Haciendo Justicia - Acceso al sistema
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326 • ELlSA CRUZ RUEDA a través de los cuales se hace la gestión de la vida en la comunidad. Los cargos son de carácter civil dada la característica adventista de la comunidad. Cuando hablamos del sistema de cargos nos referimos al conjunto de puestos y servicios que se dan a la comunidad organizados en orden de importancia y de responsabilidades, y que un hombre o mujer deben cumplir para poder vivir en ella, tener derechos y obligaciones y trabajar la tierra. Consideramos que el sistema de cargos forma parte del sistema normativo, pues en él confluyen un conjunto de normas jurídicas que describen y señalan derechos y obligaciones así como requisitos de ciudadanía -según las palabras del agente- y de membresía que define la relación del individuo con la comunidad. El hecho de que un individuo participe en el sistema de cargos implica tener un "lugar" o estatus de comunero y ciudadano y por tanto, tener derechos yobligaciones como tales y frente a la comunidad. Los cargos como servicio a la comunidad y como la manifestación de la voluntad de seguirvinculada a ella A partir de las entrevistas realizadas con algunas personas y líderes de la comunidad, así como por observación directa, podemos decir que el sistema de cargos se integra de cuatro niveles, cada uno consta de uno o varios servicios (meramente civiles" sin relación con la jerarquía religiosa) que la asamblea indica a los comuneros y comuneras, y que para efectos de este trabajo llamaremos cargos. Ya que Móctum es un pueblo pequeño, las personas en los puestos de autoridad se cambian con frecuencia y aún más por el factor de la migración." lo que hace difícil tener descanso entre el ejercicio de un cargo y otro. En algunas ocasiones se escoge a las mismas personas en distintos cargos por su experiencia, también porque la comunidad es pequeña, se nombran a dos o tres miembros de una familia en un mismo periodo o en periodos sucesivos. Sin duda asumir cargos además de prestigio significa sobre todo un alto costo en términos económicos y de tiempo del que no todos los vecinos pueden dispon~r. 29 Se distinguen los cargos civiles de los religiosos porque aquéllos tienen su origen en la estructura del Estado mexicano con elementos heredados de la Colonia y del proceso histórico que significó la reforma agraria, a saber: el municipio y los órganos internos de representación de los ejidos y comunidades, antes llamados autoridades agrarias por la Ley Federal de Reforma Agraria (LFRA). 10 Actualmente se ha agudizado, dirigiéndose prioritariamente hacia Estados Unidos.
NORMAS YPROCESOS EN SAN MARCOS MÓCTUM • 327 En el caso de los que han emigrado, podemos distinguir a los que viven fuera de Móetum pero mantienen sus derechos y obligaciones frente a la comunidad y los que viven fuera de Móetum y ya no tienen esa relación, aunque tienen parientes viviendo ahí. Una cantidad importante de asuntos que se dirimen ante las autoridades se refieren justamente al incumplimiento en el pago de cooperaciones y tequio por parte de los migrantes. Mientras se mantenga la relación a través del cumplimiento de las obligaciones, los migrantes aseguran el acceso a la tierra (para ellos y su familia) y que los beneficios que gestionen las autoridades lleguen a sus hijos y esposas que han dejado en el pueblo. El cargo o servicio empieza a partir de los 16 años de edad, que es cuando se considera que los hombres y mujeres están listos para cumplir sus obligaciones y ejercer sus derechos de comuneros y de ciudadanos. En ninguno de los cargos hay suplentes ya que son muy pocos los habitantes de Móetum en edad de realizar cargos. Todos duran un año, excepto los cargos que tienen que ver con el Comisariado de Bienes Comunales que son tres años. Los cargos de sello Vale decir que los cargos que se consideran de mayor responsabilidad o jerarquía, son aquellos que corresponden a la gestión y manejo de recursos, la representación del pueblo para hablar en su nombre ante distintas instancias federales y estatales. Para este fin se utiliza un sello el cual queda impreso en sus escritos. A este tipo de cargos la gente los conoce o llama como "cargos de sello". Al cumplir los 16 años de edad tanto hombres como mujeres." pueden acudir voluntariamente ante el comisariado" o bien a solicitud de éste, ser llamados por el agente para señalarles sus obligaciones. A continuación expondré el tipo de cargos vigentes, empezando por los que implican menos responsabilidades. 31 Como resultado de la exigencia de las mujeres de que tanto las mujeres viudas como las solteras fueran ~onsideradas como comuneras, se establecieron algunos servicios para que ellas como los hombres cumplieran en beneficio de la comunidad. Estos servicios son: promotora de salud, integrante del comité de la casa de salud y encargada de la tienda comunitaria. Sin embargo, estos servicios no las eximen de pagar su cuota al 50 por ciento o la mitad de lo que pagan los hombres y los cargos de representación son ocupados por ellos. 32 En algunos casos se utiliza el término para referirse más al presidente del Comisariado de Bienes Comunales que al colectivo, pues es él el que representa al órgano colegiado del comisariado.
