27.12.2014 Views

Haciendo Justicia - Acceso al sistema

Haciendo Justicia - Acceso al sistema

Haciendo Justicia - Acceso al sistema

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

PRÁCTICAS JURíDICAS EINTERLEGALIDAD ENTRE LOS TOTONACAS • 271<br />

to que tenía el detenido del idioma español era bastante limitado, lo que<br />

afectaba su capacidad de comprender cab<strong>al</strong>mente el procedimiento judici<strong>al</strong><br />

que tenía lugar. En todo momento se habló en español, pero además<br />

el detenido recibió un trato discriminatorio en que no se garantizaron<br />

las condiciones para un acceso equitativo a la justicia. Por ejemplo, en<br />

un determinado momento el funcionario le dijo que estaba detenido y<br />

que podía nombrar un defensor para cuando rindiera su declaración <strong>al</strong><br />

día siguiente. El preso no parecía comprender lo que le estaban diciendo,<br />

y él le comentó: 'Mí está Fulanito, que te explique en tu di<strong>al</strong>ecto<br />

qué cosa es un defensor." Dicha persona se acercó, y luego de una somera<br />

explicación, el asunto se dio por terminado. Al día siguiente la declaración<br />

se re<strong>al</strong>izó en español, siendo evidente la dificultad del preso<br />

para expresarse, y comprender las preguntas que se le hadan, lo que<br />

motivó que el agente del ministerio público <strong>al</strong>lí presente expresara: "Lo<br />

que pasa es que él se entiende, yo no le entiendo." Con esta frase se evidenció<br />

una vez más el conflicto cultur<strong>al</strong> y lingüístico que estaba<br />

teniendo lugar, y para lo cu<strong>al</strong> el procedimiento judici<strong>al</strong> no ofrecía instancias<br />

de intermediación que ofrecieran <strong>al</strong> preso garantías de una traducción<br />

de los conceptos y categorías que se manejan en el procedimiento<br />

judici<strong>al</strong>.<br />

Al presenciar las diferentes interacciones que tienen lugar en el nivel<br />

leg<strong>al</strong> municip<strong>al</strong>, resulta evidente el hecho de que los criterios de la leg<strong>al</strong>idad<br />

del Estado requieren contar con una determinada c<strong>al</strong>idad de la información<br />

que deben proporcionar los litigantes, que los indígenas monolingües<br />

y an<strong>al</strong>fabetos no poseen. De esta manera, suele ocurrir que<br />

no se puede activar una averiguación previa, por no contar con los criterios<br />

de individu<strong>al</strong>ización de los acusados o testigos, a quienes sólo se<br />

conoce por el sobrenombre, sin poder proporcionar sus datos completos.<br />

Incluso ocurre que los declarantes ignoren su edad o la de sus hijos. Un<br />

caso de este tipo tuvo lugar cuando una madre acudió a denunciar la<br />

desaparición de su hija menor de edad. La mujer no pudo indicar su<br />

propia edad, por lo que el funcionario la c<strong>al</strong>culó en forma deductiva:<br />

como el hijo mayor tenía <strong>al</strong>rededor de 26 años, y ella se casó hacia los<br />

16 años, por consiguiente tendría unos 42 años.<br />

fu el caso ya citado del robo de una televisión y ropa interior en la colonia<br />

Guad<strong>al</strong>upe, se necesitaban los siguientes datos para integrar la<br />

averiguación previa: factura, marca del televisor, pulgadas, marca y tipo<br />

de materi<strong>al</strong> en que estaba confeccionada la ropa interior. La mujer no<br />

pudo proporcionar esta información porque no tenía la factura y además

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!