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Haciendo Justicia - Acceso al sistema

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286 • VICTORL~ CHENAUT<br />

entre los géneros que parece no ser aceptada soci<strong>al</strong>mente cuando se eleva<br />

la queja a la instancia judici<strong>al</strong>, es la que involucra a un hombre que<br />

demanda a una mujer, porque esto implicaría que él carece de hombría<br />

e incapacidad para resolver por sí mismo los conflictos. Con este proceder,<br />

el hombre estaría desplazando a otra instancia la resolución del<br />

conflicto, y por lo tanto equiv<strong>al</strong>dría a despojarse de su autoridad sobre<br />

la mujer, quedando indefenso ante ella y la sociedad.<br />

En el caso del único expediente que he loc<strong>al</strong>izado que involucra a un<br />

hombre contra una mujer, se trata de un campesino indígena de Las Lomas,<br />

quien denunció a su madre por haberle pegado de garrotazos<br />

cuando él se encontraba en la parcela sembrando maíz. Se trata de una<br />

disputa familiar por los derechos sobre la tierra." en la que intervinieron<br />

el padre y la madre contra el hijo; ellos llegaron a la parcela portando<br />

garrotes, y antes de golpear <strong>al</strong> hijo la madre le dijo: "aquí ya no<br />

vas a trabajar, vete a la eh... , quién te dio permiso; aquí no sirve la autoridad<br />

ni el Ministerio Público, aquí la única autoridad es la nuestra y la<br />

que v<strong>al</strong>e"." Como antecedentes del caso cabe mencionar que ya pesaba<br />

previamente sobre la madre un proceso por el delito de lesiones a su hijo,<br />

el cu<strong>al</strong> se estaba ventilando en el Juzgado Mixto Menor de Papantla, y<br />

sobre el padre existió una acusación por golpes a su hijo, por la cu<strong>al</strong> estuvo<br />

tres días en la cárcel municip<strong>al</strong>. Advertida por el juez de que no<br />

volviera a delinquir, la mujer expresó que no le importaban las autoridades,<br />

y que ella se haría justicia por su propia mano. A su vez, el presidente<br />

del comisariado ejid<strong>al</strong> de la comunidad de Las Lomas, declaró<br />

que el hijo aparecía como ejidatario reconocido desde 1961 en el censo<br />

ejid<strong>al</strong>. En re<strong>al</strong>idad, este es un caso en que el procedimiento judici<strong>al</strong> simplificó<br />

la índole del conflicto, <strong>al</strong> determinar la existencia de sólo una<br />

persona acusada (la madre), ya que está claro que la disputa se re<strong>al</strong>izó<br />

contra ambos padres, asumiendo las características de un conflicto intergeneracion<strong>al</strong><br />

por derechos sobre la tierra. Así, en el conflicto normativo<br />

se encuentran en juego, por un lado, las normas que establecen<br />

que un hijo debe obedecer la autoridad de sus padres, y por otro, aquellas<br />

derivadas del derecho agrario, que determinan a quien corresponden<br />

los derechos leg<strong>al</strong>es sobre una parcela.<br />

Los-casos en que varias personas (hombres y mujeres) son acusadas<br />

como agresoras resultan interesantes porque da la impresión de que<br />

13AMP de Coyutla, Averiguación previa No. 44/990. Iniciada el 26 de diciembre de 1990. lP de Coyutla,<br />

causa pen<strong>al</strong> No. 02/991. Iniciada el 26 de diciembre de 1990.<br />

j4 lP de Coyutla, Causa pen<strong>al</strong> No. 02/991. Iniciada el 26 de diciembre de 1990.

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