

Para el primero ocupar el cargo era una forma de iniciar su carrera<br />

en el ámbito judici<strong>al</strong>, y para el segundo se trataba de un castigo por<br />

f<strong>al</strong>tas cometidas en su anterior puesto en otro municipio de la Montaña.<br />

Es importante señ<strong>al</strong>ar que su origen determinó dos formas de<br />

proceder diferentes. En el caso del juez de paz, su ascendencia campesina<br />

le permitió entender <strong>al</strong>gunas de las prácticas loc<strong>al</strong>es, mientras el<br />

agente auxiliar oriundo de la ciudad de Acapulco, se aprovechó del<br />

desconocimiento de los comparecientes de las normas escritas para beneficiarse<br />

económicamente a través de cobros indebidos, sin interesarse<br />

por los problemas y complicaciones de un proceder apegado <strong>al</strong> derecho<br />

escrito cuando lo aplicó.<br />

El nombramiento del síndico procurador es un cargo de elección popular<br />

que se re<strong>al</strong>iza <strong>al</strong> mismo tiempo que el de presidente municip<strong>al</strong>, pues<br />

ambos son postulados en planillas cada tres años por los distintos partidos<br />

políticos. La forma de nombrarlo ha cambiado sobre todo por la<br />

incorporación de las elecciones y la intervención de la oposición <strong>al</strong> partido<br />

ofici<strong>al</strong>, el PRI. Para la década de los años ochenta, la elección se re<strong>al</strong>izaba<br />

en el panteón durante la celebración de Todos Santos. El síndico<br />

municip<strong>al</strong> que ocupó el cargo de 1997 a 1999 era un ex militante<br />

priísta, un naa savi de 55 años, originario de la comunidad de Los llanos,<br />

quien renunció <strong>al</strong> PRI por diferencias políticas y se fue <strong>al</strong> PRD. Tenía<br />

una vasta experiencia y conocimiento de las prácticas loc<strong>al</strong>es pues desempeñó<br />

entre otros cargos, el de músico, mayordomo e integrante del<br />

comisariado de bienes comun<strong>al</strong>es, experiencia que le dio legitimidad entre<br />

los naa savi.<br />

En el p<strong>al</strong>acio municip<strong>al</strong> el síndico cuenta con una oficina particular<br />

donde se ventilan los casos a puerta cerrada; es el responsable de uno<br />

de los cuerpos de seguridad, la policía loc<strong>al</strong>; labora los siete días de la<br />

semana con un horario fijo pero atiende a quien lo busque a deshoras<br />

o fuera de la oficina. Cuenta con su suplente o segundo quien lo acompaña:le<br />

indica a la gente que espere y re<strong>al</strong>iza encargos varios. Otra persona<br />

próxima <strong>al</strong> síndico en las actuaciones leg<strong>al</strong>es es el secretario, quien<br />

debe saber leer y escribir medianamente, para poder redactar los oficios<br />

y ayudarlo en el manejo de las normatividades escritas, cuando se llegan<br />

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