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En el caso de los que han emigrado, podemos distinguir a los que<br />
viven fuera de Móetum pero mantienen sus derechos y obligaciones<br />
frente a la comunidad y los que viven fuera de Móetum y ya no tienen<br />
esa relación, aunque tienen parientes viviendo ahí. Una cantidad<br />
importante de asuntos que se dirimen ante las autoridades se refieren<br />
justamente <strong>al</strong> incumplimiento en el pago de cooperaciones y tequio<br />
por parte de los migrantes. Mientras se mantenga la relación a través<br />
del cumplimiento de las obligaciones, los migrantes aseguran el acceso<br />
a la tierra (para ellos y su familia) y que los beneficios que gestionen<br />
las autoridades lleguen a sus hijos y esposas que han dejado en el<br />
pueblo.<br />
El cargo o servicio empieza a partir de los 16 años de edad, que es<br />
cuando se considera que los hombres y mujeres están listos para cumplir<br />
sus obligaciones y ejercer sus derechos de comuneros y de ciudadanos.<br />
En ninguno de los cargos hay suplentes ya que son muy pocos los<br />
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excepto los cargos que tienen que ver con el Comisariado de Bienes Comun<strong>al</strong>es<br />
que son tres años.<br />
Los cargos de sello<br />
V<strong>al</strong>e decir que los cargos que se consideran de mayor responsabilidad o<br />
jerarquía, son aquellos que corresponden a la gestión y manejo de recursos,<br />
la representación del pueblo para hablar en su nombre ante distintas<br />
instancias feder<strong>al</strong>es y estat<strong>al</strong>es. Para este fin se utiliza un sello el<br />
cu<strong>al</strong> queda impreso en sus escritos. A este tipo de cargos la gente los conoce<br />
o llama como "cargos de sello".<br />
Al cumplir los 16 años de edad tanto hombres como mujeres." pueden<br />
acudir voluntariamente ante el comisariado" o bien a solicitud de<br />
éste, ser llamados por el agente para señ<strong>al</strong>arles sus obligaciones. A continuación<br />
expondré el tipo de cargos vigentes, empezando por los que<br />
implican menos responsabilidades.<br />
31 Como resultado de la exigencia de las mujeres de que tanto las mujeres viudas como las solteras<br />
fueran ~onsideradas como comuneras, se establecieron <strong>al</strong>gunos servicios para que ellas como los hombres<br />
cumplieran en beneficio de la comunidad. Estos servicios son: promotora de s<strong>al</strong>ud, integrante del<br />
comité de la casa de s<strong>al</strong>ud y encargada de la tienda comunitaria. Sin embargo, estos servicios no las eximen<br />
de pagar su cuota <strong>al</strong> 50 por ciento o la mitad de lo que pagan los hombres y los cargos de representación<br />
son ocupados por ellos.<br />
32 En <strong>al</strong>gunos casos se utiliza el término para referirse más <strong>al</strong> presidente del Comisariado de Bienes<br />
Comun<strong>al</strong>es que <strong>al</strong> colectivo, pues es él el que representa <strong>al</strong> órgano colegiado del comisariado.