Haciendo Justicia - Acceso al sistema
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274 • VICTORIA CHENAUT Un análisis de 48 averiguaciones previas (años 1990-1995) muestra que los motivos principales por las cuales se iniciaron se debió a disputas por derechos sobre la tierra (23.25 por ciento), por diferencias matrimoniales o familiares (18.60 por ciento), y relacionadas con el amor o el sexo (18.60 por ciento). Las relaciones entre las partes implicadas en las disputas que predominaron fueron las de aquellos que no tenían ninguna relación entre sí (34.88 por ciento), mientras que las relaciones entre los cónyuges ocupan sólo el 13.96 por ciento de los casos. Estas averiguaciones previas se resolvieron de la siguiente manera: remitidas a la AMP de Papantla, 24 casos (50 por ciento); a AMP-Itinerante Especializada en Asuntos de los Indígenas de Papantla, cuatro casos (8.34 por ciento): al lP de Coyutla, ocho casos (16.67 por ciento); inconclusas, 11 casos (22.92 por ciento), conciliación, un caso (2.07 por ciento). Se aprecia que la mayoría de los casos se remitieron al nivel jurídico superior, por incompetencia, o porque la índole del delito así lo amerita, siendo evidente el reducido número de expedientes que son remitidos al Juzgado de Paz municipal para la continuación del procedimiento judicial (Chenaut 1999: 359, 427). En el uso que los actores realizan de los documentos como garantía de legalidad, citaré dos casos que me tocó presenciar de mujeres indígenas monolingües que acudieron a la AMP. En el primero, una mujer llegó acompañada de un hombre de su pueblo que habla español, que fungió como traductor. Es un caso de violencia doméstica por parte del marido, en relación con el alcohol, por lo que la mujer ya había realizado denuncias previas en la agencia, que motivaron que el hombre fuera citado varias veces, pero nunca acudió. Ella aclaró que no había acudido a la AMP para solicitar que él sea citado nuevamente, debido a que ya había comenzando a trabajar. Lo que ella requería era sólo un escrito para "espantar" (palabras del traductor) al marido. Como resultado de esta solicitud, se elaboró un acta sin copia donde se pusieron los datos de la mujer y se especificó que si el marido continuaba molestándola sería detenido. Luego de poner sus huellas digitales en el papel, ella se retiró con el acta en la mano. Resulta obvio que el documento no tenía efectos legales, ya que no se realizó copia del mismo, y por lo tanto no quedó constahcia alguna en la agencia. La autoridad cumplió con las expectativas de la mujer, en el sentido de elaborar un documento que era importante para ella, cuyo principal objetivo sería para utilizarlo como una amenaza en su relación con el marido, en caso de que éste dejara de trabajar y ejerciera violencia contra ella.
PRÁCTICAS JURÍDICAS E INTERLEGALIDAD ENTRE LOS TOTONACAS • 275 El otro caso se trata de una mujer indígena monolingüe de la comunidad de Las Lomas, quien llegó a la AMP acompañada de la traductora. Su historia es también un caso de violencia doméstica, pero aquí el marido intentó suicidarse tomando herbicida, aunque al final logró salvar la vida. Luego de este atentado la mujer se separó del marido, quien intentó reconciliarse con ella, al mismo tiempo que insistía en querer suicidarse. La mujer acudió a la agencia para que quedara una constancia escrita de que ella ya no quería mantener relaciones con el hombre. Este pedido se encontraba relacionado con el hecho de que ella tenía varios hijos de una unión anterior, y tenía temor de que si el hombre moría los acusaran de homicidio y fueran sentenciados con pena de cárcel. No conozco si el acta solicitada por la mujer se haya elaborado; me interesa aquí resaltar que la mujer apeló a la legalidad del Estado para protegerse contra la misma ley, en caso de que procediera acusar a ella o alguno de sus hijos por el delito de homicidio. En el primer caso se mostró que la mujer solicitaba un escrito para poner un alto a los abusos masculinos en la relación interpersonal que ella sostenía con su cónyuge; en el segundo caso, el documento pondría un límite a la acción acusadora del Estado. El documento, símbolo de la legalidad, opera en uno y otro sentido, siendo utilizado por las mujeres como un medio de resistencia para