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Haciendo Justicia - Acceso al sistema

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232 ' IVETTE ROSSANA VALLEJO REAL<br />

distintas lógicas normativas, mostrando en qué situaciones y cómo las<br />

mujeres indígenas nahuas construyen itinerarios de procuración de<br />

justicia en función de las oportunidades existentes en el espacio region<strong>al</strong><br />

donde se suman también instancias de servicios leg<strong>al</strong>es y organizaciones.<br />

Elcapítulo da cuenta de <strong>al</strong>gunas características de cómo opera la interleg<strong>al</strong>idad<br />

en la práctica soci<strong>al</strong>. Las instancias loc<strong>al</strong>es representadas en<br />

la figura del juez de paz, del agente sub<strong>al</strong>terno y el presidente auxiliar,<br />

hacen el enlace entre la ley y la costumbre; conjugan conceptos y preceptos<br />

de distinto referente entre convenciones loc<strong>al</strong>es y fragmentos<br />

incorporados del orden leg<strong>al</strong> estat<strong>al</strong>, sin asumir una actitud leg<strong>al</strong>ista,<br />

dependiendo su arbitrio de la actu<strong>al</strong>ización y reproducción discursiva<br />

de normatividades cultur<strong>al</strong>es frente a conflictos emergentes en la cotidianidad<br />

loc<strong>al</strong>.<br />

En lo expuesto se menciona también que el encuentro entre leg<strong>al</strong>idades<br />

es conflictivo, produciéndose tensiones entre las concepciones que<br />

subyacen a la manera de cat<strong>al</strong>ogar f<strong>al</strong>tas y daños, a los procedimientos<br />

que se siguen y a las sanciones que se establecen. El recurso a las "leg<strong>al</strong>idades"<br />

como he planteado puede ser eventu<strong>al</strong> y estratégico en un<br />

marco de plur<strong>al</strong>ismo leg<strong>al</strong>. Así como he descrito, un demandante puede<br />

devenir en demandado y viceversa según la instancia a la que se apele<br />

y según la argumentación que re<strong>al</strong>ice sobre el acontecimiento que<br />

motivó <strong>al</strong> litigio. Al mismo tiempo, esta aparente flexibilidad electiva<br />

muestra procesos en que se vulnera el propio ejercicio de los <strong>sistema</strong>s<br />

normativos indígenas.<br />

Las autoridades loc<strong>al</strong>es indígenas asumen que su función se enmarca<br />

en competencias y mientras estén las partes en disposición para<br />

acordar, harán todo lo posible porque en esa instancia concluya la<br />

demanda. En esto no se observa una lógica basada en una ideología de<br />

armonía, tampoco una lógica basada en mantener autonomía con respecto<br />

a instancias mayores, sino a ejercer una función para afianzar su<br />

autoridad en el ámbito loc<strong>al</strong> y evitar problemas con las autoridades<br />

municip<strong>al</strong>es y el aparato de administración de justicia no indígena.<br />

En el papel que juegan las autoridades se observa que los usos de<br />

la leg<strong>al</strong>idad se desarrollan en un proceso de interacción enmarcado en<br />

las experiencias cultur<strong>al</strong>es de las partes que intervienen y una serie<br />

de aspectos económicos, de filiación organizativa, de parentesco y<br />

género influencian en la tónica de la mediación y las resoluciones<br />

adoptadas.

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