protegerse tanto de los abusos de los individuos como de la misma ley. GÉNERO y LEGALIDAD El análisis de los casos observados, relatados y de archivo en Coyutla muestra que en la construcción social de las relaciones de género los hombres son acusados de cometer agravios, ofensas y delitos en un porcentaje mucho más alto que las mujeres. En cambio, hombres y mujeres comparten la condición de agraviados, en el sentido de que ambos reciben agravios en casi similares proporciones (Chenaut, 1999: 323,325,327). Se deduce que el rol genérico masculino en Coyutla se caracteriza por su alto nivel de violencia y agresividad; ello no implica, sin embargo, que las mujeres asuman roles pasivos en las disputas, ya que intervienen en las mismas con injurias, gritos y golpes al oponente. Esto remite a la existencia en Coyutla de un estilo de disputar que se encuentra plagado de insultos y amenazas mutuas, donde todo se vale, tanto las acciones legales como las ilegales. Es frecuente que los
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Un análisis de 48 averiguaciones previas (años 1990-1995) muestra que<br />
los motivos princip<strong>al</strong>es por las cu<strong>al</strong>es se iniciaron se debió a disputas por<br />
derechos sobre la tierra (23.25 por ciento), por diferencias matrimoni<strong>al</strong>es<br />
o familiares (18.60 por ciento), y relacionadas con el amor o el sexo (18.60<br />
por ciento). Las relaciones entre las partes implicadas en las disputas que<br />
predominaron fueron las de aquellos que no tenían ninguna relación entre<br />
sí (34.88 por ciento), mientras que las relaciones entre los cónyuges<br />
ocupan sólo el 13.96 por ciento de los casos.<br />
Estas averiguaciones previas se resolvieron de la siguiente manera: remitidas<br />
a la AMP de Papantla, 24 casos (50 por ciento); a AMP-Itinerante<br />
Especi<strong>al</strong>izada en Asuntos de los Indígenas de Papantla, cuatro casos (8.34<br />
por ciento): <strong>al</strong> lP de Coyutla, ocho casos (16.67 por ciento); inconclusas,<br />
11 casos (22.92 por ciento), conciliación, un caso (2.07 por ciento). Se<br />
aprecia que la mayoría de los casos se remitieron <strong>al</strong> nivel jurídico superior,<br />
por incompetencia, o porque la índole del delito así lo amerita, siendo evidente<br />
el reducido número de expedientes que son remitidos <strong>al</strong> Juzgado de<br />
Paz municip<strong>al</strong> para la continuación del procedimiento judici<strong>al</strong> (Chenaut<br />
1999: 359, 427).<br />
En el uso que los actores re<strong>al</strong>izan de los documentos como garantía de<br />
leg<strong>al</strong>idad, citaré dos casos que me tocó presenciar de mujeres indígenas<br />
monolingües que acudieron a la AMP. En el primero, una mujer llegó<br />
acompañada de un hombre de su pueblo que habla español, que fungió<br />
como traductor. Es un caso de violencia doméstica por parte del marido,<br />
en relación con el <strong>al</strong>cohol, por lo que la mujer ya había re<strong>al</strong>izado<br />
denuncias previas en la agencia, que motivaron que el hombre fuera citado<br />
varias veces, pero nunca acudió. Ella aclaró que no había acudido<br />
a la AMP para solicitar que él sea citado nuevamente, debido a que ya<br />
había comenzando a trabajar. Lo que ella requería era sólo un escrito<br />
para "espantar" (p<strong>al</strong>abras del traductor) <strong>al</strong> marido. Como resultado de<br />
esta solicitud, se elaboró un acta sin copia donde se pusieron los datos<br />
de la mujer y se especificó que si el marido continuaba molestándola sería<br />
detenido. Luego de poner sus huellas digit<strong>al</strong>es en el papel, ella se retiró<br />
con el acta en la mano. Resulta obvio que el documento no tenía efectos<br />
leg<strong>al</strong>es, ya que no se re<strong>al</strong>izó copia del mismo, y por lo tanto no quedó<br />
constahcia <strong>al</strong>guna en la agencia. La autoridad cumplió con las expectativas<br />
de la mujer, en el sentido de elaborar un documento que era importante<br />
para ella, cuyo princip<strong>al</strong> objetivo sería para utilizarlo como<br />
una amenaza en su relación con el marido, en caso de que éste dejara<br />
de trabajar y ejerciera violencia contra ella.